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• Civilizaciones como Mesopotamia, Egipto, Grecia y Roma.
• El trabajo manual era visto como indigno para las élites; reservado a esclavos y clases bajas.
• Código de Hammurabi (1750 a.C., Babilonia) regulaba salarios, responsabilidad por daños y contratos básicos.
• En Roma, el Derecho Romano regula contratos de locatio conductio operarum (arrendamiento de servicios) y locatio conductio operis (contrato por obra). -
• Civilizaciones mesoamericanas (olmecas, mayas, mexicas) con trabajo agrícola, artesanal y construcción de obras públicas.
• Existía trabajo obligatorio a favor del Estado o gobernantes (tequio, mitas).
• No había “derecho laboral” como tal, sino normas consuetudinarias de organización comunal. -
• Trabajo mayormente forzado: esclavitud, servidumbre por deudas, prisioneros de guerra.
• Pensamiento dominante: filósofos griegos como Aristóteles consideraban el trabajo manual como actividad impropia para ciudadanos libres, reservada a esclavos y clases bajas.
• Regulaciones: escasas y vinculadas a códigos antiguos como el Código de Hammurabi (1750 a.C.), que ya establecía ciertas normas para salarios y responsabilidad laboral. -
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• Surge el feudalismo: trabajo ligado a la tierra y al señor feudal.
• Relaciones laborales basadas en la servidumbre y obligaciones mutuas.
• Nacen los gremios artesanales en ciudades, regulando oficios, aprendizaje, jornadas y precios.
• Derecho laboral incipiente con base en costumbres, cartas de privilegios y estatutos gremiales. -
• Feudalismo europeo: trabajo agrícola en tierras de señores feudales, con servidumbre y tributos.
• Nacimiento de gremios artesanales que fijaban tarifas, horarios, calidad y normas de aprendizaje.
• Reglamentos laborales de gremios: antecedente directo de contratos colectivos. -
• Periodo prehispánico tardío: organización laboral más compleja en el Imperio Mexica, con oficios especializados y tributos en especie o trabajo.
• Llegada de los españoles (final de esta etapa) introduce el sistema de encomiendas, que será clave en la etapa siguiente. -
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• Expansión comercial y colonial; el trabajo se diversifica.
• Declive del feudalismo y fortalecimiento de la economía mercantil.
• Regulaciones laborales aún ligadas a gremios y control estatal (ej. Leyes de Pobres en Inglaterra).
• Se empieza a hablar de derechos limitados para ciertos trabajadores, pero sin garantías universales. -
• Expansión del comercio, colonización y economía mercantilista.
• Declive del feudalismo y desaparición gradual de la servidumbre en Europa Occidental.
• Persisten gremios y regulaciones estatales estrictas sobre oficios y salarios.
• En Inglaterra y otros países surgen leyes para controlar a los trabajadores pobres (Poor Laws). -
EPOCA VIRREINAL
• Encomiendas y repartimientos: trabajo forzoso de indígenas a favor de colonos españoles.
• Introducción de esclavos africanos para trabajos mineros y agrícolas.
• Ordenanzas de gremios artesanales en ciudades coloniales. -
Documento fundamental de la Revolución francesa, define los derechos personales, colectivos y universales Inspirada en la doctrina de los derechos naturales, aunque establece los derechos fundamentales de los hombres sin excepción, no aborda la esclavitud
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Antecedentes Internacionales
• Jornadas excesivas, explotación infantil y laboral impulsan la organización sindical.
• Movimientos obreros y teorías sociales (socialismo, anarquismo) exigen derechos laborales.
Antecedentes en México:
• Siglo XIX: persistencia de haciendas y tiendas de raya, con deudas impagables que encadenaban a trabajadores. -
Inicio durante 1760 y finalizo en 1840, se caracteriza por
• Transición de talleres artesanales a fábricas mecanizadas.
• Cambios económicos, tecnológicos y sociales
• Aparición de fabricas y ciudades industriales -
• Comienza la Guerra de Independencia.
• Abolición de la esclavitud decretada por Miguel Hidalgo en Guadalajara. -
• Sentimientos de la Nación: plantea igualdad y supresión de la esclavitud.
• Desaparición formal de los gremios coloniales. -
• Condiciones laborales duras, sin protección legal.
• Crecimiento del trabajo agrícola y artesanal sin garantías. -
• Primera Constitución de México independiente.
• No incluye derechos laborales específicos, pero establece la estructura del Estado. -
primeras normas que limitan el trabajo infantil y la jornada.
La Ley Fabril de 1802 fue la primera ley de protección de los niños trabajadores.
En 1819 se prohibió, en Inglaterra, el trabajo de los niños menores de 9 años de edad, en la industria textil.
