-
- Figura o referencia:
Praetor peregrinus - Descripción breve:
En el Derecho Romano surgió el ius gentium como normas aplicables a las relaciones entre romanos y extranjeros. El praetor peregrinus resolvía conflictos entre personas de distintos territorios con criterios más flexibles que el derecho civil. - Reflexión:
Este período es relevante porque introduce la idea de distintos ordenamientos jurídicos y sienta las bases del conflicto de leyes del Derecho Internacional Privado.
- Figura o referencia:
-
- Jurista relevante:
Bártolo de Sassoferrato - Descripción breve:
El comercio entre ciudades europeas generó conflictos sobre qué ley aplicar en actos fuera del territorio. Bártolo de Sassoferrato estableció criterios para diferenciar normas según persona o lugar, originando las primeras reglas del conflicto de leyes. - Reflexión:
Este avance otorgó mayor seguridad jurídica a las relaciones comerciales internacionales y consolidó al conflicto de leyes como esencial del DIPr.
- Jurista relevante:
-
- Jurista relevante:
Charles Dumoulin - Descripción breve:
Durante este período se consolidó la idea de aplicar derecho extranjero cuando una relación jurídica lo requería. Dumoulin defendió la autonomía de la voluntad y la cooperación entre Estados, promoviendo su aplicación como práctica legítima. - Reflexión:
Este aporte fue clave para reconocer que aplicar derecho extranjero no afecta la soberanía estatal, sino que favorece la armonización del derecho internacional privado.
- Jurista relevante:
-
- Juristas relevantes:
Friedrich Carl von Savigny
Pasquale Stanislao Mancini - Descripción:
Savigny sostuvo que la ley aplicable debía fijarse según el vínculo más estrecho entre la relación jurídica y un ordenamiento. Mancini estableció la nacionalidad como criterio esencial para definir la ley en relaciones privadas internacionales. - Reflexión:
Estos enfoques dieron al DIPr. una base sólida y científica, influyendo en sistemas de conflicto de leyes y en procesos de codificación.
- Juristas relevantes:
-
- Referencia
Código de Bustamante y tratados internacionales - Descripción:
Desde el siglo XX, el Derecho Internacional Privado se codifica en tratados internacionales que buscan unificar criterios jurídicos entre Estados. El DIPr. se adapta a realidades como globalización, migración, comercio y protección de derechos humanos. - Reflexión:
El DIPr. contemporáneo es esencial para garantizar seguridad jurídica y cooperación internacional en un mundo cada vez más interconectado.
- Referencia
-
- Acontecimientos:
Globalización, tratados modernos y nuevas tecnologías - Descripción:
En este período, el Derecho Internacional Privado enfrenta desafíos de globalización, comercio electrónico, movilidad y tecnologías digitales. Los Estados adaptan normas y celebran tratados para responder a estas dinámicas. - Reflexión:
El DIPr. contemporáneo es esencial para regular relaciones jurídicas transnacionales, garantizando derechos y cooperación internacional en un mundo globalizado.
- Acontecimientos: