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Salud Ocupacional : Mundo y Colombia

  • 100

    3.300 a.c Prehistoria

    3.300 a.c Prehistoria
    En esta comunidad primitiva el hombre construye y usa los primeros instrumentos de trabajo, inicialmente a base de piedras y palos, posteriormente domina el fuego y usa la cerámica. El hombre pasa de la etapa recolectora a la agricultura y la ganadería, bajo un régimen comunitario de la propiedad de los instrumentos y se distribuyen equitativamente los alimentos que producen.
  • Period: 100 to

    TIEMPO

  • 200

    1.000 a.c EDAD ANTIGUA

    1.000 a.c  EDAD ANTIGUA
    En Grecia se contemplaba el tratamiento a los zapateros y artesanos. Mientras en Roma se formaban las primeras agremiaciones.
  • 210

    2.000 a.c EDAD ANTIGUA

    2.000 a.c EDAD ANTIGUA
    Se establecio en el código de Hammurab, la protección a los artesanos y las indemnizaciones por accidentes laborales.
  • 220

    4.000 a.c EDAD ANTIGUA

    4.000 a.c EDAD ANTIGUA
    En Egipto se realizaban tratamientos médicos y acciones de salud ocupacional a guerreros.
  • 476

    1492 EDAD MEDIA

    1492 EDAD MEDIA
    Los cofradías, asociaciones de ayuda mutua, atendían los casos de sus trabajadores accidentados. Así mismo. las órdenes religiosas atendían a los trabajadores como obra de caridad.
  • Mar 26, 1453

    EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    Con el fenómeno del maquinismo y el desarrollo pleno de la revolucion industrial aumentan los accidentes en el trabajo, obligando a los Estados a buscar una solución propia y especial ante la muerte de los trabajadores, originándose la necesidad de la salud ocupacional y la definición jurídica de accidente de trabajo.
  • Revolucion Insdustrial

    Revolucion Insdustrial
    Se incorporan más números de trabajadores. Mayor cantidad de mano de obra y recursos mecánicos. Enfermedades profesionales y accidentes de trabajo. Estudio preventivo de infortunios laborales. Se vela por la seguridad y la higiene. Estos procesos condujeron a la paulatina creación de servicios de salud ocupacional y a una mayor atención hacia las condiciones ambientales laborales, y en prevención de enfermedades ocupacionales.
  • Epidemia de Fiebre

    Epidemia de Fiebre
    En el año de 1784, una epidemia de fiebre en las fabricas de hilados de algodón cercanas a Manchester, incitó a desarrollar la primera acción en pro de la seguridad por parte del gobierno. Atrajo así la atención de un público ingluyente sobre la explotación de los niños.
  • Cámara de Salus de Manchester

    Cámara de Salus de Manchester
    Se formó la Camara de Salud de Manchester, la que asesoraba en relación con la legislación para reglamentar las horas y las condiciones del trabajo en las fábricas.
  • 1900 EDAD MODERNA

    1900 EDAD MODERNA
    En el siglo xix se inicia la reglamentación de accidentes de trabajo en Gran Bretaña, Francia, España y Alemania. En el siglo xx en centro y suramérica se inicia el desarrollo legislativo en Guatemala, Salvador, Argentina, Colombia y paulatinamente en el resto de naciones hasta quedar consagrado el accidente de trabajo, enfermedad laboral y salud ocupacional como derechos laborales protegidos por el estado.
  • Movimiento en protesta por el trato INFRAHUMANO.

    Movimiento en protesta por el trato INFRAHUMANO.
    En el año de 1811 se organizó un movimieno en protesta por el trato infrahumano en el trabajo, este movimiento fue llamado LUDDISTA, porque fue desarrollado bajo la dirección de Ned Ludd conocido como un benefactor de los pobres.
  • Discurso Simón Bolívar

    Discurso Simón Bolívar
    En este período de transición de la colonia a la independencia, el primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el libertador Simón Bolívar, en su discurso ante el congreso de angostura, , "El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad, y mayor suma de estabilidad política".
  • Ley de Minas

    Ley de Minas
    En el año de 1841 se promulgo la Ley de Minas la cual determinaba las compensaciones punitivas por las lesiones previsibles causadas por maquinaria de minas no protegida. Creó el cargo de inspectores de minas y excluyó a las mujeres y muchachas de trabajo subterráneo, prohibiendo igualmente que lo efectuarn los niños menores de 10 años.
  • Edwing Chadwick

    Edwing Chadwick
    Edwing Chadwick mienbro de la comisión encargada de formular las leyes de la protección de los pobres, se convirtio en la fuerza impulsadora que dio origen a un estudio titulado "Informe sobre las condiciones sanitarias de la población obrera en la Gran Bretaña"; esta obra fue la base de las reformas en el siglo XIX en Europa y los Estados Unidos.
  • Rafael Uribe Uribe

