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Durante la época amerindia los aborígenes americanos buscaban que la naturaleza les proveyera además de los alimentos, un ambiente estable y seguro. Desde ese momento los indígenas buscaban trabajar bajo normas de seguridad que les permitiera desarrollar las actividades agrícolas con la mayor protección posible.
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También conocida como la época de la Nueva Granada, se instaló una organización política, administrativa, social, política y económica, bajo la cual toda la seguridad laboral y de convivencia pasó a la orden y dirección del virrey.
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Tras la época del virreinato fue realmente difícil establecer una legislación que garantizara la seguridad y salud en Colombia. Esto solo fue posible a inicios del siglo XX específicamente en el año 1904, cuando Rafael Uribe expone formalmente el tema de seguridad en el trabajo, que luego se convierte en la Ley 57 de 1915 conocida como la “ley Uribe” sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales.
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Esta primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en el país, ha tenido gran importancia al momento de reglamentar los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Esto se debe a que en ella se estableció la primera y estructurada definición de accidente de trabajo.
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La cual se dicta una medida de salubridad pública y se provee a la existencia de habitaciones higiénicas para la clase proletaria.
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En este año se expide el Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T), en el cual se establecen múltiples normas relativas a la salud ocupacional como: la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo.
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En este año se aprueba el Reglamento del Seguro Social Obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a partir del cual el Instituto Colombiano de Seguros Sociales comienza con la cobertura en riesgos profesionales para la población trabajadora de las zonas urbanas del sector formal, industrial y semi-industrial.
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Establece la integración de la seguridad social entre el sector público y el privado y regula el régimen prestacional de los empleados públicos y trabajadores oficiales.
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se desarrolló la legislación en salud ocupacional del sector público, permitieron reglamentar el régimen laboral y las prestaciones de los empleados públicos.
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Se dictan las medidas sanitarias en las empresas.
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Se crea el comité nacional de salud ocupacional
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En este año se elaboró el primer plan nacional de salud ocupacional con la participación de entidades que para el momento constituían el comité nacional de salud ocupacional.
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El Ministerio de Salud a través de la resolución 1016 reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
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En este año se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
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Se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para personas naturales y jurídicas, su vigilancia y control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas licencias.
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El Ministro de la Protección Social, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el literal a) del artículo 83 de la Ley 9ª de 1979 y los numerales 6 y 12 del artículo 2° del Decreto 205 de 2003, establece las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia.
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Se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas.
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En el 2009 con la modificación del Artículo 16 Resolución 2346 de 2007 por la Resolución 1918 de ese año. Se estableció que los médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional, que formen parte de los servicios médicos de la empresa, tendrán la guarda y custodia de la historia clínica ocupacional y son responsables de garantizar su confidencialidad.
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Se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), manteniéndose como referencia en el país para el diseño, implementación y ejecución del sistema de seguridad
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Actualización normativa de OHSAS 18001 a ISO 45001
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Se implementa para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de covid-19 fue emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 666 de 2020 para que sea adaptado por cada sector a fin de proteger a sus trabajadores durante esta contingencia.
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Se realizaron las adaptaciones necesarias para garantizar una adecuada ventilación, y evitar que haya grupos de personas trabajando en lugares de baja ventilación.