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Condiciones de Transferencia
Que la transferencia del Fondo de Comercio, en ningún caso, se efectúe por un precio menor al de los créditos constitutivos del pasivo confesado por el vendedor (art. 3 ley 11.687), más el importe de los créditos no confesados por el vendedor, pero cuyos titulares hubieran hecho oposición (art. 4 ley 11.687), salvo conformidad unánime de todos los acreedores -
Consecuencias del Incumplimiento
Las omisiones o transgresiones a lo establecido en la Ley 11.687 harán solidariamente responsables al comprador; al vendedor y al martillero o al escribano que las hubieran cometido, por el importe de los créditos impagos. -
Art n°2 Ley 11687
Quien desee transferir un fondo de comercio debera publicar un aviso por 5 dias en el Boletin Oficial y en diarios del lugar en el que funcione el establecimiento.
El anuncio debe indicar:
-La clase y la ubicacion del negocio
-El nombre y domicilio del vendedor y del comprador
-El nombre y domicilio del rematador del escribano si estos intervienen. -
Art n° 3 Ley 11687
Entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga al menos la siguiente informacion:
-detalle de creditos adeudados
-Nombre y domicilio de los acreedores
-Monto de los creditos adeudados
-Fechas de vto en caso de que haya. -
Art n°5 Ley 11687
Embargo
Desde la notificacion de la oposicion a la transferencia que se hubiera opuesto tendra 20 dias para trabar el embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo en el plazo indicado el depositante podra retirar las sumas depositadas en la cuenta, -
Pasos para transferencia de fondo de comercio
Es el conjunto de fuerzas productivas, derechos y cosas que tanto interior como externamente se precede como un organismo con perfecta unidad para los fines a los que tiende que no son otros en la obtención de beneficios en el orden comercial e industrial. -
Art n°1 Ley 11867
Los elementos constitutivos de un establecimiento comercial o fondo de comercio, a los efectos de su transmisión por cualquier título: las instalaciones, existencias en mercaderías, nombre y enseña comercial, la clientela, el derecho al local, las patentes de invención, las marcas de fábrica, los dibujos y modelos industriales, las distinciones honoríficas y todos los demás derechos derivados de la propiedad comercial e industrial o artística -
Art n°4 Ley 11687
Oposiciones
Desde la ultima publicacion realizada los acreedores tienen 10 dias para notificar su oposicion a la operacion de transferencia reclamando la retencion del importe de su credito y correspondiente deposito de la suma en una cuenta especial en el banco correspondiente. Por su parte el comprador recibira la notificacion y se encontrata obligado a retener el importe correspondiente a su credito y depositarlo en dicha cuenta judicial. -
Art n°4 Ley 11687
Otorgamiento del documento de transferencia
El documento de transmision solo podra firmarse transcurridos los 10 dias desde la ultima publicacion y siempre que no exista oposicion. El documento para producir efectos ante terceros debera extenderse por escrito e inscribirse en el registro publico dentro de los 10 dias de otorgamiento.