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por medio de esta ley se establece el control de la contaminación del medio ambiente y se establecen alternativas y estrategias para la conservación y recuperación de los recursos naturales, para la salud y el bienestar de la población.
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Estrategias que las lleven a minimizar los costos y consumos energéticos sin disminuir su productividad.
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Es el reglamento sobre aguas no marítimas, de recursos hidrobiológicos, de cuencas hidrográficas y de áreas de manejo especial.
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Sobre el manejo del recurso forestal. Señala las prioridades referentes a los diversos usos del recurso forestal.
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Código Sanitario Nacional, donde se establecen los procedimientos y medidas para legislar, regular y controlar las descargas de los residuos y materiales. Indica, además los parámetros para controlar las actividades que afecten el medio ambiente.
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Establece el Control de Emisiones Atmosféricas y estipula las normas y parámetros de la calidad del aire y los rangos y límites permisibles de emisión.
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NORMATIVIDAD SOBRE RECURSO HIDRICO:
Norma de vertimientos de residuos liquidos, Usos del agua, riterios de calidad de agua , Vertimiento de resiudos líiquidos, procedimiento para toma y análisis de muestras -
Para manejo de Residuos especiales. Establece las normas sobre la identificación, almacenamiento, tratamiento, transporte, disposiciones sanitarias, control y vigilancia de residuos especiales.
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NORMATIVIDAD SOBRE EL RECURSO DEL SUELO:
En este sector no se necesita licencia para la exploración geológico-minera por métodos de subsuelo ni para la ampliación, mejoramiento, reconstrucción y rehabilitación de infraestructura para estos proyectos. -
Consagra el derecho de todas las personas residentes en el país de gozar de un ambiente sano
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El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
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Establece la obligación del Estado y de las personas para con la conservación de las riquezas naturales y culturales de la Nación.
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Consagra como servicio público la atención de la salud y el saneamiento ambiental y ordena al Estado la organización, dirección y reglamentación de los mismos.
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Establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como tal, le es inherente una función ecológica.
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Determina que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
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Establece como deber del Estado la planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
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Consagra acciones populares para la protección de derechos e intereses colectivos sobre el medio ambiente, entre otros, bajo la regulación de la ley.
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Establece la administración autónoma de los territorios indígenas, con ámbitos de aplicación en los usos del suelo y la preservación de los recursos naturales, entre otros.
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Establece como deber de las personas, la protección de los recursos culturales y naturales del país, y de velar por la conservación de un ambiente sano.
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mediante esta ley se logra concretar en un solo documento las normas y principios que antes de esta ley carecían de coherencia en el control y formulación de políticas ambientales a nivel nacional.
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Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Reforma el sector Público encargado de la gestión ambiental. Organiza el sistema Nacional Ambiental y exige la Planificación de la gestión ambiental de proyectos.
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Se adopta la declaración denominada informe de estado de emisiones.
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Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria
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Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria
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Sobre la potabilización del agua y su suministro para consumo humano.
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Disposiciones sanitarias sobre residuos sólidos. Reglamenta las normas sanitarias aplicables para el almacenamiento, presentación, recolección, transporte y disposición de basuras.
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Sobre el manejo forestal. Señala los diferentes usos del recurso forestal, su aprovechamiento y procedimiento para el otorgamiento de permisos y concesiones.
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Establece el uso eficiente y ahorro del agua. Reglamenta el uso y ahorro del agua.
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Ordenamiento Territorial Municipal y Distrital y Planes de Ordenamiento Territorial.
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NORMATIVIDAD SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE DESASTRES
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Por el cual se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente
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Por el cual se reglamentará el titulo VIII de la Ley 99 de 1993: La realización de obras y actividades de rehabilitación de la red vial, de la red férrea y la construcción de puentes, son proyectos que generan contaminación del agua y del suelo; ocasionando remoción y movimientos de tierra; que pueden causar pérdida de cultivos, de vegetación, de hábitat, erosión, eliminación de la cobertura vegetal, alteración de la geomorfología, entre otros impactos
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por medio de la cual se modifica la Resolución 1115 del 26 de septiembre de 2012 y se adoptan los lineamientos técnico- ambientales para las actividades de aprovechamiento y tratamiento de los residuos de construcción y demolición en el distrito capital.