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Modelos Constitucionales.

By sanfeje
  • La Constitución federal de 1787 (Estados Unidos)

    La Constitución federal de 1787 (Estados Unidos)

    es la ley fundamental de los Estados Unidos
    de Norteamérica. Es la norma suprema a la que deben conformarse todas las otras
    normas y sujetarse todos los poderes, particularmente el legislador.
  • Declaración Francesa

    Los franceses proclaman solemnemente su compromiso con los Derechos Humanos y los principios de soberanía
    nacional definidos.
  • «Staatsgrundgesetz»(Austria)

    La Ley Fundamental del Estado sobre los derechos generales de los ciudadanos ,que data del período monárquico, se incorpora a la Ley Constitucional Federal vigente (en adelante, LCF) a través de su artículo 149.
  • judicial review.

    judicial review.

    A través de la judicial review, la Corte interpreta lo que la
    Constitución significa para el legislador, porque el legislador no puede desconocer
    la interpretación judicial de la Constitución. En este contexto, se entiende bien
    lo que quiso decir el entonces Gobernador Hughes.
  • La Constitución de Austria.

    (Ley Constitucional Federal) data de 1920,
    cuando fue elaborada por representantes de los partidos políticos, con la
    importante contribución de Hans Kelsen.
  • Constituciòn de Austria.

    Sufrió una profunda reforma, tendente sobre todo a reforzar los poderes del Presidente federal. Dicho texto, numerosas veces reformado desde entonces, sigue siendo el vigente en Austria, tras el paréntesis que supuso el Tercer Reich.
  • La Constitución francesa de 1958

    La Constitución francesa de 1958

    Contempla el control preventivo de constitucionalidad de las leyes, el cual es entregado a un órgano autónomo, independiente de los demás poderes públicos, denominado Consejo Constitucional (Conseil Constitutionnel).
  • El Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)Austria.

    ratificado por Austria en
    1958, goza de rango constitucional desde la reforma de la LCF de 1964, y supuso la ampliación y generalización de los derechos fundamentales