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La Ley 57 de 1915 estableció la responsabilidad del empleador, las prestaciones económico-asistenciales, la clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
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Por la cual se dicta una medida de salubridad pública y se provee a la existencia de habitaciones higiénicas para la clase proletaria. Dictaminaba medidas de Higiene y Sanidad para empleados y empleadores.
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Establecía un seguro de vida colectivo para empleados.
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Se reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
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Se crean los Ministerios de Trabajo, Higiene y Previsión Social y de la Economía Nacional dando creación de la entidad hoy conocida como Ministerio de la Protección Social.
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Da creación al Seguro Obligatorio, así como de indemnizaciones para accidentes de trabajo.
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Promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los trabajadores en su trabajo.
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Se aprobó la que contribuiría a sentar las bases de la seguridad y salud en el trabajo en Colombia. Esta ley establecía disposiciones
relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo -
Se crea el Instituto de Seguros Sociales. Su objetivo era prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos.
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1948 – 1949: Se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial (mediante el Acto Legislativo Nº 77,) se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo (Decreto 3767 de 1949). Estas actuaciones estaban
destinadas a paliar una situación de desamparo de los trabajadores por parte de empresas privadas y públicas, en donde no se daba pleno cumplimiento al pago de las llamadas prestaciones patronales. -
Se promulga el Código Sustantivo del Trabajo, aún en vigor, aunque con sucesivas revisiones y actualizaciones. El mismo, que será tratado específicamente con más detalle, estableció múltiples normas relativas a la seguridad y salud en el trabajo como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio, las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo.
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El Ministerio de Salud desarrollo un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombianos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. Este grupo desarrollo el primer diagnostico de Salud Ocupacional del país, por medio de encuestas y procedió a efectuar los ISS.
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La entidad CONAMBRA cambia su nombre a Consejo Colombiano de Seguridad CCS: Es una asociación de carácter técnico, sin fines de lucro, integrada por personas del sector privado y entidades del gobierno . El CCS fue fundado en 1954 y su filosofía está orientada al beneficio del país y sus organizaciones asociadas, mediante la promoción de actividades encaminadas a reducir los riesgos que a nivel de seguridad, salud que se puedan presentar en el sector empresarial.
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En 1961 el Ministerio de Trabajo conforma la división de salud ocupacional encargada de la prevención de las enfermedades profesionales y de accidentes de trabajo.
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Aprobó el reglamento del seguro social obligatorio para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se reglamento de manera clara la protección de los trabajadores de los sectores publico y privado en cuanto accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
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Se expidieron los decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969 que reglamentaron el régimen laboral y las prestaciones a los empleados. Desde 1968 la caja nacional de prevención social (CAJANAL) se encargo de la protección de los empleados públicos.
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Se estableció el decreto ley 0433 de 1971, mediante el cual se reorganizo el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
Decreto 0770 de 1975, inicio la universalización de los seguros sociales -
Se dictaron las medidas sanitarias necesarias tanto internas como externas. En su Articulo N°111 determina que todo lugar de trabajo se establecerá un programa de salud ocupacional.
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Se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional como iniciativa de este comité se expide el decreto 614 de 1984 el cual estableció bases para la administración de la salud ocupacional en el país.
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Se elabora el primer plan nacional de salud ocupacional, el cual sirvió para orientar las acciones y programas de las entidades.
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Se reglamento la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en el trabajo Todas las empresas con mas de 10 trabajadores están obligadas a conformar el comité de medicina, higiene y seguridad industrial.
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Se determino que todos los empleadores públicos, oficiales y privados están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de salud ocupacional, así como campañas para prevenir en sus empleados el alcoholismo, el tabaquismo y la dependencia a fármacos.
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Se creo el sistema general de riesgos profesionales, destinado a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de las enfermedades y accidentes que puedan ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan.
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Por la cual se adoptan el Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo y el Formato Único de Reporte de Enfermedad.
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Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
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Por medio del congreso de la república se establecen mecanismos e integración social para personas que presente limitaciones.
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Modificación del decreto 692 de 1995, implementación del manual para la calificación de invalidez.
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Se reglamenta el manejo y transporte de mercancía peligrosa en carreteras.
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Por el cual se modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones.
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Se dictan normas de organización, administración y prestaciones en el sistema general de riesgo profesionales, por parte del congreso de la república.
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La presente ley tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o publica.
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Modificación de resolución 634 de 2006, estipulando que toda persona por ley está obligada a realizar aportes al sistema de protección social, los cuales podrían ser efectuados de manera electrónica o asistida.
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Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional
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Se adopta la tabla de enfermedades profesionales. Determina que en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades profesionales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad profesional.
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Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. Que el objetivo básico del Sistema General de Riesgos Laborales es la promoción de la salud ocupacional y la prevención de los riesgos laborales, para evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
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Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones (Minsalud,2012).
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En el articulo 9 indica que las Administradoras de Riesgos Laborales deberán hacer actividades de promoción y prevención en salud deberán generar estrategias, programas, acciones o servicios de promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental, garantizar que sus empresas afiliadas incluyan dentro de su ssst el monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial, para proteger, mejorar y recuperar la salud mental de los trabajadores
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Estipula las obligaciones legales de los empleadores respecto a la salud y seguridad en el trabajo de los empleados y a su vez los compromisos de estos, también estipula lo referente a las administradoras de riesgos laborales, da las pautas para la creación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
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Habla sobre los nuevos instrumentos para la medición del riesgo psicosocial tanto específicos como generales, la aplicación de la batería de riesgo psicosocial y su frecuencia de aplicación. Además de guías adicionales de análisis para riesgo psicosocial y custodia de instrumentos (Sittel,2019).
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Habla sobre las acciones mínimas de evaluación e intervención
de los factores de riesgo psicosocial, promoción de la Salud Mental y la prevención de problemas y trastornos mentales en los trabajadores, durante la actual emergencia sanitaria por el
SARS-CoV-2 (COVID-19) en Colombia (Colmena,2020).