En 1832, sindicatos de Nueva Inglaterra, Estados Unidos, criticaron el trabajo infantil, señalando que impedía el desarrollo de los niños -
Formalmente conocida como la Ley de Fábricas de 1847 fue una legislación importante para limitar las horas de trabajo de las mujeres y los jóvenes (de 13 a 18 años) en las fábricas textiles a diez horas por día. El movimiento de Diez horas, que buscaba mejorar las duras condiciones a las que se enfrentaban los trabajadores de las fábricas durante la Revolución Industrial
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• Disposiciones para aliviar la situación de los trabajadores.
• Primeros intentos de modernizar leyes laborales. -
• Reconoce libertades de profesión, industria y trabajo.
• Inspirada en principios liberales y económicos.
Sin derechos laborales específicos. -
AIT - Asociación internacional de trabajadores
Esta organización buscaba unir a varios grupos socialistas socialdemócratas, comunistas y anarquistas, enfocada a la lucha de clases y la clase obrera -
• Protege a campesinos contra abusos.
• Regula algunas relaciones laborales en el campo. -
Fue el primer código civil elaborado en México tras su independencia, y su redacción fue influenciada tanto por el Código Napoleón de 1804 como por el Código Civil Español
• Principios sobre la dignificación del trabajo.
• Regulaciones mínimas sobre contratos y obligaciones laborales. -
En 1904, se produjeron importantes avances en la protección laboral, especialmente en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
• Atención médica a trabajadores por accidentes de trabajo.
• Derecho a salario durante incapacidad temporal. -
• Movimiento obrero en Sonora exigiendo mejores salarios y condiciones.
• Porfirio Díaz prohíbe el trabajo a menores de 7 años. -
Considerado el detonante de la Revolución Mexicana, fue un manifiesto redactado por Francisco I. Madero el 5 de octubre de 1910
• Francisco I. Madero desconoce al régimen de Porfirio Díaz.
• Introduce lema “Sufragio efectivo, no reelección” como bandera política. -
Fue un conflicto armado que involucró a obreros y campesinos, quienes lucharon por mejoras en sus condiciones laborales y acceso a la tierra, Los obreros demandaban salarios justos, jornadas laborales dignas y derecho a formar sindicatos, mientras que los campesinos buscaban la redistribución de la tierra y el fin del latifundismo.
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• Promueve leyes agrarias y mejoras laborales.
• Respaldado por el constitucionalismo. -
El General Cándido Aguilar, gobernador del estado de Veracruz, promulgó la Ley del Trabajo del Estado de Veracruz el 19 de octubre de ese año. Este hecho es clave, ya que la Ley de Veracruz de 1914 fue un antecedente fundamental, pero no fue una ley federal ni constitucional.
• Limita jornadas laborales.
• Reconoce derechos básicos de los trabajadores. -
Aunque Luis Cabrera no fue el autor directo de las leyes laborales en México, tuvo una influencia significativa en el desarrollo del marco legal revolucionario, fue uno de los principales promotores de la Ley Agraria, promulgada el 6 de enero de 1915, que abordaba cuestiones fundamentales de justicia social y redistribución de tierras
• Ley de Asociaciones Profesionales para regular sindicatos.
• Ley del contrato de trabajo, base del Artículo 27 Constitucional. -
• En Argentina y Chile se promulgan leyes pioneras que obligan a los empleadores a indemnizar y prevenir accidentes laborales, regulando higiene y seguridad.
• En EE.UU., la Ley Keating-Owen restringe el trabajo infantil en la industria, sentando un precedente de protección laboral.
• En México, se reformó el Art. 5 constitucional en favor de los trabajadores y se legisló sobre accidentes y riesgos de trabajo. -
En su articulo 123 Constitucional
- Jornada máxima de 8 horas
- Salario mínimo
- Descanso semanal
- Derecho a huelga y sindicalización. -
Fundada el11 de abril de 1919 puso fin a la Primera Guerra Mundial, reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente. La Constitución de la OIT fue sancionada en 1919 y se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944, fue creada con el doble objetivo de lograr la expansión global de los derechos de los trabajadores y atenuar las causas de las revoluciones obreras.
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La primera ley federal del trabajo reglamenta el Art. 123, busco regular las relaciones laborales entre patrones y trabajadores, establece los derechos laborales fundamentales de los trabajadores mexicanos, tanto en el sector público como privado.
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Reconocen derechos laborales básicos
En sus Artículos 23 y 24 estos se refieren al derecho al trabajo y al descanso respectivamente
Art. 23: Establece el derecho a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Art. 24: Establece el derecho al descanso, al disfrute de tiempo libre y a vacaciones periódicas pagadas. -
Refuerza derechos al trabajo, condiciones justas y sindicalización, entro en vigor el 3 de enero de 1976, garantizan un nivel de vida adecuado para todas las personas
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Es la máxima norma de derecho laboral en México y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su objetivo principal es lograr el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social.
