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Los Escribas por medio de jeroglificos hacia constar diversos hechos.
Considerado el antecedente mas remoto del notariado latino -
Aristotles menciona alos Cagneraux (encargados de redactar contratos)
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Justiniano crea la existencia de un cuerpo normativo que en las tablas 44,47 y 73 normaliza la actividad del Tabellón (notario), reglamenta la utilización de protocolo y regula el documento notarial
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Surgen leyes Lungobardas que llamaron Escriba al notario y le dotaron de oponiblidad frente a cualquier juramento en contrario
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Legisla en capitulados que el instrumento notarial tiene el valor probatorio de una sentencia ejecutoriada
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Ahora los Tabularis (notarios) debian: hacer examen, ser capables fisicamente, juridicamente y moralmente, debian pertenecer al colegio, fijaba numero de clausus a sus integrantes y se les imponia aranceles.
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Se ve al notariado desde el punto de vista academico. 2 juristas destacados Rolando Passageri y Salatiel
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La 3era establece regulación de la actividad notarial, divide en 2 a los escribanos (del rey y públicos). El rey nombraba a todos.
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Establece el oficio de escribano como publico, honrado y comunal para todos, regula sus actuaciones
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Establece situaciones en que debe haber escribano publico
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El Tacullo, nombrado por el emperador, plasmaba lo esencial de un hecho/acto
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Acompaña su escribano a Colon en su descubrimiento de las americas, formalmente el primer federatario en ejercer en todo el continente americano
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Declara vendible y renunciable el oficio de escribano. Establece requisito de edad, religion y presencia en sociedad. Indica que los instrumentos tienen valor probatoria pleno
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Ahora llamado Colegio de Notarios del DF
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Notario es definido como funcionario publico que requiere de transferencia de titulo y almenos 6 años de practica.
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establece la necesidad de aprobar un examen para poder ser escribano
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Se establecen 3 clases de escribanos: nacionales, publicos y de diligencias
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Se integran escribanos a juzgados. Debian aprobar 2 examenes, el supremo gobierno les extendia su titulos, debian incorporarse al colegio de escribanos y su numero lo fijaba el Supremo Tribunal
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Se les imponia la obligacion de avisar a autoridades politicas sobre testamentos cuando se promoviera juicio a los inventarios
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Se les autoriza tener despacho publico donde ejercer
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Si alguno autorizaba contrato de bienes de la iglesia se le deshabilitaba de su puesto
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expide Ley Organica del notariado y del oficio del escribano.
Ahora solo lo podia conferir el emperador, desparecen los oficios publicos vendibles y renunciables, nombramiento hechos por tribunal superior y debian llevar libro de inventario -
Se les da el atributo exclusivo de autorizar protocolos de toda clase de instrumentos publicos, debian ser abogados, se delimita al territorio del Distrito Federal (pierde fe publica si va fuera de el)
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Promulga Ley del Notariado para el distrito Federal y Territorios Federales. Establece a la funcion notarial como incompatible con otros cargos, requerimientos de tener almenos 25 años, no enfermedades que impidieran funcion, tener patente de aspirante y estar vacante alguna notaria. Se les requeria tener forma original de documentos en sus libros, se llevaban minutas.
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Con mismo nombre, esta excluye testigos (menos en testamentos) e introduce la figura de los adscriptores
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Se suprimen las minutas, se da valor probatorio al documento notarial, establece responsabilidades al no
tarios por faltas -
Varon o mujer investido de fe publica para hacer constar los actos y hechos juridicos a los que los interesados deben o quieran dar autenticidad conforme a las leyes y autorizados para intervenir en la formaciones de tales actos/hechos revistiendolos de solemnidad y formas legales.
Lo establece como una funcion de orden publico a cargo del ejecutivo de la union que a traves del departamento del DF lo encomendaba a profesionales del derecho.
Es decir ahora en cada estado los nombra el gobernador. -
Señala la existencia de 3 hechos inegables en el notariado.
1. la funcion publica notarial
2. la existencia del instrumento publico
3. la existencia de legislacion notarial -
se crean 50 nuevas notarias. Se le da caracter de particular
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nuevo sistema protocolar integral de caracter abierto y obligatorio. conserva sistema de acceso que consistia en la aprobacion de un examen de aspirantes, otro de oposicion, contempla prohibiciones e incompatibilidades con la funcion notaria y garantiza sus caracter independiente.
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Esta plasma principios y valores ya dentro de ley y por ende el postulado adquiere modalidad de derecho positivo. Establece serie de deberes y clarifica y amplia actividades que le permiten al notario reafirmar su libertad e imparcialidad.
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puntualiza mas a detalle las obligaciones de notarios frente a sus clientes y modifica el sistema de ubicación de las notarias.
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Para armonizar disposiciones en materia registral
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