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"sobre reparaciones por accidentes de trabajo"
trata específicamente el tema de seguridad en el trabajo en lo que posteriormente se
convierte en la Ley 57 de 1915 conocida como la “ley Uribe” sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales y que se convierte en la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en el país. -
"por la cual se dicta una medida de salubridad publica y se provee a la existencia habitaciones higiénicas para la clase proletaria"
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"que establece el seguro colectivo obligatorio"
-
"sobre higiene social y asistencia publica"
-
"SOBRE PÉRDIDA Y REHABILITACIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS Y POR LA CUAL SE ESTABLECEN ALGUNOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS"
(artículos 12 al 20) -
"por el cual se protege la maternidad"
-
"Por la cual se crean los Ministerios de Trabajo, Higiene y Previsión Social y de la Economía Nacional"
-
"Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1938, que protege la maternidad"
-
"Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo"
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"Por la cual se adicionan y reforman las Leyes 1ª de 1932, 206 de 1938, 63 de 1940, 49 de 1943 y 6ª de 1945, sobre prestaciones sociales a los trabajadores de los ferrocarriles y salinas de la Nación"
-
Por el cual se aclara una disposición de la Ley 6 ª de 1945, sobre las pensiones de jubilación de los trabajadores del ramo docente
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"Por la cual se establece el seguro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales"
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"Por la cual se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y se provee a su sostenimiento"
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Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217 A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero.
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"por el cual se reglamenta la Ley 77 de 1948; el funcionamiento de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial del Ministerio del Trabajo; el inciso 2° del artículo 8° de la Ley 95 de 1946; el artículo 9° del Decreto-Ley 320 de 1949, y se dictan otras disposiciones." (Se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.)
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"Por el cual se organiza la Comisión que formule el proyecto de Código Sustantivo del Trabajo"
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CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
(Adoptado por el Decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950 "Sobre Código Sustantivo del Trabajo", en virtud del Estado de Sitio promulgado por el Decreto Extraordinario No 3518 de 1949.) -
Instituto Colombiano de Seguros Sociales inicia la cobertura en riesgos profesionales
para la población trabajadora de las zonas urbanas del sector
formal, industrial y semi-industrial. -
Por la cual se dictan Medidas Sanitarias
(titulo III salud ocupacional) -
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
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por el cual se crea el "Comite de salud ocupacional".
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Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país
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Se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial y la promoción de la salud en el trabajo
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Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
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POR EL CUAL SE DESARROLLA LA LEY 82 DE 1988, APROBATORIA DEL CONVENIO NUMERO 159, SUSCRITO CON LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, SOBRE READAPTACIÓN PROFESIONAL Y EL EMPLEO DE PERSONAS INVALIDAS.
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por la cual se adoptan valores limites permisibles para la exposición ocupacional al ruido
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Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones
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Fue promulgada en la Gaceta Constitucional número 114 del jueves 4 de julio de 1991, y también se le conoce como la Constitución de los Derechos Humanos.
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Por la cual se adoptan unas medidas de carácter sanitario al Tabaquismo
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Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones
-
"Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas
disposiciones en relación con el porte y consumo de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas". -
Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
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"Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales"
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por el cual se expide la Tabla Única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral entre el 5% y 49.99% y la prestación económica correspondiente
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Ley de Flexibilización Laboral.
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Por el cual se modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones
-
Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones
del Sistema General de Riesgos Profesionales. -
La organización Internacional del trabajo (OIT) comenzó a celebrar el día internacional de conmemoración de los trabajadores muertos y heridos en el trabajo.
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Se adopta medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
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Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
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Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
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Por medio del cual se establecen las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para pequeños aportantes e independientes.
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Por la cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco
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Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.
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Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
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Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas
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Por el cual se reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las juntas de calificación de invalidez.
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Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones.
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Por medio del cual se reglamenta la Ley 1221 de 2008 y se dictan otras disposiciones
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Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.
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Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional
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Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012.
