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El artículo 95 del CFF fijaba a los sujetos obligados a llevar libros de contabilidad y registros correspondientes, cuyos sistemas contables, previo a su utilización, debían ser autorizados por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público (SHCP) -
En el artículo 28 del CFF, se encontraban algunas reglas para las personas obligada a llevar contabilidad para efectos fiscales.
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Se crea un Comité de Factura Electrónica (formado por alrededor de 45 empresas asociadas a la Asociación Mexicana de Comercio Electrónico ).
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Se realizan pruebas para proporcionar la base de características que debía contener la factura electrónica
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Se publicón en el DOF el Proyecto de Norma Oficial Mexicana, en la que se establecen los requisitos para la conservación de mensajes de datos.
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Se publica en el DOF el acuerdo para la recepción de procedimiento a través de medios de comunicación electrónica, se otorgarán plenos efectos a los certificados electrónicos que sean emitidos por notarios.
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Se publica el decreto en el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio en materia de Firma electrónica.
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La comprobación fiscal no era electrónica y generaba grandes cantidades de papel con costos de administración muy altos.
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Se publica el CFF reformado en cuánto a materia de medios electrónicos, incluyendo el capítulo segundo para su regulación.
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Se emiten las primeras facturas electrónicas bajo el modelo CFD (Comprobante Fiscal Digital),
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Aparecen las primeras 236 empresas que emiten factura electrónica y se registraron 139, 509 operaciones.
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El SAT autoriza la facturación electrónica a través de un tercero. Comienza el CFD version 1.0.
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El nivel de emisión de facturas electrónicas es muy bajo hasta el 2008
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Se establecen los cambios y modificaciones relativas a la emisión de comprobantes digitales que se implantarían el 1 de enero de 2011.
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La Asamblea Legislativa de la CDMX reconoce a la firma electrónica avanzada con un valor jurídico equivalente al de la firma autógrafa
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Al final de este año se imprimirían las últimas facturas en papel a través de un Impresor Autorizado
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La factura electrónica será obligatoria a partir del 2011 para empresas cuyos ingresos anuales sean mayores a 4 millones de pesos.
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El modelo vigente CFDI se podrá implementar a través de un tercero autorizado, o por medios propios. Es aquí donde entran los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) que son los responsables de realizar la validación del documento y presentarlo ante el SAT.
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Los contribuyentes que facturen menos de 4 millones anuales pueden usar el código de Barras Bidimensional. (Solamente prevaleció 2 años este esquema)
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Se define la figura de un tercero autorizado para timbrar (certificar facturas electrónicas)
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Los contribuyentes pueden usar CDF o CFDI dependiendo si habían implementado el CDF anteriormente.
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México es distinguido como líder en facturación electrónica.
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Se publican las modificaciones al CFF, (artículo 28, fracciones III y IV), las cuales establecen que las personas obligadas a llevar contabilidad, deberán llevar en medios electrónicos los registros o asientos que integran la contabilidad.
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El Titular del Ejecutivo Federal presentó la iniciativa de la Reforma Hacendaria en el cual se propone la creación de una nueva figura denominada “Buzón Tributario”, regulado en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
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La iniciativa del Buzón Tributario es aceptada y se publica en la Gaceta Parlamentaria.
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Facturar electrónicamente se convierte en una obligación para todos los contribuyentes que generen más de 250, 000 ingresos al año.
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7 millones de emisores de factura electrónica fueron registrados
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Presentación de la contabilidad electrónica para personas morales
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El buzón tributario entra en vigor para las personas morales.
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Se publica en el DOF la 2da. Resolución de modificaciones para la RMF, estableciéndose las reglas relacionadas con esta obligación, respecto a contenidos y plazos de presentación de la contabilidad electrónica
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La SHCP dio a conocer el Anexo 24 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF que se refiere a todos los requisitos a cumplir para el envío de la contabilidad electrónica, la cual representa 26 páginas de instrucciones y requisitos para tales fines.
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El buzón tributario entra en vigor para personas físicas
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Se implementa el complemento de recibos de nómina.
El SAT publica los lineamientos con respecto a la versión 3.3 de CFDI.
Entra en vigor de manera obligatoria la versión 3.3 de factura electrónica el 1 de diciembre de 2017. -
Es necesario contar con un buzón tributario a partir del 1 de enero para ejercer el derecho de aceptar o negar la cancelación de un CFDI.