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  Renta: Reducción en el número de contribuyentes obligados a declarar.
 IVA: Aumentó la base (eliminación exenciones)
 Tarifa general del 10% al 12%.
 Otros: Reducciones arancelarias
 IMPACTO 0,9% EN EL PIB
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   Prevé que la tarifa del impuesto predial unificado será fijada por los respectivos concejos municipales entre el 1 por mil y el 16 por mil de la base gravable y que para la determinación de la tarifa deben tenerse en cuenta los estratos socioeconómicos, los usos del suelo en el sector urbano y la antigüedad de la formación o actualización del catastro. Prevé que la tarifa del impuesto predial unificado será fijada por los respectivos concejos municipales entre el 1 por mil y el 16 por mil de la base gravable y que para la determinación de la tarifa deben tenerse en cuenta los estratos socioeconómicos, los usos del suelo en el sector urbano y la antigüedad de la formación o actualización del catastro.
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  POR EL CUAL SE REFORMA EL TITULO V DEL LIBRO PRIMERO DEL ESTAUTO TRIBUTARIO REFERENTE AL SISTEMA DE AJUSTE INTEGRAL POR INFLACION A PARTIR DEL AÑO GRAVABLE 1992.
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   Renta: Aumentó la base - se incluyen Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) Renta: Aumentó la base - se incluyen Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE)
 IVA: Incluyó nuevos servicios a la base del IVA. Excluyó bienes de la canasta familiar.
 Tarifa general del 12% al 14% en 5 años.
 Otros: Eliminación del impuesto al patrimonio.
 IMPACTO 0,9% PIB
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   Las entidades territoriales podrán emitir títulos de deuda pública a fin de acceder a los recursos de los fondos de pensiones en los términos previstos en el artículo 100 de esta Ley. Las transferencias del presupuesto nacional se podrán pignorar a fin de garantizar las obligaciones que resulten de esta operación. Las entidades territoriales podrán emitir títulos de deuda pública a fin de acceder a los recursos de los fondos de pensiones en los términos previstos en el artículo 100 de esta Ley. Las transferencias del presupuesto nacional se podrán pignorar a fin de garantizar las obligaciones que resulten de esta operación.
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   Por la cual se expiden normas en materia de saneamiento aduanero y se dictan otras disposiciones en materia tributaria. Por la cual se expiden normas en materia de saneamiento aduanero y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.
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   Renta: Tasas marginales del 20% y 35% a PN y del 35% a PJ. Renta: Tasas marginales del 20% y 35% a PN y del 35% a PJ.
 IVA: Tarifa general al 16%
 Otros: Se creó el impuesto global a la gasolina.
 IMPACTO: 1.3% PIB
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   FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, AL NO PREVER LA HIPÓTESIS DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS DE UN TRABAJADOR QUE AL REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO FALLECE SIN HABER COTIZADO 52 SEMANAS DESPUÉS DE SU REINCORPORACIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS PERIODOS ANTERIORES, VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXIX, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, AL NO PREVER LA HIPÓTESIS DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS DE UN TRABAJADOR QUE AL REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO FALLECE SIN HABER COTIZADO 52 SEMANAS DESPUÉS DE SU REINCORPORACIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS PERIODOS ANTERIORES, VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXIX, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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  Renta: Exonera los ingresos de las EICE, cajas de compensación y fondos gremiales.
 IVA: Se gravó transporte aéreo nacional
 Tarifa general al 15% a finales de 1999.
 Otros: Creación del GMF (2 X 1000 temporal)
 IMPACTO: 0.4% PIB
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  Esta reforma se creó en un momento de crisis económica. Trajo el gravamen a los movimientos financieros con una tarifa de 3 x 1.000. Se gravó el transporte aéreo internacional.
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   En esta reforma quedó en firme la sobretasa de 10% de renta para 2003 y de 5% para 2004. Se aplicó una tarifa de 20% sobre la telefonía celular y una ampliación en la base de IVA. En esta reforma quedó en firme la sobretasa de 10% de renta para 2003 y de 5% para 2004. Se aplicó una tarifa de 20% sobre la telefonía celular y una ampliación en la base de IVA.