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Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo
en alturas. -
Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
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Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades
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Por el cual se establece como obligatoria la implementación de un esquema de compensación en el Sistema General de Riesgos Laborales por los altos costos de siniestralidad.
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Se dictan las disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo (SG-SST)
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Se expide la Tabla de Enfermedades Laborales
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Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.
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Por el cual se reglamenta la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones
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Se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las nomas de Seguridad y salud en el trabajo y Riesgos Laborales
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Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
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Por el cual se modifica el Decreto 1 072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, en lo referente al plazo para obtener el Registro Único de Intermediarios
del Sistema General de Riesgos Laborales -
Por el cual se corrigen unos yerros del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, contenidos en los artículos 2.2.4.2.1.6., 2.2.4.6.42. y 2.2.4.10.1. del título 4 del libro 2 de la parte 2, referente a Riesgos Laborales.
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Por el cual se adiciona al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, un Capítulo 4 que establece la celebración del Día del Trabajo Decente en Colombia
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Por el cual se adiciona al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, un Capítulo 4 que establece la celebración del Día del Trabajo Decente en Colombia
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Por medio del cual se modifica el artículo 2.2.4.6.37. del Capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
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Por el cual se modifica el Decreto 1079 de 2015, en relación con el "Plan Estratégico de Seguridad Vial":
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Por el cual se adiciona al Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, una Sección 5 por medio de la cual se reglamenta la afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones.
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Por el cual se adicionan unos artículos a la Sección 7 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, que reglamenta la seguridad social de los estudiantes que hagan parte de los programas de incentivo para las prácticas laborales y judicatura en el sector público.
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Por la cuál se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Por medio del cual se modifica el artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la ' implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo((SG-SST)
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Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes
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Por el cual se definen los estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST
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Por la cual se adopta la batería de instrumentos para la Evaluación de Riesgos Psicosocial, la Guía Técnica General para la Promoción, Prevención e Intervención de los factores psicosociales y sus efectos en la población trabajadora y sus protocolos específicos y se dictan otras disposiciones.
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por la cual se establecen lineamientos en Seguridad y Salud en el trabajo en los Procesos de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización de la Energía Eléctrica.
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Establece las directrices para la detección temprana, el control y la atención ante la posible introducción del nuevo Coronavirus COVID 19 y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante este riesgo
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por la cual se establecen los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajos en espacios confinados y se dictan otras disposiciones.
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Esta dirigida a las Administradoras de Riesgos Laborales, empleadores, contratantes y trabajadores dependientes y contratistas del sector público y privado. Define lo lineamientos mínimos a implementar de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por Coronavirus COVID19. Expide: Ministerio de Trabajo
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Está dirigida a organismos y entidades del sector público y privado, Administradoras de Riesgos Laborales, Servidores Públicos, Trabajadores del sector privado, independientes y contratistas del sector público y privado. Establece las acciones de contención ante el Coronavirus COVID 19 y la prevención de prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias.
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Establece las medidas preventivas sanitarias en Colombia, por causa del Coronavirus COVID19 en lo referente al ingreso y cuarentena de personas procedentes de China, Italia, Francia y España. Expide
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Esta dirigida a empresas de servicio público de transporte terrestre de pasajeros, individual, colectivo, metropolitano, distrital y municipal, masivo de pasajeros, de carga, entes gestores, propietarios de vehículos, conductores, terminales de transporte, organismos de tránsito, superintendencia de transporte y superintendencia de salud. Establece directrices para la prevención, detección y atención ante un caso de Coronavirus COVID19.
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Se declara la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID 19 hasta el 30 de Mayo de 2020, medidas de aislamiento preventivo y cuarentena por 14 días y se dictan otras disposiciones.
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Se publican las nuevas medidas preventivas para el control sanitario de pasajeros provenientes del extranjero, por vía aérea, a causa del Coronavirus COVID 19. Suspende el ingreso de pasajeros hasta el 30 de mayo de 2020 en todo el territorio Colombiano.
