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El Poder Ejecutivo enviará por medio de la SHCP un documento al Congreso con los siguientes puntos. Objetivos para la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del año siguiente. Escenarios sobre las pricnipales variables macroeconomicas. Escenarios sobre el monto total del Presupuesto de Egresos y su déficit o superávit. Enumeración de los programas prioritarios y sus montos
Dicho documento deberá ser presentado a más tardar el 1 de abril. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025) -
El Poder Ejecutivo, por medio de la SHCP remite a la Cámara de Diputados la estructura programática a emplear en el Presupuesto de Egresos. Por medio de esta estructura, el Ejecutivo informará sobre los avances fisico y financiero de todos los programas y proyectos que se hayan aprobado en el Presupuesto de Egresos vigente. Este documento deberá ser enviado más tardar el 30 de junio. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).
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La SHCP hace entrega al Congreso el Paquete Económico a más tardar 8 de septiembre.
En año de cambio presidencial puede ser a mas tardar el 15 de noviembre. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025) -
El Paquete Económico (LIF, PEF) debe ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).
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La Ley de Ingresos debe ser aprobada por la Cámara de Senadores a más tardar el día 31 de octubre.(Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).
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La aprobación del PEF es exclusiva de la Cámara de Diputados. La Cámara tambien tiene la facultad de realizar modificaciones. Este Presupuesto debe aprobarse a mas tardar el 15 de noviembre.
En año de cambio presidencial el límite se extiende al 15 de diciembre. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025) -
Tanto la LIF como el PEF deberan publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 20 dias naturales despues de ser aprobados. La entrada en vigor sería a partir del 1 de enero. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).
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El Poder Ejecutivo por medio de la SHCP deberá enviar a la Cámara de Diputados todos los tomos y anexos del Presupuesto, con las respectivas modificaciones, que conformarán al Presupuesto aprobado. Este envío de Tomos y Anexos, deberá quedar envíado 20 días naturales despues de la Publicación del Presupuesto en el DOF. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).