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Constitución Política de Colombia
Dentro de La Constitución Política de Colombia y en su Articulo 49 queda explicita que la atención en salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado y por lo tanto, debe ser un garante para todos los colombianos del derecho al acceso a los servicios de promoción, prevención y sostenimiento de la salud. -
Ley 100 del 93
En esta ley y en sus Artículos 154 y 165 se asegura la intervención del Estado en el Servicio Publico de Seguridad Social (SPSS) teniendo en cuenta principios como equidad, obligatoriedad y la proteccionismos integral y reglamenta el Plan de Atención Básica como complemento al Plan Obligatorio de Salud (POS). donde se busca integrar la comunidad y el bienestar de cada individuo. -
RES 3997 de 1996
Por la cual se establecen las actividades y los procedimientos para el desarrollo de las
acciones de promoción y prevención en el Sistema General de Seguridad Social en Salud
(SGSSS).OBJETO.
Determinar el conjunto de actividades de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad, de obligatorio cumplimiento por parte de las EPS, ARS, e Instituciones públicas prestadoras de servicios de salud y establecer los lineamientos
para su evaluación y seguimiento. -
Resolución 4288 de 1996
Esta resolución tiene por objetivo definir y caracterizar el Plan de Atención Básica PAB del SGSSSl, fijando sus componentes y las competencias territoriales para su aplicación.
El PAB es un conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos, de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo, actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia y control de factores de riesgo. -
Decreto 806 de 1998
Por el cual se reglamenta la afiliación al Régimen de Seguridad Social en Salud y la prestación de los beneficios del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud y como servicio de interés general, en todo el territorio nacional. -
RES 412 del 2000
Mediante la presente resolución se adoptan las normas técnicas
de obligatorio cumplimiento en relación con las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y las guías de atención para el manejo de las
enfermedades de interés en salud pública, a cargo de las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado. -
LEY 715 de 2001
La Ley 715 de 2001 en su Articulo 43,44, y 46 sobre las competencias en salud publica, declara que la gestión en salud publica es función del Estado y agrega que el Estado junto a las entidades territoriales ejecutaran acciones de promisión y prevención en salud a la comunidad. -
LEY 1122 de 2007
Art 33, El Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en la dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortaleciendo los programas de salud pública, de inspección, vigilancia, control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud. -
DECRETO 3039 de 2007
propósito es definir la política pública en salud que garantice las condiciones para mejorar la salud de la población, prolongando la vida y los años de vida libres de enfermedad, promoviendo condiciones y estilos de vida saludables, previniendo y superando los riesgos para la salud, o minimizando el daño, entendiendo la salud como un derecho esencial individual y colectivo logrado en función de las condiciones de salud, bienestar y calidad de vida. -
RES 0425 de 2008
Cap 4. Art 16,17,18,19,20 y 21 En esta resolución se estipula, la responsabilidad de la autoridad local como es el alcalde y gobernador de dar a conocer a la ciudadanía del plan de salud territorial de manera que las prioridades y metas en salud sean conocidas y apropiadas por toda la comunidad de la entidad territorial. Promoción y prevención de la salud. -
LEY 1438 de 2011
Art 43.3.4 Esta ley tiene como objetivo el fortalecimiento del SGSSS a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servidos de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los residentes en el país. -
LEY 1438 de 2011, PLAN DECENAL PARA LA SALUD PUBLICA 2012-2021
ARTÍCULO 6. PDSP. El Ministerio de la Protección Social elaborará un Plan Decenal de Salud Pública a través de un proceso amplio de participación social y en el marco de la estrategia de atención primaria en salud, en el cual deben confluir las políticas sectoriales para mejorar el estado de salud de la población, incluyendo la salud mental, garantizando que el proceso de participación social sea eficaz, mediante la promoción de la capacitación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales. -
La Resolución 518 de 2015 Gestión de la Salud Pública
La Resolución 518 de 2015 establece las intervenciones, procedimientos, actividades e insumos que serán financiados con recursos del Plan de Salud Pública de Intervenciones. Disposiciones que serán de obligatorio cumplimiento por todos los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS. -
RES 1536 de 2015
En esta resolución se establece las disposiciones para el proceso de Planeación Integral para la Salud a cargo de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal como de las instituciones del Gobierno Nacional. Título VI. Formulación del componente operativo de inversión en salud del Plan Territorial de Salud.
Capítulo II. Plan de acción en salud.
A. Promoción de la Salud. PIC.
B. Gestión del Riesgo en Salud.
C. Gestión de la Salud Pública.