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Está dirigida a concesiones transporte aéreo, aerolíneas, interventorías, administradores de infraestructura concesionada y no concesionada y superintendencia de transporte, donde establece las directrices de prevención, detección y atención ante un caso de Coronavirus COVID19
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Está dirigida a los empleadores y trabajadores del sector privado, brinda las medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención del Coronavirus COVID19 en donde publica los mecanismos tales como: trabajo en casa, teletrabajo, jornada laboral flexible, vacaciones anuales, anticipadas y colectivas, permisos remunerados, salario sin prestación del servicio y otras disposiciones.
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Con la cual el Gobierno Nacional declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en toda Colombia por un periodo de 30 días calendario
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Está dirigida a los empleadores y trabajadores del sector privado en donde advierte sobre la fiscalización laboral rigurosa a las decisiones laborales de empleadores durante la emergencia sanitaria por el Coronavirus COVID19.
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Con la cual se suspenden todas las operaciones de desembarque con fines de ingreso o conexión en Colombia, de pasajeros procedentes del exterior por vía aérea por 30 días calendario desde el lunes 23 de marzo de 2020
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Se ordenan las medidas sanitarias obligatorias de aislamiento preventivo de personas adultas mayores en centros de larga estancia del 21 de Marzo al 30 de Mayo y la suspensión de ingreso a personas diferentes al personal prestador de servicios y de apoyo del centro.
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Con la cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia a partir del 25 de marzo de 2020 al 13 de abril de 2020.
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Se expiden medidas tendientes a garantizar la prevención, diagnóstico y tratamiento del Coronavirus COVID 19 frente a el otorgamiento de facultades al Ministerio de Salud y Protección Social, INVIMA y otras disposiciones.
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Expide las medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura.
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Se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica frente al retiro de cesantías, vacaciones anticipadas, recursos del sistema de riesgos laborales, mecanismo de protección al cesante y otras disposiciones. Expide
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“Por el cual se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”
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Está dirigida a las ARL, empleadores, contratantes, trabajadores dependientes, independientes, contratistas y personas que prestan servicios de domicilios y entrega de bienes o mercancías. Establece las directrices para la capacitación, prevención y elementos de protección personal de servicios de domicilios por Coronavirus COVID19.
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El Ministerio de Salud pública los requisitos a tener en cuenta para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos, para el uso durante la emergencia sanitaria del COVID-19.
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Envía la advertencia a los empleadores y trabajadores sobre la prohibición de coaccionar a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas.
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Dicta nuevas medidas frente a los beneficios de protección al cesante a trabajadores independientes y dependientes, define los requisitos para acceder al beneficio económico y otras disposiciones.
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“Por el cual se adoptan medidas de orden laboral, relativas a la destinación de recursos de las cotizaciones a las Administradoras de Riesgos Laborales de carácter público, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Laboral”.
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Con esta resolución, se pretende adoptar medidas transitorias frente a los trámites, actuaciones y procedimientos de competencia del viceministerio de relaciones laborales, inspecciones, audiencias de conciliación, entre otros.
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Esta dirigida a las ARL, Empleadores, contratantes, trabajadores dependientes e independientes y contratistas, aclara que la entrega de los EPP´s es responsabilidad del empleador y que la ARL apoyará en el suministro únicamente durante la emergencia del Coronavirus COVID-19.
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Esta dirigida a todos los actores de la cadena logística y productiva de los sectores de Minas y Energía, en esta circular establecen las medidas sanitarias a considerar en los diferentes eslabones de la cadena logística de los Sectores de Minas y Energía.
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Está dirigida a personal ejecutando proyectos de infraestructura de transporte e interventores, para orientar en las medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por el COVID-19.
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Esta dirigida a conductores y operadores de la cadena logística de transporte de carga terrestre y fluvial, servicio público, especial, individual, masivo, colectivo, mixto, transporte por cable, terminales de transporte terrestre, férreo. Establece las medidas preventivas y de mitigación para contener el Coronavirus COVID-19 en cuanto a las medidas a implementar en los vehículos, conductores, contratistas, terminales, gestores y concesionarios, tripulantes de servicio de transporte fluvial.
