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Es considerada una de las primeras normas laborales en Colombia. Estableció la responsabilidad patronal frente a los accidentes de trabajo, promoviendo la indemnización económica al trabajador lesionado. Abrió camino hacia la legislación protectora de la clase obrera.
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Introdujo normas básicas sobre higiene y salubridad en los lugares de trabajo, buscando prevenir enfermedades laborales. Representa un primer esfuerzo por abordar el bienestar desde la salud ocupacional.
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Estableció el seguro obligatorio contra accidentes de trabajo, iniciando la creación de un sistema de compensación y seguridad social para trabajadores. Reconocía el riesgo laboral como un problema de interés nacional.
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Contiene disposiciones importantes que luego formarían parte del Código Sustantivo del Trabajo. Establece derechos laborales fundamentales como la jornada laboral, el descanso obligatorio y el salario mínimo.
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Crea el Instituto de Seguros Sociales (ISS), encargándose de cubrir pensiones, enfermedades, maternidad y accidentes. Supuso un avance importante en la consolidación de un sistema de seguridad social en Colombia.
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Marco legal fundamental del trabajo en Colombia. Regula temas como contratación, jornadas, descansos, vacaciones, estabilidad laboral, protección al trabajo femenino y del menor. Funda el derecho laboral colombiano.
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Reglamenta el seguro social obligatorio para accidentes y enfermedades profesionales. Obliga a las empresas a afiliar a sus trabajadores a dicho sistema.
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Se considera la primera Ley General de Salud. La Resolución 2400 establece el Reglamento General de Higiene y Seguridad Industrial. Estas normas marcan el inicio formal de la salud ocupacional como parte del bienestar laboral.
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Define las bases para la organización y administración de los programas de salud ocupacional en Colombia. Reconoce la responsabilidad empresarial en la prevención de accidentes y enfermedades laborales.
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Adopta el Convenio 159 de la OIT sobre la readaptación profesional y el empleo de personas con discapacidad, promoviendo la inclusión social y laboral.
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Establece la obligación de implementar programas de salud ocupacional en todas las empresas. Introduce acciones en promoción de la salud, prevención de riesgos y atención a emergencias.
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Crea el Sistema General de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos laborales). Estructura el acceso a servicios de salud y prestaciones económicas para todos los trabajadores.
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Establece el procedimiento para la calificación de origen y pérdida de capacidad laboral. Reafirma el principio de atención integral al trabajador accidentado o enfermo, incluyendo rehabilitación y reintegro.
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Define y sanciona el acoso laboral en el ámbito del trabajo. Obliga a las empresas a establecer mecanismos de prevención y conciliación. Aporta directamente al clima organizacional y la salud mental.
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Introduce la identificación, evaluación y prevención de los riesgos psicosociales en el trabajo. Obliga a las empresas a realizar evaluaciones periódicas y tomar acciones para proteger el bienestar emocional de los empleados.
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Reforma el Sistema de Riesgos Laborales y actualiza el concepto de salud ocupacional al de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Establece la obligación de tener Comités de Convivencia y promueve ambientes laborales saludables.
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Reconoce la salud mental como un derecho fundamental y obliga al sistema de salud, empleadores y ARL a prestar atención a los factores psicosociales del entorno laboral.
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Establece una nueva tabla de enfermedades laborales, actualizando las patologías reconocidas oficialmente como de origen laboral, incluyendo enfermedades mentales y musculoesqueléticas.
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Es el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Reúne toda la normatividad laboral, incluyendo los programas de bienestar, SST, riesgos laborales y condiciones dignas para los trabajadores.