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Como antecedentes históricos al derecho mercantil se encuentra el surgimiento del comercio y su desarrollo en la Edad Antigua, seguido de su ubicación y surgimiento es la Edad Media.
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El comercio, entendido como el intercambio de bienes o servicios tiene su origen en la Edad Antigua a través del trueque.
Una vez que las sociedades se organizaron de tal forma que pudieron satisfacer sus necesidades básicas, fue posible que los bienes y servicios producidos por una sociedad fueran intercambiados con otra. -
En un principio, el intercambio tenía por objeto el consumo, pero con el paso del tiempo, el truque se hizo más complejo de tal forma que el intercambio ya no sólo tenía por objeto satisfacer una necesidad básica de alimento o vestido, sino que además se podía realizar con el propósito de obtener una ganancia, por lo que se hizo necesaria una unidad común de intercambio, dando como resultado a la moneda.
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En Roma, a pesar de que existieron algunas normas que regulaban ciertos aspectos muy específicos del comercio, se trataba de normas de derecho civil. Este sistema de normas regulaba a las relaciones jurídicas entre los ciudadanos sin hacer una distinción de los actos jurídicos basada en el comercio.
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La introducción de la moneda en el comercio revolucionó la forma y el volumen de las transacciones comerciales. Esta transformación favoreció el desarrollo de las sociedades antiguas, sin embargo, la actividad comercial no fue regulada por normas especializadas
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A lo largo de la Edad Media se dieron cambios económicos, sociales y políticos que no ocurrieron repentinamente sino de forma gradual. Dado lo anterior, dicha etapa fue dividida en: Alta Edad Media (siglos v a x) y Baja Edad Media (siglos xI a xv); siendo en la Baja Edad Media, la etapa en la que nació el derecho mercantil.
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Las cruzadas tuvieron un efecto determinante en el comercio pues provocaron el movimiento de personas de occidente a oriente y la movilización de la riqueza de un lugar a otro. El auge del comercio como consecuencia de las cruzadas, a su vez, provocó el surgimiento de las grandes ciudades mediterráneas donde se inter- cambiaban objetos y especias provenientes de oriente. Estos sucesos dieron origen a una nueva clase social integrada por los comerciantes.
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Debido a la falta de un marco jurídico adecuado para resolver los conflictos derivados del ejercicio del comercio, los comerciantes medievales se organizaron en gremios de acuerdo a su industria. Los gremios dictaban sus estatutos teniendo como base los usos que regían su actividad. Para la solución de los conflictos se instituyeron tribunales que aplicaron dichos estatutos.
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El derecho mercantil surgió a partir de los gremios pues las normas consuetudinarias de los gremios fueron un sistema de normas diferenciadas que regularon específicamente la actividad de los comerciantes.
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Comprende la Edad moderna y la Edad Contemporánea.
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Los cambios en la regulación del derecho mercantil no sólo obedecieron a los cambios sufridos en la realidad económica y política sino también en las ideas filosóficas del Renacimiento.
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Con motivo del descubrimiento de América la Corona de Castilla creo la Casa de Contratación de Sevilla en 1503 la cual expidió dicho ordenamiento en 1510
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El derecho que rigió a la península ibérica también rigió en sus colonias en América; en consecuencia, los antecedentes legislativos del derecho mercantil en México se encuentran en la legislación castellana.
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El ministro Colbert, en un valioso esfuerzo de unificación del Derecho Mercantil, procuró los servicios de un comerciante llamado Savary, a quien le encomendó la redacción de una ordenanza para regular el comercio terrestre.
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Durante la colonia, la Corona de Castilla expidió diversos ordenamientos especiales para cada una de sus colonias, solo de forma ocasional, por lo que fue hasta 1680 que se logró la Recopilación de leyes de los reynos de las Indias en un esfuerzo por dar unidad a la legislación colonial.
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La Ordenanza de la Marina de 1681 tiene un título específico dedicado al naufragio. El objetivo prioritario era la protección y salvaguarda de las naves, de la tripulación y de la carga, en estos casos 95, y, sobre todo, socorrer a las personas, salvar los bienes y evitar el pillaje 96.
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el derecho mercantil sufrió una transformación, pues se abandonó la idea del derecho mercantil como normas que rigen a una clase social. El derecho mercantil se replanteó como un sistema de normas que regulan una actividad sin tomar en consideración la profesión de los sujetos que la realizan. La doctrina explica esta transformación como un cambio de un criterio subjetivo, es decir, el comerciante, a un criterio objetivo, es decir, los actos de comercio.
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Los cambios sufridos por el derecho mercantil a partir del Renacimiento culminaron con la Ilustración. Este movimiento del pensamiento fue resultado de la revolución científica de la época, del aumento del poder del Estado y del ascenso de la burguesía como clase social.
