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Historia de la Acciòn cambiaria

  • Orígenes medievales del derecho cambiario
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    Orígenes medievales del derecho cambiario

    Durante la Edad Media, el auge del comercio y las Cruzadas impulsó la necesidad de medios de pago alternativos al dinero físico, lo que llevó al desarrollo de instrumentos crediticios como la letra de cambio. Estos instrumentos permitían a los mercaderes transferir fondos sin transportar monedas, reduciendo riesgos y facilitando el comercio internacional. Este contexto histórico sentó las bases del derecho cambiario como una rama especializada del derecho mercantil.
  • Edad Media
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    Edad Media

    La acción cambiaria tiene sus raíces en el desarrollo histórico del derecho comercial y los instrumentos de crédito, especialmente la letra de cambio, surgida en la Edad Media para facilitar las transacciones comerciales a distancia. Su evolución se consolidó con la regulación formal en códigos mercantiles modernos, como el Código de Comercio Francés de 1807, que influyó profundamente en las legislaciones de América Latina.
  • Codificación moderna y expansión

    Codificación moderna y expansión

    La regulación sistemática del derecho cambiario comenzó con las Ordenanzas de Colbert en Francia (1673 y 1681), que sistematizaron las prácticas mercantiles existentes. Sin embargo, fue el Código de Comercio Francés de 1807 el que transformó radicalmente esta disciplina, estableciendo principios de autonomía y literalidad de los títulos valores, pilares fundamentales de la acción cambiaria. Este modelo se extendió por Europa y América Latina, influyendo en códigos nacionales como el colombiano
  • Desarrollo en Colombia

    Desarrollo en Colombia

    El primer Código de Comercio, Decreto 1993 de 1887, adoptó el concepto de "efectos de comercio", incluyendo letras de cambio, pagarés y giros. Evolucionó con la Ley 75 de 1916, que introdujo el cheque y el protesto, mecanismos clave para la ejecución de la acción cambiaria. Actualmente, el Decreto 410 de 1971 (Código de Comercio) regula esta acción en los artículos 780 y siguientes, garantizando un procedimiento ejecutivo rápido para el cobro de títulos valores
  • Naturaleza y finalidad de la acción cambiaria

    Naturaleza y finalidad de la acción cambiaria

    La acción cambiaria es el mecanismo jurídico que permite al tenedor de un título valor exigir judicialmente su pago, con independencia de la relación causal que originó la obligación. Su finalidad principal es asegurar la liquidez y seguridad en las operaciones comerciales, protegiendo al poseedor de buena fe del título. Esta acción procede por falta de aceptación, falta de pago o ante la insolvencia del obligado, incluso antes del vencimiento del plazo.