PRINCIPALES ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO COMERCIAL EN NUESTRO PAÍS

  • CREACION DEL CONSULADO DE BUENOS AIRES

    CREACION DEL CONSULADO DE BUENOS AIRES
    Se funda el Consulado de Comercio de Buenos Aires, un organismo judicial y administrativo que regulaba el comercio terrestre y marítimo. Aplicaba las Ordenanzas de Bilbao de 1737 y cumplía una función clave en la resolución de conflictos mercantiles. Marcó el inicio de una jurisdicción separada para lo comercial.
  • CREACION DE LA ASAMBLEA DEL AÑO 1813

    CREACION DE LA ASAMBLEA DEL AÑO 1813
    La Asamblea del Año XIII instituye la matrícula para Comerciantes Nacionales, regulariza las consignaciones y establece el uso de contadores peritos para los juicios comerciales. Esto fue un intento de ordenar el naciente comercio en la etapa poscolonial.
  • CREACION DE LA BOLSA MERCANTIL

    CREACION DE LA BOLSA MERCANTIL
    Se establece la Bolsa Mercantil y se dicta una ley para regular la actividad de corredores y martilleros. La bolsa funcionó brevemente, pero representó un paso hacia una organización moderna del mercado.
  • DECRETOS DE RIVADAVIA

    DECRETOS DE RIVADAVIA
    Bajo el liderazgo de Bernardino Rivadavia, se dictan tres decretos fundamentales: uno sobre actos de comercio, otro sobre causas de comercio y uno más sobre alzada de comercio. Estos decretos sistematizaron criterios jurídicos sobre actividades mercantiles.
  • ROSAS SUPRIME LOS CONCURSOS DE ACREEDORES

    ROSAS SUPRIME LOS CONCURSOS DE ACREEDORES
    Juan Manuel de Rosas, mediante decreto, elimina los concursos de acreedores, lo que limitó la protección legal para comerciantes endeudados. Esta medida fue revertida en 1858.
  • REDACCION DEL PRIMER CODIGO DE COMERCIO

    REDACCION DEL PRIMER CODIGO DE COMERCIO
    El jurista Eduardo Acevedo, con colaboración de Vélez Sarsfield, redacta un proyecto de Código de Comercio encargado por el Estado de Buenos Aires. Fue el primer intento sistemático de codificar las normas mercantiles.
  • APROBACION EN BUENOS AIRES

    APROBACION EN BUENOS AIRES
    El código es aprobado sin debate en la legislatura del Estado de Buenos Aires y comienza a regir en la provincia en 1860. Representó un hito en la codificación del derecho comercial.
  • APLICACION NACIONAL DEL CODIGO

    APLICACION NACIONAL DEL CODIGO
    Reintegrado Buenos Aires a la Confederación Argentina, se sanciona la Ley 15 que adopta el Código de Comercio de Buenos Aires para toda la Nación. Se unificó así el régimen mercantil en el país.
  • PRIMERA GRAN REFORMA DEL CODIGO DE COMERCIO

    PRIMERA GRAN REFORMA DEL CODIGO DE COMERCIO
    Se reconoce el valor de los usos y costumbres como fuente del derecho. Se elimina la necesidad de matrícula para ser considerado comerciante. Además, se modifican normas sobre sociedades, contratos, transporte, letras de cambio, y quiebras, reflejando una adaptación al nuevo Código Civil de 1869.
  • INCORPORACIÓN DEL RÉGIMEN DE LETRAS DE CAMBIO Y PAGARÉS

    INCORPORACIÓN DEL RÉGIMEN DE LETRAS DE CAMBIO Y PAGARÉS
    El Decreto-Ley 5965/63 introduce un marco legal específico para letras de cambio y pagarés, estableciendo normas más detalladas para su uso en operaciones comerciales.
  • REFORMA EN SEGUROS

    REFORMA EN SEGUROS
    Mediante la Ley 17.418 se incorpora un nuevo régimen legal de seguros, regulando los contratos, derechos y obligaciones entre aseguradoras y asegurados.
  • REGULACIÓN DE SOCIEDADES

    REGULACIÓN DE SOCIEDADES
    La Ley 19.550 establece un nuevo régimen jurídico para las sociedades comerciales, incluyendo normas sobre su constitución, funcionamiento y disolución. Esta ley sigue vigente con múltiples reformas.
  • REFORMA EN NAVEGACIÓN Y MARTILLEROS

    REFORMA EN NAVEGACIÓN Y MARTILLEROS
    La Ley 20.094 introduce un nuevo régimen para la navegación comercial y la Ley 20.266 regula el ejercicio de los martilleros públicos. Ambas actualizan sectores claves del derecho mercantil.
  • REFORMAS EN CHEQUES Y CONCURSOS

    REFORMAS EN CHEQUES Y CONCURSOS
    Se sancionan las Leyes 24.452 y 24.522 que regulan el uso de cheques y establecen un nuevo marco para concursos y quiebras, ofreciendo herramientas más modernas para la gestión de crisis empresariales.
  • CAMBIO EN LA MAYORIA DE EDAD

    CAMBIO EN LA MAYORIA DE EDAD
    La Ley 26.579 modifica la edad legal para adquirir la mayoría de edad, bajándola de 21 a 18 años, lo que afecta también la capacidad para realizar actos jurídicos y comerciales.
  • UNIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

    UNIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
    Mediante la Ley 26.994 se deroga el Código de Comercio y entra en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Esta reforma histórica unifica el derecho privado argentino, eliminando distinciones entre comerciantes y civiles, entre contratos civiles y comerciales, y suprimiendo el registro público de comercio.