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Orienta al sector de la construcción de edificaciones y su cadena de suministros, frente a las medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio del COVID-19, con alcance para Trabajadores, Lideres de obra, ARL, Profesionales de SST, Contratistas.
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Con esta norma el Ministerio de Salud busca adoptar medidas frente a la autorización transitoria para prestar servicios de salud, eliminar autorización previa para contratar con IPS, Contratación de las acciones del plan de intervención colectivas, gestión centralizada de las unidades de cuidado intensivo e intermedio, también sobre la entrega de recursos a las entidades territoriales a los prestadores de salud.
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A través de este Decreto el Ministerio de Salud busca adoptar las medidas de bioseguridad para mitigar, evitar la propagación y hacer el manejo adecuado de la pandemia del Coronavirus COVID-19, se expiden protocolos de bioseguridad y se establecen las obligaciones de las autoridades en materia de bioseguridad.
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Se establecen medidas que tienen que ver con la contratación estatal en cuanto a audiencias públicas, procedimientos sancionatorios, suspensión de los procedimientos de selección de contratistas y revocatoria de actos de apertura, contratación de urgencia, formas de pago a los contratistas, entre otros.
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El Ministerio de Salud establece los lineamientos para garantizar el proceso de referencia y contrarreferencia de pacientes en el marco de la emergencia por Coronavirus COVID-19 para los siguientes actores: Gobernadores, Alcaldes, Secretarios Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios en Salud, e IPS.
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Está dirigida a empleadores y trabajadores del sector privado, establece nuevas medidas de protección al empleo en la fase de mitigación del nuevo Coronavirus COVID-19, en lo referente con licencia remunerada compensable, modificación de la jornada laboral y concertación del salario, modificación o suspensión de beneficios extralegales, beneficios convencionales y otras disposiciones
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Establece las directrices para la promoción de la convivencia y el cuidado de la salud mental durante la emergencia sanitaria del COVID19.
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Aplica para los empleadores y trabajadores del sector privado, entidades del Sistema General de Pensiones, Pensionados Connacionales fuera del país, Administradoras de Riesgos Laborales pública y privadas, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías de carácter privado que administren cesantías y cajas de compensación familiar. Establece la ampliación de los plazos para la aplicación de las medidas en el tiempo de los Decretos 488 de 2020, y Decreto 500 de 2020.
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Se amplía la vigencia por un (1) un mes del certificado para trabajo seguro en alturas, a partir de la superación de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
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“Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la Emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19"
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Se amplía el plazo del aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes de Colombia del 27 de Abril de 2020 hasta el 11 de mayo de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 y se dictan otras disposiciones.
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Se expide el protocolo general de bioseguridad para hacer mitigación, control y realización del adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Esta resolución es aplicable a todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública (excepto el sector salud).
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Expide los lineamientos para elaboración de los protocolos de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 en la Industria Manufacturera.
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Adopta el protocolo de bioseguridad que debe cumplir el sector floricultor para prevenir la transmisión del COVID-19
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expide el protocolo de bioseguridad a los proyectos de infraestructura de transporte para prevención la transmisión del COVID-19
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Se definen los lineamientos frente a la implementación de los protocolos de bioseguridad en el sector de agua potable y saneamiento básico para la prevención del contagio por Coronavirus COVID-19.
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Se adopta el protocolo de bioseguridad que deben implementar el sector de juegos de suerte y azara frente al manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19
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Define los lineamientos que debe tener en cuenta el sector construcción de edificaciones frente a la elaboración y aplicación de los protocolos de bioseguridad para la prevención de la transmisión.
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Expide el protocolo de bioseguridad aplicable para el sector transporte, donde define las medidas de prevención a tener en cuenta para evitar el contagio de Coronavirus COVID-19.
