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1888- 1935
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Crea un Cuerpo de Policía Nacional.
(Ley 90 - 07/11/1888) Crease un Cuerpo de gendarmería destinada a prestar los servicios de alta policía nacional. El Cuerpo de gendarmería se organizará militarmente, será comandado por dos Jefes que se denominaran 1° y 2°; y constará de 300 gendarmes, divididos en tres Compañías. cada una tendrá un Capitán, dos Tenientes, un Subteniente, un Sargento primero, cuatro Sargentos segundos, ocho Cabos primeros, ocho Cabos segundos y el número de gendarmes. -
Organiza el cuerpo de Policía Nacional.
(Decreto No. 1000 del 05/11/1891) La organización inicial de la Policía comprendía las siguientes dependencias: Dirección General
Secretario de la Dirección
Escribiente de la Dirección
Subdirección General
Escribiente del Subdirector
Servicio Médico
Habilitación o Pagaduría
Cinco (5) Divisiones de Vigilancia (Distritos)
División de Seguridad
División Central -
La Policía Nacional adscrita al Ministerio de Guerra. (Decreto No. 23 del 01/1895). -
La Policía Nacional depende nuevamente del Ministerio de Gobierno. (Decreto No. 10/1896) Dirección General
Secretaría de la Dirección
Servicio Médico
Inspectores
Habilitación o Tenedor de Libros
División de Seguridad -
Estructura de la Policía Nacional. (Decreto No. 230 del 08/05/1899) El Cuerpo de Policía Nacional.
Destinada a servicios de escolta para espectáculos públicos, etc. dividida en siete Divisiones-Destinadas a la vigilancia de cada uno de los Distrito
Sección Auxiliar: Destinada a la investigación y descubrimiento de delitos, persecución y captura de delincuentes.
Sección de Bomberos: Encargada de atender toda clase de conflagraciones que ocurrieran en la ciudad de Bogotá. -
Por el cual se organiza un Cuerpo de Policía, denominado Guardia Civil de la ciudad de Bogotá. (Decreto Ejecutivo No. 1380 del 15/09/1902). Director General
Secretaria
Subdirección
Inspector
Habilitador
Estadística
Servicio Médico
Inspectores de permanencia
División Central-Guardia de Honor.
Primera División
Segunda División
Tercer División
Cuarta División
Quinta División
Sexta División
Séptima División
Sección de Bomberos
Sección de Justicia, o sala de capturas e investigaciones -
La Policía Nacional queda reorganizada en dos cuerpos: Guarda Civil y Guardia Nacional. (Decreto Ejecutivo No. 1475 del 01/10/1902). La Policía Nacional quedará reorganizada en dos Cuerpos, que se denominarán Guardia Civil y Guardia Nacional -
Se adscribe la Policía Nacional al Ministerio de Guerra (Decreto No. 743 de 1904) -
Por el cual se reorganiza el Cuerpo de Policía Nacional (Decreto Ejecutivo No. 890 del 29/10/1904). Dirección General
Subdirección General
Inspector General
Subinspector
Instructor General
Habilitado
Medico
Inspección Permanente
Divisiones de vigilancia
Divisiones 1 a la 6 Vigilancia de la ciudad
División 7 – Vigilancia en Chapinero
Sección Justicia
Sección de Obras Públicas
Sección de Bomberos -
Por el cual se reorganiza el Cuerpo de Policía Nacional. (Decreto Ejecutivo No. 711 del 16/06/1906). Dirección
Secretaría
Inspector General
Habilitado
Tenedor de Libros
Inspección Permanente
Comisaria Policía Judicial
Sección Justicia
División Central
Divisiones de la 2 - 8
Destinadas al servicio de vigilancia del Distrito.
División 7.
