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1972 en la cual se elaboró la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano
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Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), Carta de Turismo Cultural,
Bruselas, Icomos, noviembre de 1976. -
Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial. Conferencia Mundial del Turismo, Manila, septiembre-octubre de 1980.
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Lista del Patrimonio Mundial de la Humanidad
de la Unesco: Cartagena de Indias, Bolívar (1984), Parque Nacional Natural
Katíos, Chocó (1994), Mompox, Bolívar (1988), Parque Arqueológico San Agustín
e Isnos, Huila (1995), Parque Arqueológico de Tierradentro, Cauca (1995) y
Santuario de Flora y Fauna Malpelo (2006). Así mismo, como Obras Maestras
del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad se declararon el Carnaval de
Barranquilla y recientemente el vallenato como ritmo musical. -
Inscripción Patrimonio Mundial de la Humanidad
de la Unesco: Ciudad de Mompox, Bolívar (1988) -
La ley 21 de 1991, por medio de la cual se aprueba el convenio No 169 sobre pueblos indígenas y tribales.
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La Constitución Política de 1991, en su artículo 2, consagra en sus principios,
como fines esenciales del Estado: “facilitar la participación de todos en las decisiones
que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural
de la nación”, reconociendo y protegiendo la diversidad étnica y cultural de la
nación colombiana. -
1992 con la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo.Se constituye en el primer acuerdo mundial que aborda aspectos relacionados con la conservación de la diversidad biológica, su uso sostenible y la participación y distribución equitativa de sus beneficios; allí se reconoce que la conservación “es interés común de toda la humanidad”, así
como una parte integral de los procesos de desarrollo. -
La ley 99 de 1993 establece en su artículo 1, num 2: “La biodiversidad del país, por ser patrimonio
nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma
sostenible” y en su artículo 3 especifica: “Se entiende por desarrollo sostenible el que conduzca al
crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de
recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho -
Patrimonio Mundial de la Humanidad
de la Unesco: Parque Nacional Natural
Katíos, Chocó (1994) -
El documento “Política turística 1995-1998”, en la estrategia de competitividad, contemplaba unas acciones para el desarrollo del ecoturismo: Formular, en trabajo conjunto con el Ministerio del Medio Ambiente, una política de ecoturismo.
• Procurar el desarrollo y mejoramiento de los servicios turísticos en las áreas protegidas destinadas
para tal actividad.
• Estimular la participación del sector privado en el desarrollo y operación de instalaciones e
infraestructuras turísticas mediante el mec -
lnscripcion Patrimonio Mundial de la Humanidad
de la Unesco: Parque Arqueológico San Agustín
e Isnos, Huila (1995) -
Inscripcion Patrimonio Mundial de la Humanidad: Parque Arqueológico de Tierradentro, Cauca (1995)
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La Ley General de Turismo, Ley 300 de 1996, reconoció al turismo,
como actividad prioritaria para el desarrollo económico del país y estableció los
objetivos de política hacia su competitividad y sostenibilidad, dada la potencialidad
que este sector tiene para el país. -
La Ley General de Cultura, Ley 397 de 1997, define el patrimonio
cultural como el conjunto de todos los bienes y valores culturales que
son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición,
las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales
y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés
histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico,
ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual,
f ílmico, -
Código ético mundial para el turismo. XIII Asamblea General, Santiago de Chile, OMT, 1999.
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Public Policies and Cultural Tourism-EU activities. 1st
Conference on Cultural Tourism Economy and Values in the XXI Century, Barcelona, -
Participación en los recursos de transferencias (Ley 715 de 2001)
-Articulación con planes de desarrollo regionales. Líneas de financiación directas o
indirectas para cualificar y sostener el sector del turismo cultural en el país. -
El Plan Nacional de Cultura 2001-2010: “Hacia una ciudadanía democrática
cultural”, “formula políticas que, desde un marco general, convocan a la participación
de diferentes propuestas culturales con miras a la construcción colectiva
de un proyecto de futuro plural y democrático”. -
Documento Conpes 3.162 de mayo
de 2002, establece “Los lineamientos para la sostenibilidad del Plan Nacional de
Cultura 2001-2010”, en donde una de las estrategias definidas es precisamente la
alianza con el sector turístico para el desarrollo y la promoción del turismo cultural
en el país -
Las inversiones en servicios de ecoturismo en el país cuentan con un importante incentivo creado por
la ley 788 de 2002 que en su artículo 18, numeral 5, establece “Son rentas exentas las generadas por
los siguientes conceptos, con los requisitos y controles que establezca el reglamento: (..........) 5.
Servicio de ecoturismo certificado por el Ministerio del Medio Ambiente o autoridad competente
conforme con la reglamentación que para el efecto se expida, por un término de veinte (20) años a
pa -
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo: turismo para un nuevo país, sitio en Internet, disponible en www.
mincomercio.gov.co -
Ministerio de Cultura-Dirección de Patrimonio, Plan Nacional de Recuperación de Centros Históricos-PNRCH, Bogotá, Ministerio de Cultura, 2003.
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Lineamientos de política para la distribución
del 25% de los recursos territoriales provenientes del incremento del 4% del
IVA a la telefonía móvil, Bogotá, DNP, 2003. -
Programa de participación-Vigías del Patrimonio, Bogotá, Ministerio de Cultura, 2004.
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Segunda Reunión para la Consolidación del Sistema Nacional de Patrimonio Cultural, Bogotá, 9-10 de junio de 2005.
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Informe final del Taller Regional para Países Andinos sobre Indicadores
de Sostenibilidad en Destinos Turísticos, Rurrenabaque-San Buenaventura,
Bolivia, OMT, 10-14 de julio de 2005. -
Resolución No. 0168, “Por la cual se establecen los criterios, competencias,
requisitos y procedimientos para evaluar y declarar un bien
inmaterial como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y se dictan otras disposiciones”, Bogotá, Ministerio de Cultura, 2005. -
Se reconoce la importancia y
creatividad de la cocina caucana como parte de la diversidad de las expresiones
del patrimonio inmaterial colombiano, la Unesco nombró a Popayán, como la
primera ciudad de la gastronomía. -
En concordancia con este desaf ío, el Plan Nacional de Desarrollo
2006-2010 “Estado comunitario: desarrollo para todos” determina
como uno de sus ejes principales el desarrollo de una política pública
que estará encaminada a consolidar los procesos regionales de turismo
para disponer de una oferta de productos altamente competitivos
para los mercados nacionales e internacionales. -
Reforma de la Ley General de Turismo, establecida
por la Ley 1101 de 2006, que estableció nuevos recursos para la promoción y
desarrollo contempló en su artículo 17, una destinación especial de recursos del
Banco de Proyectos Turísticos, para proyectos de promoción y mercadeo turístico
relacionados con los sitios declarados por la Unesco como “Patrimonio Mundial de
la Humanidad”. -
Banco de Proyectos Turísticos- Impuesto al Turismo, Ley 1101 de 2006
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Inscripcion Patrimonio Mundial de la Humanidad
de la Unesco:
Santuario de Flora y Fauna Malpelo (2006).