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La unificacion parcial del derecho
• Broseta Pont publica “La Empresa, la Unificación del Derecho de Obligaciones y del Derecho Mercantil” (Madrid, 1965).
• Propone que la unificación del derecho privado (civil y comercial) será siempre parcial.
• Sostiene la conveniencia de mantener la dualidad de códigos.
• Plantea una posible trilogía jurídica: Código Civil, Código de las Obligaciones y Código de Comercio. -
La unificacion parcial del derecho privado como propuesta
Después de 1965 (reflexión del autor del texto)
• El autor, con 46 años de experiencia profesional, plantea una visión más pragmática:
• Propone un código único que reúna principios comunes y normas especiales sin perder identidad.
• Menciona como ejemplo la unificación del derecho privado en Italia, valorándola positivamente y destacando la ausencia de quejas notables o llamados a volver a la dualidad. -
Derecho privado como propuesta
Ley 17.711 (año 1968, implícito)
• Se menciona el artículo 17 del Código Civil reformado por esta ley.
• Establece que los usos y costumbres no pueden crear derechos salvo que las leyes se refieran a ellos o en situaciones no regladas. -
Referencias sin fecha específica pero relevantes al marco normativo vigente
• Se analiza la jerarquía de fuentes del derecho comercial:
• Ley → Usos y costumbres → Jurisprudencia → Doctrina → Principios generales del derecho → Analogía.
• Se estudia la función supletoria e interpretativa de los usos y costumbres, destacando el uso praeter legem y secundum legem. -
Referencias sin fecha específica pero relevantes al marco normativo vigente
• Se citan artículos relevantes del Código de Comercio: 207, 218 inc. 6°, 219, 220.
• Se profundiza en el papel de la jurisprudencia como fuente judicial, de valor cuando es pacífica y reiterada.
• Se define la analogía jurídica como método para resolver lagunas normativas