Destinada al servicio de vigilancia en el barrio Chapinero
Sección Justicia
Sección de Bomberos -
Por el cual se dicta una disposición relacionada con la Policía y Gendarmería Nacionales (Decreto Ejecutivo No. 583/1908). En lo sucesivo la Dirección general de la Policía y la Comandancia general de la Gendarmería nacionales, para efectos del servicio, reglamentación interna de las oficinas y dependencia que las constituyen, tendrán el carácter de secciones o departamentos del Ministerio de Guerra -
Por el cual se adscribe nuevamente la Policía Nacional al Ministerio de Gobierno (Decreto Ejecutivo No. 635/1909). Desde el día 1º de Enero de 1910 el Cuerpo de Policía Nacional se adscribe nuevamente al Ministerio de Gobierno. -
Asignación de empleos para el Ministerio de Gobierno. (Decreto Ejecutivo No. 1166 del 24/12/1910). Director General
Secretaría
Subdirector General
Inspección General
Inspección de Permanencia
Habilitación
Tenedor de Libros
Oficina de Instrucción
División Central
Primera División
Segunda División
Tercera División
Cuarta División
Quinta División
Sexta División
Séptima División
Octava División -
Por el cual se Fija el Presupuesto de Gastos de personal y material de la Policía Nacional, para el primer semestre de 1913, (Decreto 1162 del 31/12/1912). Dirección General
Secretaría
Subdirector General
Inspección General
Archivo y Estadística
Habilitación
Inspección Permanente
Almacén y depósito
Escuela de Preparación
Hospital y consultorio
Palacio presidencial
Banda de música
Oficina Central de Investigación Criminal
Jefatura
Identificación Criminal
Servicios Especiales -
Por el cual se organiza el servicio de la policía en los Lazaretos de Agua de Dios y de Contratación. (Decreto Ejecutivo No. 414 del 05/05/1911).
Créase los Lazaretos de Agua de Dios y de Contratación un Cuerpo de Policía encargado de hacer cumplir las disposiciones sobre aislamiento y las demás que se dicten respecto al régimen de dichos establecimientos.
Estos cuerpos de Policía tendrán el carácter de cordones sanitarios y todos los individuos residentes están en la obligación Código Penal. -
Por el cual se crea y organiza la Oficina de Estadística de la Policía Nacional. (Decreto No. 77 del 14/06/1912). Organizase en la Policía Nacional una Oficina que se llamará Oficina de Estadística, la cual tendrá por objeto conocer el movimiento del Cuerpo y de los asuntos policiales. La estadística comprende, el personal, material, delincuencial y la documentación. -
Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con la Policía Nacional (Decreto Ejecutivo No. 880 del 21/10/1913). Divisiones de la 1 – 6
División Central.
Sección de Servicios Extraordinarios, destinara -
Por el cual se fija el presupuesto de personal y material de la Policía Nacional en el primer semestre de 1914 (Decreto No. 156 del 06/02/1914). Dirección General
Subdirección
Inspección General
Habilitación
Archivo y Estadística
Oficina de Información
Biblioteca
Servicio Medico
Escuela de Preparación
Servicio de palacio presidencial
Inspección Permanente
Oficina Central de Investigación Criminal
Policía Ejecutiva
Servicios especiales
Servicios Ordinarios
Policía de Vigilancia -
Por el cual se adscriben a los ramos de gobierno y de guerra, respectivamente, la Gendarmería Nacional y la Policía de Fronteras (Decreto 1368 del 04/12/1914). Desde el 1 de enero de 1915 la Gendarmería Nacional dependerá del Misterio de Gobierno y formara una sección de la Policía Nacional, y desde la misma fecha el servicio de Policía de Fronteras será organizado será organizado y dirigido por el Ministerio de Guerra. -
Por la cual se organiza la Policía Nacional y se le señalan sus atribuciones (Ley No. 41 del 04/11/1915) El Cuerpo de Policía Nacional se distribuirá en tres grupos, según las necesidades del servicio, así: uno destinado a la vigilancia y seguridad; otro, a una Guardia Civil de Gendarmería, y el último, de Policía Judicial. Vigilancia y Seguridad
Divisiones
Subdivisiones
Secciones
Guardia Civil de Gendarmería
Secciones
Policía Judicial -
Por el cual se reorganiza la Policía Nacional, se determinan los empleos, se nombra a quienes han de desempeñarlos, se asignan los sueldos y se dictan otras disposiciones. (Decreto No. 1628 del 09/10/1918)
Director General
Secretario Principal
Subdirector General
Inspección General
Habilitación General
Intendencia General
Servicio Médico
Archivo y Estadística
Servicios Varios
División Central
Servicio Palacio Presidencial
nueve Divisiones
Policía de Fronteras
Policía Judicial -
Por el cual se fija el presupuesto de la Policía Nacional para el año 1921 (Decreto No. 49 del 12/01/1921) Dirección General
Secretaría Principal
Sección 1 Mecánica y Servicios
Sección 2 Inspección General
Sección 3 Habilitación
Sección 4 Intendencia
Sección 5 Servicio Militar
Archivo General
Escuadrón de Caballería
Servicio del Palacio Presidencial
10 Divisiones
División de Bomberos
Escuela de Preparación
Guardia Civil de Gendarmería
Policía de Fronteras -
Por el cual se fijan el personal y las asignaciones de la Policía Nacional para el año de 1920. Decreto No. 2417 del 27/12/1919 Dirección General
Secretaría Principal
Subdirección
Inspección General
Habilitación
Intendencia General
Servicio Médico
Archivo y Estadística
Servicios Varios
División Central
9 Divisiones
División de Bomberos
Guardia Civil de Gendarmería
Policía de Fronteras
Sección de Arauca
Escuadrón de Caballería
Sección 2° Cúcuta
Sección 3° La Goajira
Policía Judicial -
Por el cual se dispone la creación de una Escuela de maquinistas de ferrocarril de la Policía Nacional (Decreto No. 25 del 08/01/1920) Créese en la Policía Nacional una sección de maquinistas de ferrocarril. -
Por la cual se reforma la 72 de 1919, sobre asignaciones de los empleados nacionales, y se dictan otras disposiciones de carácter fiscal. (Ley 6 - 06/02/1922) Crease la Sección 9° de la novena División de la Policía Nacional en Villavicencio.
