Derecho civil

Los antecedentes del Derecho Civil

  • 753 BCE

    Edad Antigua: Monarquía Romana (753-509 a.C.). Corriente: Derecho consuetudinario y ritualista.

    Fundación legendaria de Roma; inicio del Derecho primitivo basado en costumbres (mos maiorum).
    - Ley de las Doce Tablas (450 a.C., primer código escrito). - Lex Hortensia (286 a.C., plebiscitos obligatorios para todos).

    - Rómulo (fundador mítico). - Numa Pompilio (rey, reformador de leyes).

    - Personas (distinción ciudadanos/esclavos). - Familia (patria potestas, matrimonio).
  • 509 BCE

    Edad Antigua: República Romana. Corriente: Formalismo jurídico y expansión del Ius Quiritium.

    Establecimiento de la República; expansión romana y diferenciación entre Ius Civile (para romanos) e Ius Gentium (para extranjeros).
    - Ley de las Doce Tablas (450 a.C.). - Edictos de pretores (siglo II a.C., derecho honorario).

    - Cicerón (orador y jurista). - Cayo (jurista, autor de Instituciones).

    - Obligaciones (contratos primitivos). - Bienes (propiedad quiritaria).
  • 27 BCE

    Edad Antigua: Imperio Romano. Corriente: Clasicismo jurídico (juristas como Ulpiano).

    Imperio Romano; universalización de la ciudadanía y compilación sistemática del derecho.
    - Edicto de Caracalla (212 d.C., ciudadanía universal). - Código Gregoriano (291 d.C., compilación de constituciones).
    - Gayo (autor de Instituciones). - Ulpiano (jurista, definidor de justicia).
    - Sucesiones (herencias). - Obligaciones (contratos formales).
  • 475

    Edad Media Temprana: Transición bárbara. Corriente: Fragmentación y vulgarización.

    Caída del Imperio Romano de Occidente; supervivencia del derecho romano en Oriente.
    - Código de Teodosio (438 d.C.). - Ley Romana de los Visigodos (506 d.C.).
    - Teodosio II (emperador). - Alarico II (rey visigodo).
    Consolidación de ramas existentes; influencia en derecho germánico (personas, bienes).
  • 529

    Edad Media: Bizantina y Feudal. Corriente: Justinianeo (revival romano).

    Compilación de Justiniano; renacimiento en Bizancio y Europa.
    - Corpus Juris Civilis (529-534 d.C., incluye Código, Digesto, Instituciones, Novelas). - Siete Partidas (1265, España, influencia romana).
    - Justiniano I (emperador, compilador). - Triboniano (jurista jefe).
    - Todas las ramas clásicas (personas, familia, bienes, obligaciones, sucesiones).
  • 1001

    Edad Media: Escolástica. Corriente: Glosadores (análisis textual).

    Renacimiento del Derecho Romano en Europa; Escuela de Glosadores en Bolonia.
    - Gran Glosa de Acursio (1230). - Corpus Juris Civilis (reediciones).
    - Irnerio (fundador de Bolonia). - Acursio (glosador).
    Refinamiento de obligaciones y bienes; influencia en derecho canónico (familia).
  • 1300

    Edad Media Tardía: Renacimiento. Corriente: Comentadores (adaptación social).

    Escuela de Comentadores; aplicación práctica del derecho romano.
    - Comentarios de Bartolo (siglo XIV). - Nueva Recopilación (1567, España).
    - Bartolo de Sassoferrato. - Baldo de Ubaldis.
    Sucesiones y contratos; ramas adaptadas a feudalismo.
  • 1499

    Edad Moderna: Ilustración. Corriente: Iusnaturalismo racional (razón sobre tradición).

    Humanismo jurídico; Escuela de la Naturaleza y Derecho Natural.
    - De Jure Belli ac Pacis (1625, Grocio). - Tratado de Obligaciones (1761, Pothier).
    - Hugo Grocio. - Robert Pothier.
    Personas (derechos individuales); obligaciones (contratos racionales).
  • Edad Contemporánea: Revolución e Ilustración. Corriente: Escuela de la Exégesis (interpretación literal).

    Revolución Francesa; fin del Antiguo Régimen y codificación moderna.
    - Declaración de Derechos del Hombre (1789). - Código Napoleón (1804).
    - Napoleón Bonaparte. - François Denis Tronchet (redactor).
    Familia (igualdad); bienes (propiedad absoluta).
  • Edad Contemporánea: Codificación. Corriente: Escuela Científica (Gény, adaptación social).

    Codificaciones europeas y latinoamericanas; influencia napoleónica en México post-independencia (1821).
    - Código Civil Austriaco (1811). - Proyecto de Código Civil Español (1851, García Goyena).
    - François Laurent (exégeta). - Florencio García Goyena.
    Obligaciones y sucesiones; en México, influencia en familia y bienes.
  • Edad Contemporánea: Liberalismo mexicano. Corriente: Positivismo (ley como fuente principal).

    Proyectos post-independencia; códigos influenciados por Francia y España.
    - Proyecto de Código Civil Mexicano (1861, Justo Sierra). - Código Civil de 1870 (para DF y Baja California).
    - Justo Sierra. - Joaquín Baranda (ministro).
    Personas y familia (libertad civil); bienes (reforma agraria inicial).
  • Edad Contemporánea: Porfiriato y Revolución. Corriente: Transformaciones sociales (Duguit, Gény).

    Revisión del código; influencia de Escuela de la Exégesis y Científica.
    - Código Civil de 1884 (revisión). - Código Civil de 1928 (para DF, post-Revolución).
    - Pablo Macedo (autor del recurso consultado). - Ignacio Vallarta (jurista).
    Obligaciones (contratos modernos); sucesiones (herencia igualitaria).
  • Edad Contemporánea: Socialización del derecho. Corriente: Escuela Científica y sociológica (adaptación a cambios sociales).

    Modernización; influencia social y constitucional en México (e.g., Revolución 1910-1917).
    - Código Civil Italiano (1865, actualizado 1942). - Código Civil Mexicano (1928, reformas hasta 1980s).
    - Raymond Saleilles (científico). - Ignacio Galindo Garfias (autor del segundo recurso, analiza 75 años de evolución mexicana).
    Familia (divorcio, igualdad); bienes (expropiación social).
  • Edad Contemporánea: Posmoderno. Corriente: Pluralismo jurídico (influencia internacional, UE, OEA).

    Globalización y reformas; en México, integración de derechos humanos (e.g., matrimonio igualitario, 2010s).
    - Reforma al Código Civil Federal Mexicano (2014, familia). - Código Civil Único para la Nación (propuesta 2020s).
    - François Gény (influencia perdurante). - Ruth Bader Ginsburg (inspiración global en igualdad).
    Personas (derechos digitales); familia (adopción diversa).