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El encomendero, con autorización real, recibía impuestos y podía crear talleres industriales o comercios con el trabajo de los indígenas que le habían sido dados en encomienda, a fin de que los tutelara, instruyera e iniciara en la fe cristiana.
Esta legislación se adelantó a lo que será siglos más tarde el derecho del trabajo de nuestros días; no se proponía la extinción de la raza, sino crear con el tiempo una unidad cultural. -
John Locke es el creador de esta teoria; su fin principal era conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender. Se legitimó la división entre:
Poseedores de tierra y riqueza
Hombres sin tierra ni riqueza -
Recopilación legislativa que fue puesta en vigor por Carlos II a fin de que normara la relación de los encomenderos españoles con los indígenas sometidos a su custodia.
Prohibía la esclavitud, reconocía la libertad del trabajo, pero fijaba como principio social la obligación de trabajar para combatir los peligros de la ociosidad. Limitaba la jornada a 8 horas y establecía el descanso dominical obligatorio. -
La revolución Industrial sustituyó de manera definitiva los talleres artesanales y el trabajo a domicilio por las manufacturas y luego por las grandes fábricas. Se generalizó el sistema de la compraventa de la fuerza de trabajo y de la contratación asalariada.
De este proceso surgieron los dos sujetos básicos y centrales de todo el derecho laboral: el capital y el trabajo, el empleador y el trabajador, la empresa y el sindicato -
Con el inicio de la revolución francesa, en Europa desaparecen las antiguas leyes de trabajo dejando paso al liberalismo y el comunismo.
Los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical).
La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores -
La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y los Fisiócratas. Rabaut de Saint – Etienne afirmó que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
La Libertad
La Igualdad
La Propiedad -
D´Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
Esta ley prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo. -
Los primeros cincuenta años del siglo XIX integran la edad heroica del movimiento obrero. Se luchaba por las libertades sindicales, de huelga y de negociación y contratación colectivas.
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La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano e hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada.
Siglo XIX – se dieron tres momentos importantes -
La abolición de la esclavitud, por Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid, por medio de un bando que cumplimentaba al intendente de la provincia. Es decir se reconoce un derecho que antes no se reconocía ni la condición humana.
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La corriente marxista surgió de una combinación de la economía política inglesa, el socialismo francés,y la filosofía alemana; del surgimiento de la clase obrera y de la unión de un sector muy importante de los trabajadores para la defensa de sus derechos en Europa Occidental y, finalmente, del concurso intelectual determinante de Carlos Marx y Federico Engels. Como resultado de este proceso se formó en 1847
la Liga de los Comunistas que encomendó a Marx y Engels redactar el Manifiesto Comunista -
Los trabajadores pudieron asociarse libremente, sin temor a ser perseguidos y sin que el estado pudiera estorbar su formación, pero las reformas a las leyes penales y la consecuente libertad de sindicación, no trajeron consigo su reconocimiento legal como personas jurídicas; fueron asociaciones de hecho, razón por la cual los empresarios no estaban obligados a negociar o contratar colectivamente las condiciones de trabajo.
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Ponciano Arriaga; en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre.
Art 4. consagró la libertad del trabajo.
Art 5. dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Art 9. a nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito -
Constituyo básicamente el logro de : Las luchas del movimiento obrero.
La fuerza del pensamiento socialista.
Concepción de una vida social. -
Huelga laboral contra la empresa "Cananea Consolidated Copper Company" en demanda de un salario equitativo al de sus compañeros mineros estadounidenses y jornadas de trabajo más justas, lamentablemente fue aplastada por el gobierno con una violencia cruenta y vergonzosa además de contar con la ayuda de tropas estadounidense. Se considera precursor de la Revolución mexicana
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Fue una rebelión obrera en la fábrica de tejidos de Río Blanco, respondía a la inconformidad con el decreto de Porfirio Díaz y el paro patronal que afectó a todos los obreros textiles de la zona. También se considera como precursora de la Revolución mexicana.
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La revolución al transformarse en social y convertirse en constitución política-social de 1917; Tuvo por objeto modificar algunas formas de vida de la sociedad mexicana estableciendo a favor de los trabajadores derechos de protección y de reivindicación.
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La primera ley que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras.
La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre. -
Son los derechos mínimos de los trabajadores.
Dieron origen a las fuentes subconstitucionales.
La ley
Los tratados
Los contratos colectivos
Contratos ley. -
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran plasmadas las principales leyes que protegen a los trabajadores del país. De ellas derivan otras como la Ley Federal del Trabajo.
El artículo 5 establece que a nadie se le puede prohibir ejercer la profesión o trabajo que decida desarrollar
El artículo 123 constitucional garantiza el derecho al trabajo. Además pretende lograr el equilibrio entre los derechos y las obligaciones del trabajador -
es un organismo especializado de la ONU que tiene por objetivos la promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo, la creación de oportunidades de empleo y la mejora de las condiciones laborales en el mundo.
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Consagra que el trabajo no debe de ser considerado como mercancía o artículo de comercio. Estableció el derecho de asociación, el salario mínimo, la jornada de ocho horas, descanso semanal, supresión de trabajo de los niños, igualdad de trabajo para el trabajo igual.
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Fue un cuerpo jurídico bien elaborado y muy evolucionado para su época, que contenía tanto los aspectos sustantivos como adjetivos del derecho del trabajo.
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Señala que la organización habrá de promover “a nivel de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico social.”
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Se incluye artículos de interés para el desarrollo laboral como:
“toda persona tiene derecho a la seguridad social”
“Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo y a la protección contra el desempleo” -
Los caracteres de la Declaración; Norma Suprema de nuestro país, se transmiten a todas las disposiciones que emanen de ella.
Ley Federal del Trabajo.
Art 56. nos dice que “las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley.”