Antecedentes de los Medios Alternos de solución de controversias

  • 5000 BCE

    presentación

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    BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA (BUAP) ALUMNA: YARELY TORRES MARIN
    MATRICULA: 201953360
    LICENCIATURA EN DERECHO A DISTANCIA. FACILITADOR: Jacob del Castillo Reyes
    CURSO: Medios Alternos de Solución de Controversia.
    Actividad 1: Línea de tiempo
  • 2500 BCE

    China Antigua

    China Antigua
    En esta época, ya se utilizaban los medios alternativos para dar solución a las controversias que se suscitaban en la población. Confucio afirmaba que "...el estado natural de las relaciones humanas era la armonía y que enfrentarse al adversario para resolver conflictos era la antítesis a la paz deseada...". El método de solución era conocido como “persuasión moral y el acuerdo, y no bajo coacción”.
  • 1997 BCE

    Ley de Arbitraje del Estado de Quintana Roo

    El 14 de agosto de 1997 se publicó la Ley de Justicia Alternativa de Quintana Roo, como un instrumento jurídico novedoso, en dicho dispositivo legal incluyó la mediación, la conciliación y el arbitraje como métodos de resolución de controversias jurídicas para toda la ciudadanía que voluntariamente quisieran adherirse a estos
    medios alternativos.
  • 1953 BCE

    La Ley de Arbitraje

    La Ley de Arbitraje
    La ley de arbitraje tuvo lugar en el año de 1953, en la cual se estableció que la intervención judicial se redujo a sus mínimas dimensiones, pues sólo consiste en una petición de parte, con posible oposición de la contraria, y una resolución judicial por medio de auto, que no es directamente recurrible, aunque quepa discutirlo más tarde, en las hipótesis que la propia Ley establece.
  • 1790 BCE

    Francia

    Francia
    Posterior a la culminación de la Revolución Francesa, específicamente en el año 1789, se encargó de la impartición de justicia la autoridad absoluta e históricamente se generó la división de los poderes en ejecutivo, legislativo y judicial.
  • 1284 BCE

    LAS SIETE PARTIDAS

    LAS SIETE PARTIDAS
    Influyeron en la aplicación del arbitraje no sólo en México sino en toda Iberoamérica. Las ordenanzas de diferentes consulados y las normativas ibéricas
  • 535 BCE

    GRECIA

    GRECIA
    Existía la figura del magister gentis , estaba facultado para resolver conflictos entre familias, este sistema utilizado guardaba similitud con el arbitraje, ya que la cuestión se ponía en manos de un tercero que era neutral al que las partes se sometían. Con el surgimiento de los estados, surge la figura de un solo gobernante (señor, reo, monarca, cesar) este era la autoridad encargada de administrar justicia.
  • 400 BCE

    Roma

    Roma
    El medio alternativo conocido como la conciliación fue muy utilizado en esta época en Roma, y el uso de una herramienta conocida como el "contrato de transacción"
  • 1560

    Las Ordenanzas de Bilbao

    contemplaban el arbitraje en su capítulo décimo, “de las Compañías de Comercio”, considerándose a este, un arbitraje forzoso
  • LEY DE TALIÓN

    LEY DE TALIÓN
    se impartía justicia y se solucionaban los conflictos en los pueblos antiguos bajo la ley del Talión (ojo por ojo, diente por diente) consistía en hacer sufrir el mismo daño que el sufrido.
  • México

    México
    En el año 1812 fue promulgada la Constitución de Cádiz, en la cual se estableció que la mediación debía ser realizada por los Alcaldes.
  • Japón Antiguo

    Japón Antiguo
    En el Japón antiguo el líder del pueblo era el responsable de coadyuvar en la solución de los conflictos y/o disputas que se presentaban en la población; posterior a la culminación de la Segunda Guerra Mundial se institucionalizó la conciliación.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Reformas)

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Reformas)
    Reforma al artículo 17 Constitucional, en el cual se estableció que: "...las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, regularan su aplicación, aseguraran la reparación del daño y estableceran los casos en los que se requiera supervisión judicial..."
  • bibliografía

    ESTAVILLO, Fernando. Medios Alternos de Solución de Controversias [en línea]: documento electrónico. fecha de consulta: 02 Febrero 2024. Disponible en:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/26/pr/pr25.pdf