DIRECCION GENERAL
Secretaría Principal
Dividida en secciones, divisiones y estaciones -
Por el cual se determinan las dependencias, empleos y dotaciones de la policía nacional, y se dictan otras disposiciones relacionadas con esa institución. (Decreto 1735 del 15/10/1930). Director General
Sección Primera Habilitación y Pagaduría
Sección Segunda Intendencia
Sección Tercera Estadística y Archivo
Sección Cuarta Casinos
Sección Quinta Identificación y Policía Especial
Sección Sexta Servicio Médico Quirúrgico y Odontológico
Sección Once Policía de Vigilancia -
Por el cual se adiciona el Decreto número 1755 de 1926, reorgánico de la Policía Nacional (Decreto 1954 del 03/12/1927) Crease una sección de policía dependiente de la dirección, destinada a mantener relaciones con la Policía de los países, llevar minuta detallada de los extranjeros que entran al país. La sección antropométrica funcionara como dependencia de la dirección general para la identificación de cedulas de reos, cedulas de sospechosos y cedulas de ciudadanía. -
Por el cual se reorganiza la Policía Nacional. (Decreto 1775 - 15/10/1926) actyzalicado decreto 1954 de 1927. Para el fiel cumplimiento de las normas a que se refieren los artículos 1o. y 2o. se reorganiza como servicio público el Cuerpo de Policía Nacional, dividido en tres Secciones: funciones. Policía de vigilancia y servicios técnicos y especiales.
Policía Judicial.
Policía de detectivismo. -
Por el cual se determinan las dependencias, empleos y dotaciones de la Policía Nacional (Decreto 1822 - 29/10/1926) Director General
Secretaría General
Habilitación y Pagaduría
Intendencia
Sección de Material
Sección de Casinos
Sección de Industria y Trabajo
Estadística
Hospital y Clínicas
Banda de Músicos
Cuerpo de Bomberos
Servicio del Palacio Presidencial
Policía Judicial
Policía de Detectivismo:
Policía de Vigilancia:
Cuerpo de Servicios de Bogotá -
Por la cual se determinan las dependencias, empleos, y dotaciones de la Policía Nacional mediante (Decreto 1989 del 07/12/1927) Director General
Sección Primera Secretaria y Negocios Generales
Servicios del Palacio Presidencial
Sección segunda Habilitación y Pagaduría
Sección tercera Intendencia
Sección Cuarta Estadística
Sección Quinta Casinos
Sección Sexta Identificación
Sección séptima Policía Especial
Sección Once Escuela de Policía
Sección Doce Policía Judicial -
Por el cual se nacionaliza el servicio de Policía en los territorios nacionales. (Decreto 1237 del 08/07/1935) A partir del 1º de agosto del año en curso, todo el servicio de policía en los territorios nacionales será prestado por la Policía Nacional. En consecuencia, quedan suprimida las secciones de Policía que han venido funcionando como intendenciales o comisariales. -
Por el cual se reorganiza la Policía Nacional (Decreto No. 352 del 28/02/1918). Desde el 1° de marzo próximo queda reorganizada la Policía Nacional Director General
Secretaría Principal
Subdirección
Sección Primera - Contabilidad
Inspección General
Habilitación General
Intendencia General
Servicio Medico
Archivo y Estadística
Servicios Varios
División Central
Guardia Civil de Gendarmería
Jefatura Central
Décima División
Policía de Fronteras
Policía Judicial