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Se considera que fue en esta Ley donde surge el
Derecho Civil, no es una ley meramente proveniente del Derecho Romano, ya que
los romanos se inspiraron en la Leyes griegas para crearla, pero se debe
mencionar que contiene un carácter esencialmente romano y que no es una copia
simplemente de las leyes griegas. -
El ius civile trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos
entre sí, basado en sus propias relaciones, mientras que el ius gentium, se
basaba en las relaciones existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de los
pueblos. -
los cuales
intentaron adaptar el pensamiento de los glosadores a las necesidades de su
época y bajo la aparente interpretación del Derecho romano, trataron además de
estudiar y coordinar los derechos estatutarios y consuetudinarios,
fundamentalmente con propósitos prácticos, por lo que se consideran como
principales continuadores de la evolución del Derecho. -
además de establecerse el Estado absoluto generando como
consecuencia que cada uno de los Estados produjera su propio tipo de Derecho,
quedando establecido para cada área geográfica la regulación aplicable en cada
caso. Al darse esta independencia existe ya una clara clasificación del Derecho,
en Público y privado. -
el cual surge una vez que la Asamblea Constituyente y la
Convención Francesa, reunida por obra de la Revolución Francesa de 1789, al
referirse al Derecho Civil, hacen notar que no se alude únicamente al Derecho de
la ciudad si no que establece una clara diferencia diciendo que se refiere al
Derecho de los ciudadanos en general, en sus relaciones comunes entre sí