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Conforman las competencias que disponía en Consulado de Bilbao tanto en el orden jurisdiccional (juzgar litigios mercantiles) como en la elaboración de disposiciones normativas (leyes) en un campo tan relevante como el Derecho Mercantil y competencias en materia de gestión de unas infraestructuras tan vitales para el desarrollo económico y social.
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Serviría también como base a nuestra codificación en la materia.
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Aplicada a nuestro territorio mientras se disponían los asuntos en materia mercantil.
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Cuyo artículo 70 estableció que los tribunales mercantiles se arreglarían en la decisión de los negocios de su competencia a las Ordenanzas de Bilbao en lo que no estuvieran derogadas.
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Reformó la organización de dichos Tribunales para facilitar el despacho de los asuntos relativos a los negocios mercantiles.
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Tal ordenamiento fue influido por el Código Español de 1829, del cual copió su estructura y la casi totalidad de sus disposiciones, y fue creado con la pretensión de ser aplicado en toda la República, de acuerdo con las llamadas Bases Orgánicas de 1843, que constituyeron un ordenamiento que instauró un régimen político centralista y no de carácter federal.
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Constaba de 1875 artículos, en contraste con los 1091
en p. 381 del Código Lares, de 1854. Importante en el avance de legislación mercantil en México. -
Se dividía en cinco libros y 1800 artículos. En cuanto a sus fuentes, “para formar el presente proyecto de Código de Comercio, ha tenido la Comisión á la vista todas las leyes mercantiles y Códigos extranjeros, hasta los más modernos, como son los de Alemania, Buenos Aires y Bélgica”, además a efecto de aprovechar la experiencia como fuente del proyecto, se preocuparon de contar con “las luces de los miembros de la Cámara de Comercio de México”.
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Entró en vigor el 20 de julio de ese año. Se elaboró tomando como base los dos proyectos previos de 1869 y 1880, de aplicación federal.
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Como complemento al Código de comercio, otras leyes y reglamentos se dictaron.
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Este ordenamiento comprendía la casi totalidad de los instituciones incluidas en el Derecho Mercantil sustantivo, terrestre y marítimo, así como el Derecho procesal mercantil, entro en vigor el 1 de enero de 1990.
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El proceso mercantil permaneció intacto hasta la misma.
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Intentó regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose a margen de supletoriedad que hasta el momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la federación.