-
Se reconoce la conciliación y la mediación como mecanismos alternativos de resolución de conflictos en el artículo 116 -
Estatuto Orgánico de la Administración de Justicia, que establece la conciliación en derecho como un mecanismo obligatorio en algunos procesos. -
Se expide la Ley 497, que introduce la figura de los jueces de paz y la conciliación en equidad. -
Regula la conciliación como mecanismo alternativo de resolución de conflictos y establece su obligatoriedad en algunas materias. -
Se promueve el enfoque restaurativo en la resolución de conflictos, especialmente en el ámbito penal. -
A través del Ministerio de Justicia, se implementan programas de formación y certificación de conciliadores en equidad. -
Investigaciones como las de Higuita Olaya (2010) resaltan la importancia de la conciliación en equidad y su impacto en comunidades locales. -
Illera, Santos y García (2012) analizan la efectividad de estos mecanismos en Barranquilla. -
Establece lineamientos para la mediación y conciliación extrajudicial en el ámbito civil, comercial y familiar. -
Se promueve la virtualización y digitalización de la conciliación y mediación para mayor accesibilidad.