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Delega la responsabilidad a las entidades municipales o departamentales para determinar el proceso de validación del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en los sectores de construcción y manufactura.
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Con la cual el Ministerio de Salud modifica los aportes a realizar en la estructura PILA aplicando reducción de aportes a pensión del 3% y otras disposiciones
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Se expide el protocolo de bioseguridad para el manejo del riesgo del Coronavirus COVID19 en el desarrollo del ciclo de vacunación antiaftosa.
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Se expide el protocolo de bioseguridad para el manejo del riesgo del Coronavirus COVID19 en el desarrollo del ciclo de vacunación antiaftosa.
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Reemplaza temporalmente el auxilio de transporte por auxilio de conectividad
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Establece el protocolo de bioseguridad para el sector inmobiliario para la prevención de la transmisión del Coronavirus COVID 19.
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Amplía el aislamiento preventivo obligatorio en Colombia a partir del 11 de mayo hasta el 25 de mayo de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por causa del COVID 19.
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Declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional por 30 días calendario.
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Establece los criterios para determinar cuándo un municipio tiene la condición de estar sin afectación del COVID19 y se adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención del virus en esos municipios.
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Publica el protocolo de bioseguridad en los Call Center, servicios domiciliarios, mensajería y plataformas digitales para prevenir el contagio por el Coronavirus COVID 19.
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Establece los criterios para determinar cuándo un municipio tiene la condición de estar sin afectación del COVID19 y se adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención del virus en esos municipios.
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Aclara los temas sobre el trabajo remoto o a distancia en los mayores de 60 años.
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Publica el protocolo de bioseguridad para las actividades del sector comercio
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Expide el protocolo de bioseguridad para las actividades de mantenimiento y reparación de computadores y de equipos de comunicaciones; reparación de muebles y accesorios para el hogar, lavado y limpieza incluida la limpieza en seco de productos textiles y de piel (solo para domicilios).
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Protocolo de bioseguridad para los fabricantes de componentes y tableros electrónicos, computadoras y de equipo periférico, equipos de comunicaciones, fabricación de aparatos electrónicos de consumo, instrumentos ópticos y equipo fotográfico, maquinaria y equipo, fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques; de otros tipos de equipo de transporte, muebles, colchones y somieres de la industria manufacturera.
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Publica el protocolo de bioseguridad para las actividades del sector comercio
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Define los lineamientos para el reporte de información de las incapacidades de origen común por enfermedad general, frente a la estructura del documento como tal.
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Define los lineamientos para el reporte de información de las incapacidades de origen común por enfermedad general, frente a la estructura del documento como tal.
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Adopta el protocolo de bioseguridad en el sector médico veterinario para el manejo y control del riesgo de Coronavirus COVID 19
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Expide el protocolo de bioseguridad para el comercio al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, al por menor en establecimientos no especializados y al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, así como el alojamiento en hoteles y actividades de restaurantes, cafeterías y servicios móvil de comidas.
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Expide el protocolo de bioseguridad para la industria manufacturera de elaboración de productos alimenticios, elaboración de bebidas, industria petroquímica, química y sus relacionados, fabricación de otros productos minerales no metálicos y fabricación de productos metalúrgicos básicos.
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Expide el protocolo de bioseguridad para el comercio al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, al por menor en establecimientos no especializados y al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, así como el alojamiento en hoteles y actividades de restaurantes, cafeterías y servicios móvil de comidas.
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publica el protocolo de bioseguridad para el sector pecuario, para las explotaciones avícolas, porcicolas, ganadera, equina, acuícolas, pesquero y predios productores de pequeñas especies y empresas productoras, importadoras, de almacenamiento, acondicionadoras y comercializadoras de insumos pecuarios.
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Establece las medidas preventivas para el control sanitario de pasajeros provenientes del extranjero, por vía aérea, a causa del nuevo Coronavirus COVID 19.
