
Antecedentes históricos de medios protectores de los derechos humanos en otras culturas.
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Se llama pues Corpus iuris civilis a la reunión de las leyes romanas, formada bajo el reinado y según las órdenes del emperador Justiniano. Se puede destacar el mérito histórico, legal y filosófico de esta colección de leyes o cuerpo de Derecho Romano.
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Se dio a conocer por Casiodoro, esta figura defensora menciona que nadie puede ser llevado a prisión sin el permiso de ciertas autoridades.
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Durante la República Romana surge una institución en defensa de los derechos fundamentales, conocida como Tribuni Plebis. Los Tribuni Plebis, o magistrados plebeyos.
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Hasta entonces el derecho en Roma había tenido un carácter sagrado: su administración estaba reservada a los sacerdotes, los cuales se basaban en rituales, sacrificios y visiones, con lo que la justicia estaba sujeta a todas las arbitrariedades.
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Se buscaba ganar la simpatía del pueblo por parte de los emperadores, para instituir al defensor, se tomó en cuenta al antiguo abogado patrono de las ciudades, abogados de los municipios y ciudades para defender razones e intereses en determinadas causas. En el año 387 al 409 se estableció un sistema electoral que ejercían los ciudadanos y concluía en decreto, en el año 409 se limitó este poder de elección solo para algunas clases.
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Busca defender, proteger, a los necesitados, pobres, ciudadanos que a menudo eran desalojados de sus tierras. Se creo para la provincia de Illiria, con una constitución de os emperadores Valentiano y Valente, esta figura se extendió al resto del Imperio.
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Después de que el rey Juan de Inglaterra violara un número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra, sus súbditos lo forzaron a firmar la Carta Magna, la cual enumera lo que después vino a ser considerado como los derechos humanos.
Considerada ampliamente como uno de los documentos legales más importantes en el desarrollo de la democracia moderna, la Carta Magna fue un punto de cambio crucial en la lucha para establecer la libertad. -
Su contenido abarcó casi todas las manifestaciones de la vida, desde el derecho político y civil hasta el penal, pasando por la familia, sucesiones, negocios jurídicos y procedimientos judiciales.
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Creada por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una declaración de libertades civiles. Se basó en estatutos y documentos oficiales anteriores y hace valer cuatro principios:
No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento.
No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada.
A ningún soldado se le puede acuartelar con los ciudadanos.
No puede usarse la ley marcial en tiempos de paz. -
Emitido por Oliver Cromwell, luego de que hizo triunfar su Revolución Puritana y se alzó con el poder. En donde el Lord Protector tenía el poder de convocar y disolver parlamentos, pero obligado por el instrumento a buscar el voto de la mayoría para el Consejo de Estado, esta nueva constitución determinó y delimitó las funciones del Consejo de Estado y del Parlamento los cuales se autolimitaban con tal documento.
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Prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II, para protegerse de prácticas entonces corrientes que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.
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Su fin principal era recuperar y fortalecer ciertas facultades parlamentarias ya desaparecidas, mermadas durante el reinado absolutista de los Estuardo; se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre los soberanos y el pueblo. Fue impuesta por el Parlamento, como condición previa a su coronación, a la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata, de un verdadero contrato, establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano.
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Declaración que garantiza la igualdad y libertad de los individuos.
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Declaración de derechos hecha por los representantes del buen pueblo de Virginia, reunidos en convención plena y libre, como derechos que pertenecen a ellos y a su posteridad como base y fundamento de su Gobierno.
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Filosóficamente, la declaración hace énfasis en dos temas: derechos individuales y el derecho de revolución. Estas ideas llegaron a ser ampliamente aceptadas por los estadounidenses y también influenció en particular a la Revolución Francesa.
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Es la constitución nacional escrita más antigua en uso y define los organismos principales del gobierno y sus jurisdicciones, y los derechos básicos de los ciudadanos.
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Un documento de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley, el pueblo de Francia causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa.
La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos de “libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”. -
Protege la libertad de expresión, la libertad religiosa, el derecho de tener y portar armas, el derecho de reunirse y la libertad de petición. También prohíbe la búsqueda e incautación irrazonable, castigo cruel e inusual y la autoincriminación obligada.
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Era una "carta otorgada", ya que no fue elaborada por los representantes de la Nación, sino impuesta por Napoleón. Al margen de no ser de hecho una constitución, fue el primer documento español que recogió en parte el espíritu de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano proclamada en Francia en 1789. Además de la prohibición de la tortura, recogía derechos como la inviolabilidad del domicilio, la libertad personal y los derechos de los detenidos y los presos.
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Esta proclama derechos de igualdad, libertad, seguridad y propiedad, tiene una influencia inglesa, uno de sus artículos establece: La nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.
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Durante el siglo XIX la esclavitud fue abolida de forma progresiva en los distintos estados europeos y americanos, primero prohibiendo la trata de esclavos y luego la esclavitud misma.
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La promovió don Ponciano Arriaga en el estado de San Luis Potosí.
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Grupos sociales van plasmando el respeto a los derechos del hombre, por lo que las leyes y autoridades debían respetarlo y sostener las garantías que otorgaban para lograrlo, se crea un instrumento constitucional que aún existe el amparo.
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En el que se establecen los derechos y deberes de los ciudadanos. Reconocía teóricamente el derecho a la libertad de expresión, el secreto de la correspondencia, la libre elección del lugar de residencia, la inviolabilidad del domicilio, el derecho de reunión y asociación, y a no ser retenido arbitrariamente por la policía.
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En abril de 1945, delegados de cincuenta países se reunieron en San Francisco llenos de optimismo y esperanza. El objetivo de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y prevenir guerras futuras.
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La nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas había captado la atención del mundo, es la carta magna internacional para toda la humanidad.
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Teniendo como finalidad la defensa de los derechos de los individuos, pero no necesariamente frente al poder público.
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- La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
- Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España.
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Estableció la Defensoría de los Derechos Universitarios.
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Los derechos humanos en México son el conjunto de derechos fundamentales de los ciudadanos mexicanos, garantizados en diversos ordenamientos jurídicos del país, como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y disposiciones en la materia en las 32 entidades federativas del país. Tiene la función del Ombudsman en México.
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Tienen rango constitucional los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales de los que México es parte.