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   Para tener más ingresos se normatizó la ampliación de la base gravable del impuesto a la renta. Se creó el impuesto al patrimonio y se aumentó de 3x1.000 a 4x1.000 Para tener más ingresos se normatizó la ampliación de la base gravable del impuesto a la renta. Se creó el impuesto al patrimonio y se aumentó de 3x1.000 a 4x1.000
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  En este articulado se planteó la eliminación a la sobretasa a partir de 2007. Se puso un aumento de 30% a 40% de la reducción de renta por inversión y algunos bienes pasaron a 16% del IVA.
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   En el impuesto al patrimonio la tarifa aumentó a 2,4% para mayores de $3.000 millones y de 4,8% para más de $5.000 millones. Se bajó la reducción de renta por inversiones. En el impuesto al patrimonio la tarifa aumentó a 2,4% para mayores de $3.000 millones y de 4,8% para más de $5.000 millones. Se bajó la reducción de renta por inversiones.
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  Esta reforma tributaria dio paso a la eliminación de la deducción en renta por inversión, así como a la sobretasa de 20% al consumo de energía eléctrica al sector industrial.
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  En este articulado se creó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad, el impuesto a las ganancias ocasionales, y algunos servicios fueron gravados con tarifa de 5%.
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  Esta reforma trajo consigo la creación del Impuesto mínimo alternativo (Iman) y el impuesto mínimo alternativo simple (Imas), los cuales eran nuevos sistemas del impuesto de renta.
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   En esta reforma se mantuvo la tarifa de 4x1.000 hasta 2018, para iniciar desmonte gradual desde 2019. Se creó el impuesto a la riqueza y la sobretasa al Cree. En esta reforma se mantuvo la tarifa de 4x1.000 hasta 2018, para iniciar desmonte gradual desde 2019. Se creó el impuesto a la riqueza y la sobretasa al Cree.
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   Esta ley impuso el aumento del IVA de 16% a 19%, como está actualmente. Además, se normatizaron las penas de prisión de entre cuatro y nueve años por la elusión. Esta ley impuso el aumento del IVA de 16% a 19%, como está actualmente. Además, se normatizaron las penas de prisión de entre cuatro y nueve años por la elusión.
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   En esta Ley se propuso una reducción gradual del impuesto de renta a 30% en 2020, y un descuento total del IVA por la adquisición de bienes de capital y descuento de mitad del ICA. En esta Ley se propuso una reducción gradual del impuesto de renta a 30% en 2020, y un descuento total del IVA por la adquisición de bienes de capital y descuento de mitad del ICA.
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   Tiene como base la ley anterior pero tras declararse inexequible, esta incluyó devolución del IVA para hogares vulnerables, tres días sin IVA al año y reducción en aportes de pensionados. Tiene como base la ley anterior pero tras declararse inexequible, esta incluyó devolución del IVA para hogares vulnerables, tres días sin IVA al año y reducción en aportes de pensionados.
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   La propuesta va por $15,2 billones. Impuesto de renta de las empresas queda en el 35 % de manera permanente. Habrá sobretasa al sector financiero del 3 % hasta 2025 y se desmonta la rebaja en el pago del impuesto ICA, que aún no empezaba a aplicarse. recaerá principalmente en el sector privado, para lograr financiar la política social para este y los años subsiguientes: subsidios como Ingreso Solidario, Apoyo al Empleo Formal y Matrícula Cero para Personas Vulnerables, entre otros. La propuesta va por $15,2 billones. Impuesto de renta de las empresas queda en el 35 % de manera permanente. Habrá sobretasa al sector financiero del 3 % hasta 2025 y se desmonta la rebaja en el pago del impuesto ICA, que aún no empezaba a aplicarse. recaerá principalmente en el sector privado, para lograr financiar la política social para este y los años subsiguientes: subsidios como Ingreso Solidario, Apoyo al Empleo Formal y Matrícula Cero para Personas Vulnerables, entre otros.
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  Se radicó ante el Congreso de la República un proyecto de ley por el cual se adopta una reforma tributaria en Colombia. El nuevo Gobierno plantea un conjunto de medidas que pretenden generar una redistribución de la riqueza mediante el aumento de las cargas tributarias que soportan los sujetos con mayor capacidad contributiva.