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“Por el cual se incorpora una enfermedad directa a la tabla de enfermedades laborales y se dictan otras disposiciones en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID- 19”
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Expide el protocolo de bioseguridad para la cadena logística del servicio de hospedaje que se preste al personal de la salud, de custodia y vigilancia de la población privada de la libertad, y de las fuerzas militares y fuerza pública
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para el sector agrícola
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se prorroga la emergencia sanitaria y el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 31 de agosto de 2020.
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Expide el protocolo de bioseguridad en establecimientos penitenciarios y carcelarios para el manejo y control del Coronavirus COVID 19.
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Amplía el aislamiento preventivo obligatorio en Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:001) del día 1 de julio de 2020 y se dictan otras disposiciones
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Activa el cobro de peajes a vehículos que transiten por Colombia a partir de las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020 y dicta otras disposiciones. Expide: Ministerio de Transporte.
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Expide el protocolo de bioseguridad para las centrales de abastos y plazas de mercado para el manejo y control del Coronavirus COVID 19.
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Establece los lineamientos que deben tener en cuenta los empleadores del sector privado y Administradoras de Riesgos Laborales frente al Trabajo Remoto en Casa.
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Por medio del cual se adopta una medida de protección al cesante, se adoptan medidas alternativas respecto a la jornada de trabajo, se adopta una alternativa para el primer pago de la prima de servicios, se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios ¬ PAP, Y se crea el Programa de auxilio a los trabajadores en suspensión contractual, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 de 2020.
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Publica el protocolo de bioseguridad para las actividades de producción de tabaco, actividades de impresión y de producción de copias a partir de grabaciones originales y otras industrias (fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos, fabricación de instrumentos musicales, fabricación de artículos deportivos, fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas, fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos.
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Publica el protocolo de bioseguridad para las actividades de producción de tabaco, actividades de impresión y de producción de copias a partir de grabaciones originales y otras industrias (fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos, fabricación de instrumentos musicales, fabricación de artículos deportivos, fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas, fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos.
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Expide el protocolo de bioseguridad para el funcionamiento de bibliotecas que se busca darle manejo y control al virus del COVID 19.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para el sector financiero, asegurador y bursátil vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia para la prevención del contagio del Coronavirus COVID 19.
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Adopta el protocolo de bioseguridad para el sector de construcción y obras a ejecutar en los hogares e instituciones habilitadas, para el mejoramiento físico, interno y externo de viviendas, locales comerciales, consultorios, oficinas e instituciones que están operando, para prevenir el contagio del Coronavirus COVID 19.
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Adopta el protocolo de bioseguridad para las actividades económicas de edición, jurídicas y de contabilidad, administración empresarial, actividades de consultoría de gestión, actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica, investigación científica y desarrollo, publicidad y estudios de mercado, otras actividades profesionales, científicas y técnicas, entre otras.
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Establece el protocolo de bioseguridad en el sector cultural específicamente el museístico para prevenir el contagio del COVID 19
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para el sector portuario exclusivamente para transporte de carga
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Publica el protocolo de bioseguridad para el comercio al por mayor no especializado y de desperdicios, desechos y chatarra, y de comercio al por menor de equipos de informática y de comunicaciones, en establecimientos especializados, productos textiles en establecimientos especializados, tapices, alfombras y cubrimientos para paredes y pisos en establecimientos especializados, electrodomésticos y gasodomésticos de uso doméstico, muebles y equipos de iluminación, entre otros.
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Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del, Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en las industrias culturales, radio, televisión y medios de comunicación para la prevención del contagio del COVID-19.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en las industrias culturales, radio, televisión y medios de comunicación para la prevención del contagio del COVID-19.
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Publica el protocolo de bioseguridad en los procesos electorales realizados por la Registraduría Nacional del Estado Civil para el manejo y control del Coronavirus COVID 19.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para la prevención del contagio por COVID 19 en actividades relacionadas con el entrenamiento y competencia de los futbolistas profesionales.
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Adopta el protocolo de bioseguridad para el entrenamiento de los deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos para el control del COVID 19.