    Rafael Uribe Uribe
    "Creemos en la obligación de dar asistencia a los ancianos, caídos en la miseria y que ya no tienen fuerzas para trabajar; veremos que es necesario dictar leyes sobre accidentes de trabajo y de protección del niño, de la joven y de la mujer en los talleres y en los trabajos del campo, creemos que es necesario obligar a los patronos a preocuparse de la higiene, del bienestar y de la instrucción gratuita de los desamparados...." tienen indudable vigencia en nuestros días.
  • Rafael Uribe Uribe

    Rafael Uribe Uribe
    En 1910, el mismo Uribe pidió que se indemnizara a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, aduciendo que si un soldado cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, porque si se le indemniza y a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diaria por la vida no se le indemniza.
  • Legislación Colombiana SO

    Legislación Colombiana SO
    En 1915, se promulga la Ley 57 de 1915, conocida como la Ley General Rafael Uribe Uribe, que tenia como principal objetivo reglamentar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en este sentido, la ley desarrolla las sigientes temáticas:
    -Prestaciones económicas - asistenciales
    -Responsabilidades del empleador
    -Derecho y clases de incapacidad
    -Pensiones e indemnizaciones
  • Oficina de Medicina Lboral

    Oficina de Medicina Lboral
    S e creó la oficina de medicina laboral, esta dependencia comenzó a nivel nacional con sede en Bogotá y tenía como actividad principal el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y de su evaluación en materia de indemnizaciones.
    Esta oficina central organizo dependencia en las principales capitales hasta formar una red que fue denominada Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y quedo incorporada al Ministerio del Trabajo.
  • Legislacion Laboral

    Legislacion Laboral
    En 1935, se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo y en julio primero de 1936 empezó a regir la ley
  • Protección a la Mujer Embarazada

    Protección a la Mujer Embarazada
    En 1938, mediante la Ley 53, se otorgo protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada en la época del parto.
  • La Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo

    La Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo
    La Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo fue fundada en 1946 y ha desarrollado permanentemente laborales importantes de promoción de la medicina del trabajo.
  • El ISS

    El ISS
    siendo su primer director el doctor Carlos Echeverri Herrera. Comenzó a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad, y en 1965 bajo la administración del presidente Guillermo León Valencia, se hizo extensivo a accidentes de trabajo y enfermedad profesional; en 1967 siendo presidente el Doctor Carlos Lleras Restrepo, se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte.
  • Codigo Sustantivo del Trabajo .

    Codigo Sustantivo del Trabajo .
    Se expide el Código Sustantivo del Trabajo, código fundamental en la salud ocupacional, regulando la jornada de trabajo, enfermedades profesionales, obligaciones de higiene y seguridad en el trebajp que debia asegurar el contratante.
  • Capacitar Profesionales Colombianos

    Capacitar Profesionales Colombianos
    Desde 1954, el Ministerio de Salud desarrollo un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombinos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
  • Divison de Salud Ocupacional

    Divison de Salud Ocupacional
    En 1961, el Ministro de Trabajo formo la División de Salud Ocupacional que se encargó de la prevención y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • La universalización de los Seguros Sociales

    La universalización de los Seguros Sociales
    La universalización de los Seguros Sociales se inició con el Decreto 0770 de 1975, de la Administración López Michelsen, mediante la aplicación del sistema de medicina familiar, el cual se implanto en 1975 en las ciudades de Barranquilla, Villavicencio, Barbosa (Antioquia).
  • Codigo Sanitario Nacional

    Codigo Sanitario Nacional
    Ley 9 de 1979, llamada Código Sanitario Nacional, que en su Título III establece las Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones, emitida por el Ministerio de Salud.
  • Estatuto de seguridad industrial.

    Estatuto de seguridad industrial.
    Resolución 02400 de Mayo 22 de 1979, emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por el cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higienes y seguridad en los establecimientos de trabajo.
  • Comité de Salud Ocupacional.

    Comité de Salud Ocupacional.
    Se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, cuya función principal es establecer reglamentaciones en materia de salud ocupacional. Este establece el Derecho 614 de 1984, por el cual se establece las bases para la administración de salud ocupacional.
  • Resolución 2013 Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

    Resolución 2013 Comités  de Medicina, Higiene y    Seguridad Industrial.
    Resolución 02013, de junio 6 de 1986, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Salud, por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités paritarios de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
  • Programa de Salud Ocupacional

    Programa de Salud Ocupacional
    Resolución 1016, expedida por el Ministro de trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Salud, por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
  • Constitucion Politica de Colombia

    Constitucion Politica de Colombia
    Consagra algunos de los principios formulados en la ley. En el articulo 25 considera el derecho al trabajo como una obligación social y goza de protección del Estado; además, la norma constitucional informa que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, y en su artículo 49 establece que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de Promoción, Prevención y Recuperación de la salud, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
  • Resolución número 1075 Actividades en Materia de Salud Ocupacional

