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Evolución de la educación en México, desde el Constituyente

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    Constitución de Apatzingan

    Artículo 39. Se establece la instrucción como necesaria para todos los ciudadanos y debe ser favorecida por la sociedad en todo su poder.
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    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 50. Se promueve la Ilustración y la difusión de las ciencias, artes, y letras, la protección y regulación de la libertad de imprenta y la creación y regulación de colegios y establecimientos educativos.
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    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 3. Refuerza que la enseñanza es libre. La ley determinará qué profesiones necesitan título para su ejercicio y con qué requisitos se deben expedir.
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    Restauración de la República

    Restauración de la República y puesta en vigor de la Constitución de 1857 tras la caída del segundo imperio. Aplicación de las Leyes de Reforma.
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    Proyecto constitucional

    Soberanía de los estados, elección directa del presidente, inclusión de derechos sociales y división de poderes.
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    Carta Magna de México

    Artículo 3. La enseñanza es libre pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa ni ministro de algún culto podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares serán sujetas a la vigilancia oficial. En las escuelas oficiales será gratuita la enseñanza primaria.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. La educación será socialista y, además de excluir toda doctrina religiosa, combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.
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    Ley Orgánica de Educación

    Dio facultades a la Secretaría de Educación Pública (SEP) para autorizar y denegar escuelas universitarias particulares. También estableció atribuciones de supervisión y vigilancia. La ley entregó a la SEP amplias facultades para autorizar y denegar escuelas universitarias particulares.
    La ley dotó al ministerio educativo federal atribuciones específicas de supervisión y vigilancia.
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    Ley General de Educación

    Ley Orgánica de la Educación Pública Reglamentaria de los Artículos 3, 31, Fracción I; 73 Fracciones X y XXV; y 123, Fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Unificar el sistema educativo a nivel nacional, establecer escuelas en diferentes tipos de comunidades y promover la investigación científica, la profesionalización de académicos y la formación de personal para las necesidades educativas del país.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. La educación impartida por el Estado debe desarrollar armónicamente las facultades humanas, fomentar el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y la justicia, ser democrática y nacional, y contribuir a la mejor convivencia humana.
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    Ley General de Educación

    Reconocía la educación como un derecho fundamental para todos los ciudadanos. Establecía las bases para la organización, administración y financiamiento de la educación en México. Especificaba que la educación pública sería gratuita, laica, inclusiva y de excelencia. Delineaba los diferentes niveles de educación, desde la preescolar hasta la superior, y los tipos de educación. Define las funciones de las autoridades educativas. Establece mecanismos de control y vigilancia.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. Buscó fortalecer la educación pública, laica y gratuita, garantizando la libertad de enseñanza y estableciendo principios para la educación superior. Esta reforma también sentó las bases para la regulación de la educación privada y su posible subvención.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. Elevó a rango constitucional el derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, así como la obligación del Estado de impartirla de forma gratuita. También, la reforma fortaleció la autonomía de gestión de las escuelas y el papel del Sistema de Información y Gestión Educativa.
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    Ley General de Educación

    Toda persona tiene derecho a la educación gratuita y obligatoria de nivel preescolar, primaria y secundaria, financiada por el Estado. El Estado también es responsable de proporcionar libros de texto gratuitos, capacitar maestros, y evaluar el sistema educativo. Se asignan responsabilidades federales y locales para cumplir con estos objetivos educativos y garantizar la igualdad de acceso a una educación de calidad para todos.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. El Estado atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación inicial y la educación especial. Sostendrá además la educación indígena, impulsará acciones que atiendan a las poblaciones con necesidades educativas específicas, y eliminará progresivamente las desigualdades entre los diferentes grupos sociales.
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    Ley General de Educación

    Inculca la ciencia ambiental como elemento esencial para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad. La Secretaría determinará los planes y programas de estudio de la educación primaria, secundaria, educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica. Las autoridades educativas locales propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría, contenidos regionales y demás aspectos propios de la entidad y municipios respectivos.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. El ingreso y la promoción a funciones docentes, directivas o de supervisión en la educación básica y normal impartida por el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. El Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos (incluyendo la educación inicial y la educación especial), y proporcionará los apoyos necesarios para asegurar la calidad en la educación obligatoria y el mejoramiento continuo del sistema educativo nacional.
    Para cumplir con esto, el Estado garantizará que el gasto público destinado a la educación cumpla con criterios de equidad y eficiencia, para contribuir a eliminar desigualdades sociales.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. La educación será nacional, sin hostilidades ni exclusivismos. Fomentará el amor a la patria, el respeto a todos los derechos, libertades y cultura democrática así como el respeto a la dignidad de las personas, la integridad de las familias, la convicción del interés general de la sociedad, la fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, religión, grupos, sexos o individuos, y el respeto por la diversidad cultural.
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    Transformación de la Educación

    1. Se reforzó el concepto de calidad en la educación básica y se planteó como una obligación del Estado ofrecer educación con equidad, eficacia y pertinencia.
    2. Se impulsaron mecanismos de evaluación nacional, como el fortalecimiento del examen ENLACE.
    3. Se priorizó el acceso a la educación para comunidades indígenas, rurales y marginadas.
    4. Se trabajó intensamente en las bases jurídicas para declarar obligatoria la educación media superior y tener un sistema educativo más amplio.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. Se sustituyó el término “garantías individuales” por “derechos humanos” en toda la Constitución. Se estableció el principio pro persona, es decir, toda norma debe interpretarse de la manera más favorable a las personas.
    Se fortaleció la obligación del Estado (incluyendo el sistema educativo) de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.
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    Ley General de Educación

    El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, para lo cual colocará al centro de la acción pública el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Tendrá como objetivos el desarrollo humano integral del educando, reorientar el Sistema Educativo Nacional, incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad.
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    Reforma Constitucional

    Artículo 3. Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la cual es obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. Los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y se reconoce su contribución a la trasformación social. Tienen derecho de acceder a un sistema integral de formación, capacitación y actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas. Se establece el Sistema para la Carrera de los Maestros en sus distintas funciones.