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Durante la Edad media los artesanos y comerciantes se agruparon en gremios para expedir reglas que rigieron su actividad, con ese motivo surgen las Ordenanzas de Bilbao que fueron creadas por los comerciantes de Bilbao.
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Una nueva versión de estas ordenanzas fue expedida con sanción real en 1737, las cuales rigieron el comercio en las colonias en América hasta mucho después de su independencia.
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En cuanto a la forma, el derecho mercantil también sufrió cambios, pues, al igual que con la enciclopedia, se elaboraron códigos de normas en un esfuerzo por sistematizar la legislación por materia y reunirlas en un solo ordenamiento. Siguiendo estas ideas, Napoleón expidió el código mercantil, entre otros.
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Nueva España comenzó su proceso de independencia en 1810, y hasta 1821 México fue reconocido como país independiente. La división y desorganización que prevalecieron después de la independencia hicieron imposible que nuestro país contara con un marco jurídico estable. Esta situación se agravó con el tiempo debido a las constantes invasiones por parte de otros países como Estados Unidos y Francia, Durante la mayor parte del siglo XIX se siguieron aplicando las Ordenanzas de Bilbao.
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Debido a los problemas que causaba la falta de una legislación uniforme en materia de comercio, en 1883, la Constitución de 1857 fue reformada para otorgarle al Poder Legislativo federal la facultad expresa de legislar en materia de comercio.
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Bajo el imperio de Antonio López de Santa Anna, que fue expedido el primer Código de Comercio mexicano; también conocido como el “Código Lares” (elaborado por el jurista Teodosio Lares). Para ese entonces, México contaba con una forma de Estado centralista y este Código se aplicaba a todo el territorio de la República.
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La vigencia del código Lares fue muy corta pues en ese mismo año los liberales proclamaron el Plan de Ayutla desconociendo a López de Santa Anna como presidente y al sistema centralista; en 1855 Santa Anna fue derrocado por los liberales y el Código Lares perdió su vigencia.
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Repartió las facultades para legislar entre la Federación y los estados. El artículo 24 establecía el principio de que la Federación sólo estaba autorizada para actuar respecto de aquello que la Constitución expresamente le permitía y, por lo tanto, lo que no estaba expresamente concedido a la Federación, le correspondía a los estados, por lo que los estados estaban facultados para legislar en materia mercantil; no obstante, la mayoría de los estados prefirió regresar a las Ordenanzas de Bilbao.
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Se llama el porfiriato al periodo comprendido entre los años 1876 y 1911, tiempo durante el cual Porfirio Díaz fue presidente de México.
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Para dar cumplimiento a la reforma de 1883, en 1884, bajo el gobierno de Manuel González, fue expedido el segundo Código de Comercio; sin embargo, una vez más, debido a la inestabilidad prevaleciente en el país, éste Código fue de muy corta duración
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Bajo el gobierno de Porfirio Díaz, se expidió el tercer Código de Comercio, con vigencia a partir del 1o. de enero 1890.
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La Revolución Industrial implicó la sofisticación en la producción e intercambio de bienes y servicios. Con la finalidad de facilitar la regulación del comercio, se propuso la unificación del derecho privado para dejar a un lado la división entre derecho civil y derecho mercantil
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de agosto de 1932.
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 4 de agosto de 1934.
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la Ley sobre el Contrato de Seguro publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de agosto de 1935.
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En la segunda mitad del siglo xx cayó el comunismo dando pie a una tendencia privatizadora. Surgieron nuevas formas de financiamiento y se fortaleció el mercado de valores como un instrumento de obtención de crédito. Durante este periodo, el mundo experimentó un desarrollo acelerado en la ciencia y la tecnología y un apogeo en el comercio, dando como resultado la globalización.
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La globalización nació como un fenómeno económico que si bien es cierto que a cada Estado le corresponde legislar sus propias leyes de comercio, el contenido está determinado de alguna forma por los compromisos adquiridos internacionalmente, pues para cumplir con los tratados es necesario adecuar la normatividad interna.
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El contenido de las leyes en materia mercantil ya no sólo está determinado por la realidad interna de un país, sino por la realidad global.
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la • Ley Federal de Correduría Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 1992.
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la Ley de Concursos Mercantiles, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de mayo de 2000, la cual derogó a la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1942.
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Las ideas del comunismo tuvieron una gran influencia en el derecho mercantil para que se crearan normas de protección frente al comerciante, específicamente en lo que se refiere a la tutela del consumidor. Asimismo, el comunismo propició que se desincorporara del derecho privado la regulación de las relaciones entre los patrones y los trabajadores y se crearon sistemas de seguridad social a cargo del Estado.
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Entre las leyes que han derogado al Código de Comercio en sus disposiciones podemos mencionar la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de junio de 2006, la cual derogó a la Ley de Navegación de 1994, que a su vez derogó a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos de 1963.