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Leyes aplicadas
Leyes de Indias y supletoriamente las Leyes de Castilla. -
Period: to
Época Colonial (hasta fines del siglo XVIII)
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Consulado de Comercio de Buenos Aires
Creación del Consulado de Comercio de Buenos Aires, aplicando las Ordenanzas de Bilbao de 1737.
Actuaba como tribunal mercantil. -Funciones judiciales y administrativas.
-Orden de prelación normativa: Ordenanzas de Bilbao - Leyes de Indias - Ordenanzas de Castilla.
-Jurisdicción: Audiencia de Charcas, luego Audiencia de Buenos Aires.
-Creación de la Aduana de Buenos Aires a fines del siglo XVIII.
-Se mantuvo en vigencia hasta 1859. -
Period: to
Post-Revolución de Mayo
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Se crea La Asamblea de 1813
-Matrícula de Comerciantes Nacionales.
-Regulación de consignaciones.
-Nombramiento de contadores peritos para litigios comerciales. -
La Bolsa Mercantil
Creación de la Bolsa Mercantil, que funcionó brevemente. -
Decretos de Rivadavia
-Sobre actos de comercio.
-Sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
Concursos de acreedores
Rosas suprime los concursos de acreedores (derogado en 1858). -
Proyecto del Código de Comercio de 1862
Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield elaboran el proyecto en el Estado de Buenos Aires. -
Vigencia en Buenos Aires
Aprobado sin discusión. Entra en vigencia en Buenos Aires en 1860. -
Period: to
Código de Comercio de 1862
Tras la reincorporación de Buenos Aires, se adopta como Código de Comercio nacional (Ley 15). -
Sanción el Código Civil
Se sanciona el Código Civil, el cual genera tensiones y necesidad de reformas en el Código de Comercio. -
Primera gran reforma
-Reconocimiento de usos y costumbres.
-Eliminación de la matrícula obligatoria para comerciantes.
-Reformas en materias como transporte, sociedades, letras de cambio. -
Decreto-Ley 5965/63
Nuevo régimen de letras de cambio y pagarés. -
Ley 17.418
Nuevo régimen de seguros. -
Ley 19.550
Nuevo régimen de sociedades. -
Ley 20.094 y 20.266
Régimen de navegación y martilleros. -
Ley 24.452 y Ley 24.522
Ley 24.452 (cheques) y Ley 24.522 (concursos y quiebras). -
Ley 26.579
Mayoría de edad pasa de 21 a 18 años. -
Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
Unificación del Derecho Privado (2015)
Deroga el Código de Comercio de 1862. -Unifica el derecho civil y comercial.
-No menciona: actos de comercio, comerciantes, agentes auxiliares, ni jurisdicción mercantil.
-Personas: se clasifican solo como humanas o jurídicas.
-Contratos: ya no se diferencian civiles y comerciales.
-Sociedades: desaparece la distinción entre sociedad civil y comercial.
-Registro: ahora es Registro Público, no específicamente comercial.