    Resolución número 1075 Actividades en Materia de Salud Ocupacional
    Resuelve: Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades del Subprograma de medicina preventiva, estableciendo por la Resolución 1016 de 1989 campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores.
  • El Sistema de Seguridad Social Integral

    El Sistema de Seguridad Social Integral
    Emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, que tiene por objeto mejorar la calidad de vida, acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que afecten la salud, capacidad económica y en general las condiciones de vida de la población, en sus fases de educación, información y fomento de la salud, y en la prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad,etc.
  • Sistema Genral de Riesgos Profesionales

    Sistema Genral de Riesgos Profesionales
    Se hizo claridad con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se adopta la primara tabla de enfermedades profesionales y se categoriza lo que se considera como incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y gran invalidez. Se determinan las prestaciones a que tiene derecho el trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, se estable la tabla de evacuan de incapacidades producidas por accidentes de trabajo.
  • Licencias de Salud Ocupacional

    Licencias de Salud Ocupacional
    Resolucion número 2318, Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y Jurídicas, su vigilancia y control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
  • Juntas de calificación de invalidez.

    Juntas de calificación de invalidez.
    El presente decreto se aplicará a todos los trabajadores y servidores públicos del territorio nacional de los sectores público y privado, trabajadores independientes afiliados al sistema de seguridad social y pensionados por invalidez.Por el cual se reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las juntas de calificación de invalidez
    - Derecho a las Prestaciones
    -Incapacidad Temporal
    -Monto de las Prestaciones Económicas por Incapacidad Temporal
  • Afiliacion Prestadores de Servicio

    Afiliacion Prestadores de Servicio
    Fortalecimiento de la promoción de la seguridad y salud en trabajo, en este sentido se fomento una cultura de auto cuidado y prevención de riesgos profesionales,
  • Incidentes y Accidentes de Trabajo

    Incidentes y Accidentes de  Trabajo
    Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia.
  • Historias Clinicas Ocupacionales

    Historias Clinicas Ocupacionales
    Resolución número 2346, Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clinicas ocupacionales.
  • Guías de Atención Integral

    Guías de Atención Integral
    Resoluión numero 2844, por la cual se adopta las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional basadas en la evidencia.
    -Dolor lumbar
    -Desórdenes músculo- esqueléticos
    -Hombro doloroso
    -Neumoconiosis (silicosis,neumoconiosis del minero de carbón y asbestosis)
    -Hipoacusia neurosensorial inducida por ruido en el lugar de trabajo.
  • Resoución 2646. Factores de Riesgo Psicosocial.

    Resoución 2646. Factores de Riesgo Psicosocial.
    El onejto de la presente resolución es establecer disposiones y definir las responsabilidades de los diferentes actores sociales en cuanto a la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, así como el estudio y determinación de patologías presuntamente causadas por el estrés ocupacional.
  • Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas

    Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas
    Resolución número 3673 , la presente resolución tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro y aplica a todos sus empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades economicade todos los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen los trabajos en alturas con peligro de caidas.
  • Reglamento

    Reglamento
    Resolución 1348, del 30 de abril de 2009, Ministerio de la Protección Social, mediante la cual se adopta el Reglamento de Salud Ocupacional en los Procesos de Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica en las empresas del sector eléctrico.
  • Comité de Convivencia Laboral

    Comité de Convivencia Laboral
    Resolución 0652, del 30 de Abril de 2012, emitida por el Ministerio de trabajo, por la cual establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.
  • Comité de Convivencia Laboral

    Comité de Convivencia Laboral
    Resolución 1356 del 18 de Julio de 2012, emitida por el Ministerio de Trabajo, por la cual modifica parcialmente la resolución 652 de 2012 y se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades publicas y empresas privadas.
  • Sistemas de Riesgos Laborales

    Sistemas de Riesgos Laborales
    Fue expedida la Ley 1562 de 2012, pulicada en el Diario Oficial 48.488, por medio de la cual se modifica el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras dispociones en materia de Salud Ocupacional.
    A tavés de dicha disposición legal se amplió y modernizo el Ssitema de Riesgos Laborales, conocido antes como de Riesgos Profesionales.
  • Renovación de Licencias de Salud Ocupacional

    Renovación de Licencias de Salud Ocupacional
    Resolución 4502, del 28 de Diciembre del 2012, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, Por medio de la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones.
  • Afiliación de los trabajadores del servicio doméstico

    Afiliación de los trabajadores del servicio doméstico
    Decreto 0721, afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al Sistema de
    Compensación Familiar. Decreto 0723, afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios.
  • Resolución 3544 Gastos de Aministración

    Resolución 3544 Gastos de Aministración
    Por la cual se definen los gastos de administración de las administradoras de risgos laborales, de acuerdo con la resolución 3544 de 2013, las administradoras de riesgos laborales no podran utilizar mas del 23% de las cotizaciones para sus gastos de administración.