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Empieza la difusión de la venta
El primer paso es avisar públicamente que se va a vender un fondo de comercio. Se debe publicar durante 5 días seguidos en el Boletín Oficial y en el diario local de mayor circulación. En el anuncio debe incluir los datos del negocio y de quienes intervienen
* Clase y ubicación del negocio.
* Nombre y domicilio del vendedor y comprador.
* Nombre y domicilio del rematador y escribano, si los hay. -
La información debe ser transparente para el comprador
El vendedor debe entregarle al comprador una nota escrita donde se le informe exactamente cuánto se debe, a quiénes y cuándo vencen esas deudas. Este paso permite que el comprador sepa qué compromisos está asumiendo. -
Plazo para que los acreedores se pronuncien
A partir del último día de publicación, los acreedores tienen 10 días para oponerse a la operación si no están de acuerdo. Deben avisarle al comprador, al rematador o al escribano. Si lo hacen, el comprador debe retener lo que se les debe y depositarlo judicialmente. -
Tiempo para que el acreedor embargue
Si un acreedor se opuso, ahora tiene 20 días más para solicitar un embargo judicial. Si no lo hace, el dinero retenido puede ser devuelto al comprador. -
Se firma el contrato de transferencia
Solo se puede firmar el contrato después de que pasen 10 días desde la última publicación y si no hay oposición de acreedores, o si ya se hicieron los depósitos correspondientes. -
El precio debe cubrir todas las deudas
El precio de la venta no puede ser menor que el total de las deudas reconocidas y reclamadas, salvo que todos los acreedores estén de acuerdo. Si no se respeta esto, tanto el comprador como el vendedor podrían ser responsables. -
Inscripción en el Registro Publico
Para que el contrato tenga valor frente a otras personas (terceros), debe inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días desde su firma.