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EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PROCESO

  • 3300 BCE

    1. Albores de la Humanidad (Prehistoria - Antigüedad Temprana)

    1. Albores de la Humanidad (Prehistoria - Antigüedad Temprana)
    En los primeros tiempos, los conflictos se resolvían mediante la fuerza y la venganza privada. La justicia se basaba en la ley del más fuerte, sin instituciones organizadas para resolver disputas.Autores y aportes: Rudolf Ihering: La justicia primitiva surgía de la defensa privada y la venganza, como respuesta a la injusticia. Hugo Alsina sostenía que en este período prevalecía "la razón de la fuerza" sobre "la fuerza de la razón".
  • 1750 BCE

    2. El Código de Hammurabi (1792-1750 a.C.)

    2. El Código de Hammurabi (1792-1750 a.C.)
    El Código de Hammurabi es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se conocen. Fue promulgado por el rey Hammurabi de Babilonia y tallado en una estela de piedra, donde se recopilaron 282 leyes que regulaban diversos aspectos de la vida, como el comercio, la familia y las penas por delitos. En algunos casos, se permitía pagar una compensación en lugar de sufrir un castigo físico. Pietro Bonfante consideraba que la composición era un avance clave para reducir represalias.
  • 400 BCE

    3. Grecia Antigua (siglo V - IV a.C.)

    3. Grecia Antigua (siglo V - IV a.C.)
    Se desarrolló un sistema judicial con tribunales como el Areópago y la Heliea. Se distinguen los delitos públicos y privados, y se promueve la oralidad y el principio dispositivo. El principio dispositivo diferenciaba los delitos públicos y privados, los ciudadanos tenían la responsabilidad de presentar sus casos ante los tribunales. La acción judicial reemplazó la venganza privada. Alfredo Vélez Mariconde: Los tribunales atenienses establecieron las bases del derecho procesal occidental.
  • 476

    4. Roma (753 a.C. - 476 d.C.)

    4. Roma (753 a.C. - 476 d.C.)
    Monarquía (753-510 a.C.): Justicia a cargo del rey y funcionarios como los duumviri. República (510-27 a.C.): Surge la Justicia Centurial y la Accusatio, permitiendo la denuncia ciudadana. Imperio (27 a.C. - 476 d.C.): Se desarrolla la Cognitio Extraordinaria, con un sistema más inquisitivo. Vincenzo Arangio-Ruiz: Describe la evolución del proceso desde las Legis Actiones hasta la Cognitio Extraordinaria. Humberto Cuenca: Resalta la coexistencia de distintos sistemas procesales en Roma.
  • 565

    5. Justiniano (527-565 d.C.)

    5. Justiniano (527-565 d.C.)
    El Corpus Iuris Civilis, consolidó y sistematizó el derecho romano, sentando las bases del derecho occidental. La influencia del Corpus Iuris Civilis es vasta, sirviendo como fundamento para la mayoría de los sistemas jurídicos europeos y moldeando el desarrollo del derecho civil en numerosas jurisdicciones. se crearon Instituciones, Digesto, Código y Novelas, cada una con funciones específicas en la recopilación y sistematización del derecho romano.
  • 800

    6. Periodo Germánico (siglo V a VIII d.C.)

    6. Periodo Germánico (siglo V a VIII d.C.)
    La justicia se basaba en la venganza privada y la solidaridad familiar. Se usaban pruebas como el juramento, el duelo y las ordalías, consideradas juicios de Dios. Con el tiempo, la influencia del derecho romano y canónico llevó a sistemas más organizados.
    Autores y aportes: Gerhard Walter destaca que el formalismo y la influencia religiosa fue clave en el proceso germánico. Mientras tanto el jurista Manuel de la Plaza explica la predominancia de la oralidad por la falta de escritura.
  • 1200

    8. Periodo Feudal (siglo XII d.C.)

    8. Periodo Feudal (siglo XII d.C.)
    Los señores feudales asumieron funciones judiciales en sus territorios, ejerciendo autoridad sobre sus vasallos y siervos. Existían múltiples sistemas legales locales, lo que dificultaba la aplicación uniforme de la justicia. La oralidad predominaba en los procedimientos judiciales debido a la escasa alfabetización y la ausencia de registros escritos. Manuel De la Plaza señala que esta dependencia de la oralidad en el derecho germánico era consecuencia directa de la falta de escritura
  • 1200

    7. Periodo Franco (siglo V - XII d.C.)

    7. Periodo Franco (siglo V - XII d.C.)
    Se introducen pruebas documentales y testigos, reduciendo el uso de ordalías. La justicia se centraliza en los monarcas, estableciendo tribunales y normas escritas. Se sientan bases del proceso acusatorio y la racionalización del juicio. El jurista español Jaime Guasp considera este periodo una transición clave hacia un sistema judicial estructurado, con procedimientos más formales y control estatal.
  • 9. Francia (Edad Media - 1808)

    9. Francia (Edad Media - 1808)
    Francia transformó su sistema judicial. Las Ordenanzas de Luis XIV centralizaron la justicia e introdujeron el procedimiento inquisitivo. Con la Revolución Francesa se adoptó un sistema acusatorio inspirado en Inglaterra. El Código de Napoleón (1804) estableció un sistema mixto, combinando el procedimiento inquisitivo en la fase de instrucción con un juicio público y oral. Alberto Suárez Sánchez destaca la separación de las funciones de acusar y juzgar en este sistema para garantizar la justicia
  • 10. España

    10. España
    La Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855 fue fundamental en la unificación y sistematización de la legislación procesal civil en España. Esta ley consolidó el sistema procesal basado en el juicio ordinario, estableciendo procedimientos más claros y accesibles para los ciudadanos. Eduardo J. Couture, destacado jurista uruguayo del siglo XX, mostró un profundo interés por el Fuero Juzgo, un antiguo cuerpo legal visigodo que data del siglo VII.
  • 11. Guatemala (siglo XIX - XX)

    11. Guatemala (siglo XIX - XX)
    Durante los siglos XIX y XX, se adoptaron importantes reformas legales. En 1877, se emitieron el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles, estableciendo las bases del sistema jurídico nacional. En 1898, entró en vigor el Código de Procedimientos Penales, mientras que en 1934, se adoptó el Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil. Finalmente, en 1994, se implementó el Código Procesal Penal, inspirado en el modelo iberoamericano, modernizando y mejorando el sistema judicial del país.