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Prohíbe la habilitación de eventos públicos o privados que generen aglomeración de personas. En los lugares donde se puedan generar aglomeraciones se deberán hacer controles estrictos de entrada y salida
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Establece el protocolo de bioseguridad para la prevención del contagio por el Coronavirus COVID 19 en los restaurantes y otros servicios de comida y catering.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para la prevención del contagio por el Coronavirus COVID 19 en el sector aeroportuario y aeronáutico para el transporte doméstico de personas por vía aérea.
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Por medio de la cual se dictan medidas transitorias, relacionadas con la capacitación y entrenamiento para trabajo seguro en alturas, en el marco de la emergencia sanitaria declarada con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19
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Establece las medidas transitorias para certificarse y realizar los reentrenamientos para trabajo seguro en alturas durante la emergencia sanitaria del COVID 19.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para el sector religioso que mitigar el contagio por el Coronavirus COVID 19.
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Establece el protocolo de bioseguridad para la prestación de servicios de salud, incluidas las actividades administrativas, de apoyo y alimentación
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para las actividades del servicio doméstico de limpieza y aseo doméstico
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Expide los lineamientos para los protocolos de bioseguridad en los servicios y actividades de alojamiento en los Hoteles, Alojamiento en apartahoteles, alojamiento en centros vacacionales, alojamiento rural y otros tipos de alojamiento de visitantes, zonas de camping y parques para vehículos recreacionales, los servicios por horas y otros tipos de alojamiento
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Publica el protocolo de bioseguridad para los centros de entrenamiento y acondicionamiento físico (gimnasio, box, etc).
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Reglamenta los protocolos de bioseguridad para aplicar las pruebas del ICFES (Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación)
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad para prevenir el contagio por COVID 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas, bajo la modalidad de autocines, autoeventos, salas de cine y teatros.
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Crea el protocolo de bioseguridad para los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales.
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Adopta el protocolo de bioseguridad en los operadores turísticos y en los servicios turísticos prestados en las áreas.
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Prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020 la emergencia sanitaria en toda Colombia.
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Expide el protocolo de bioseguridad para el Fútbol Profesional Colombiano en las fases de entrenamiento y competencias nacionales e internacionales y deroga la resolución 993 de 2020.
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Expide el protocolo de bioseguridad en el espacio público por parte de las personas, familias y comunidades.
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Modifica el anexo de la Resolución 677 de 2020 frente al protocolo de bioseguridad para el sector transporte.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en las actividades de playas, incluido el alquiler de casetas, taquillas, hamacas, entre otros.
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Establece el protocolo de bioseguridad para las piscinas en los establecimientos e inmuebles.
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en los bares y restaurantes para prevenir el riesgo del Coronavirus COVID-19
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en los bares y restaurantes para prevenir el riesgo del Coronavirus COVID-19
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Publica el protocolo de bioseguridad para los casinos y bingos.
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Publica el protocolo de bioseguridad para los casinos y bingos.
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Expide el protocolo de bioseguridad en el transporte aéreo internacional de personas.
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Expide el protocolo de bioseguridad para las ferias empresariales
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Publica el protocolo de bioseguridad para las instituciones educativas, instituciones de educación superior y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano.
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Adopta el protocolo de bioseguridad en las actividades de exhibición cinematográfica y artes escénicas en música, magia, teatro, danza y circo.
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Modifica el protocolo de bioseguridad para los hoteles. y demás actividades de la industria hotelera. Adoptado en la Resolución 1285 de 2020
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Reglamenta el protocolo de bioseguridad en las peluquerías, centros de estética y cosmetología, institutos de belleza, SPA y zonas húmedas
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Expide los protocolos de bioseguridad para las prácticas de actividades físicas, recreativas y deportivas, deroga la resolución 991 de 2020.
