PASOS A SEGUIR PARA CONCRETAR, VALIDAMENTE UNA TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO
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PASO 1: ARTÍCULO 2 DE LA LEY 11.687
Deberá previamente, publicar un aviso por 5 días, en el boletín oficial y en uno o más diario o periódicos del lugar en el que funciona el establecimiento que se pretende trasferir.
El anuncio deberá indicar, lo siguiente:
• La clase y ubicación del negocio
• El nombre y domicilio del vendedor y del comprador
• El nombre y domicilio del rematador y de escribano, si estos interviniesen -
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PASO 2:ARTÍCULO 3 DE LA LEY 11.687
Antes de transferirse debe entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, la siguiente información
• Detalle de los créditos adeudados
• Nombre y domicilio de los acreedores
• Monto de los créditos adeudaos
• Fecha de vencimiento ( si las tiene) -
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PASO 3: ARTICULO 4 DE LA LEY 11.687-OPOCICIONES
Los acreedores tendrán un plazo de 10 días para notificar a su oposición a la operación de transferencia. Notificación que deberá cursase al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o, al rematador o escribano que intervenga en el acto. -
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PASO 4:ARTÍCULO 5 DE LA LEY 11.687 –EMBARGO
El acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 30 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo de 20 días el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta. -
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PASO 5:ARTICULO 4 DE LA LEY 11.687-OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada. Para que el documento pueda producir efectos sobre terceros, deberá:
• Extenderse por escrito y inscribirse en el registro público, dentro de los 10 días hábiles de su otorgamiento