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No fue creado en 1980, se remonta a la Revolución Mexicana de 1910 La creación oficial del órgano se produjo en 1931 con la promulgación de la Ley de Relaciones de Trabajo, Este tribunal evolucionó y fue reestructurado con el tiempo, adquiriendo su actual denominación y configuración bajo el marco legal actual, que está determinado por el Artículo 123, Apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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Auge de tratados comerciales con capítulos laborales,
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• Normas globales para minimizar accidentes y enfermedades en el sector construcción.
• Establece inspecciones, capacitación obligatoria y protocolos de emergencia. -
• Ratificación progresiva en varios países, protegiendo derechos y condiciones de salud de trabajadores nocturnos.
• Reconoce el impacto del turno nocturno en seguridad y bienestar laboral. -
• Considerada la “Carta de derechos” de los trabajadores del mar.
• Unifica más de 65 instrumentos laborales marítimos.
• Garantiza condiciones de vida, seguridad y contratos dignos para tripulantes. -
La Declaración representa un gran cambio hacia políticas socioeconómicas más equilibradas y otorga a la OIT una herramienta formidable para promover una globalización equitativa con base en el Trabajo Decente.
• Reafirma principios y derechos fundamentales en el trabajo.
• Base para políticas laborales frente a la crisis económica global. -
Convenio sobre trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos.
• Reconoce derechos laborales plenos para el trabajo doméstico.
• Obliga a contratos escritos, salario justo y acceso a seguridad social. -
Impulsada por el presidente Felipe Calderón, su objetivo era modernizar la Ley Federal del Trabajo,introdujo nuevas modalidades de contratación, también contempló la regulación del teletrabajo, el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical.
Críticos la han calificado como retrógrada y ultra patronal, argumentando que favorece el empleo precario, facilita el despido y viola obligaciones internacionales del Estado mexicano relacionadas con el trabajo. -
Modifica las Directivas del Consejo y la Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de adaptarlas al Reglamento nº 1272/2008 sobre clasificación.
Garantiza que las directivas mencionadas sigan siendo eficaces, manteniendo, no reduciendo, el nivel de protección a los trabajadores establecido en ellas.
- Directiva 2014/27/UE refuerza protección contra agentes químicos peligrosos
- Actualiza las obligaciones de evaluaciones de riesgos y medidas preventivas. -
• Establece como meta el “Trabajo decente y crecimiento económico” a nivel global.
• Impulsa políticas para erradicar trabajo forzoso e infantil. -
Fue una serie de cambios legislativos con el objetivo de reorientar los mecanismos de justicia laboral y establecer la democracia sindical, se basó en las modificaciones constitucionales de 2017 a los artículos 107 y 123, en el Convenio 88 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) • Democracia sindical y voto personal, libre y secreto. • Creación de tribunales laborales (sustituyen juntas de conciliación).
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• Enfoque en la transición justa frente a cambios tecnológicos y climáticos.
• Propone protección universal de los trabajadores y aprendizaje permanente. -
Estableció una prohibición tajante de la subcontratación laboral, conocida como outsourcing, con el objetivo de erradicar sus abusos.
Se creó un padrón público, el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE)
Se incorpora un capítulo de teletrabajo en la Ley Federal del Trabajo, establece obligaciones como provisión de equipo, pago de servicios y derecho a la desconexión. -
• Primer instrumento internacional que protege contra acoso y violencia en el trabajo.
• Reconoce el derecho a un entorno laboral libre de hostigamiento. -
• Países de la UE y América Latina regulan el derecho a la desconexión digital.
• Normas para plataformas digitales y economía gig. -
• La Cámara de Diputados aprueba beneficios laborales para trabajadores de aplicaciones como Uber y Rappi: acceso a seguridad social, aguinaldo, vacaciones y derecho a organización.
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• Sindicalistas advierten recortes al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (32.5 %) y a inspección laboral en la Secretaría del Trabajo.
• Alegan que esto compromete la capacidad de resolver conflictos y cumplir compromisos del T-MEC. -
• En debate dentro de la OIT para establecer estándares frente a automatización e inteligencia artificial.
• Discusión sobre derechos de actualización profesional y protección de datos de empleados. -
• El Gobierno impulsa una reducción gradual de la jornada laboral, de 48 a 40 horas semanales, con una meta hacia 2030.
• Se realizarán foros en diferentes regiones para consensuar el modelo.
• Diputados aprueban reforma que obliga a empleadores a garantizar el salario mínimo y prohíbe usar las propinas como sustituto.
• También regula la distribución equitativa de las propinas.