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Por la cual se adopta la Política de Seguridad y salud en el Trabajo
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Por la cual se integra el Comité Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
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Por la cual se prórroga el periodo de transición señalado en el articulo 3 de la Resolución 5018 de 2019, que establece los lineamientos en Seguridad y Salud en el trabajo en los Procesos de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización de la Energía Eléctrica.
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Por la cual se corrigen yerros mecanográficos y se modifican artículos de la Resolución 0491 del 24 de Febrero de 2020 que establece los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo del trabajo en espacios confinados y se dictan otras disposiciones.
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por el cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y se dictan otras disposiciones.
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Por la cual se adoptan medidas preventivas y transitorias para el control sanitario de pasajeros provenientes de Leticia por vía aérea, a causa de evidencias de las nuevas las variantes de interés del virus SARS-CoV-2.
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Por la cual se modifica la resolución 2238 de 2020- en el sentido de incluir el procedimiento de administracion de la VACUNA CONTRA EL SARS CoV 2 (COVID-19).
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por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID – 19 y se dictan otras disposiciones
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Por la cual se establece el procedimiento de habilitación transitoria del servicio de vacunación contra la COVID 19, para los administradores de los regímenes Especial y de Excepción
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Instrucciones para la conformacion de las acciones de recepcion y distribucion de vacunaciones contra el Covid 19
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Por la cual se establecen los criterios y condiciones para la distribución, asignación y entrega de las vacunas en el territorio colombiano, en el marco del Plan Nacional de Vacunación Contra el COVID – 19
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Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 161 de 2021
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Por la cual se realiza la distribución y asignación de vacunas a las entidades territoriales departamentales y distritales, en el marco del Plan Nacional de Vacunación Contra el COVID – 19.
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Por la cual se unifican las fases y etapas del Plan Nacional de Vacunacion contra el COVID-19 - en los Municipios de LETICIA- PUERTO NARIÑO-MITU E INIRIDA
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Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID -19 entregadas al Estado Colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabricante Sinovac Lufe Scienses Co. Ltd
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Por la cual se adopta los lineamiento técnicos y operativos contra el COVID -19
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Por la cual se autoriza de manera transitoria, adicional a la vía área, el ingreso al país por vía marítima, de materias primas o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan declarados vitales no disponibles o desabastecidos y sobre aquellas que son monopolio del Estado, requeridos durante la emergencia sanitaria declarada por la COVID-19
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Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID-19 - entregadas al Estado Colombiano el 24 de febrero de 2021 por el fabricante PFIZAR INC Y BIoNTRCH
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Por la cual se prorroga la EMERGENCIA SANITARIA por el nuevo coranavirus COVID -19- declara mediante resolucon 385 de 2020 Y PRORROGADA A SU VEZ POR LAS Resoluciones 844-1462 y 2230 de 2020
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Por medio de la cual se Modifica la resolución 666 de 2020 en el sentido de sustituir su anexo tecnico.
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Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 507 de 2020 y se actualiza el Protocolo de Bioseguridad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada para la prevención y contención del COVID-19.
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por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura.
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Por la cual se realiza la asignación y distribucion de las vacunas contra el COVID - 19 entregas al Estado Colombiano el 1 de marzo de 2021 mediante el mecanismo COVAX
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Por la cual se modifica el articulo 9 de la Resolución 1734 de 2020 en relación con la puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Pensiones a través del SAT.
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Por la cual se modifica el articulo 3 de la resolución 195 de 2021 en relación con la utilización de las vacunas excedentes en los adultos mayores de 80 años.
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Por la cual se establcen las medidas y condiciones para los vuelos humanitarios provenientes de Leticia a Bogotá y de Bogotá a Leticia
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Por la cual se da inicio a la etapa 2 para la inmunización de las personas de que tratan los numerales 7.1.2.2 a 7.1.2.6. del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, que adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID 19
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Sobre la no exigencia de pruebas de SARS-CoV-2 (COVID-19) por parte del empleador a trabajadores y aspirantes a un puesto de trabajo
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"POR LA CUAL SE REGULA EL TRABAJO EN CASA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”