-
1500
EPOCA PREHISPANICA
Organización a través de Calpulli con los aztecas. Los mexicanos trabajaban la tierra con Calpulli o Chinancalli, que era tierras de sus vecinos. -
1519
EPOCA PREHISPANICA
Se caracteriza porque la tenencia de la tierra está relacionada con la organización social, los mexicanos son considerados el grupo étnico más importante, la tenencia de la tierra se divide en tres grandes grupos.
Terrenos municipales El grupo familiar "Calpulli era propietario de los terrenos municipales, la administración local y la escuela.
Tierras administradas por el estado de Altepetlell.
Parcela propiedad del distrito. Terreno de propiedad privada. tierras de los principales nobles. -
1520
CULTURA AZTECA
Las clases sociales inferiores como macehuales, tlamemes y mayeques eran responsables de la agricultura. Tatocatlalli eran las tierras del señor; Tecpantlalli, la tierra de los nobles de palacio.
Teotlalpan, destinado al culto religioso. Melchimalli, tierras para mantenimiento de ejércitos y gastos de tierras.
Pillalli, tierras de los nobles al servicio del Señor. -
1520
ALTEPETLALLI
Estas tierras no eran trabajadas por los que se beneficiaban de sus productos, estas tierras eran arrendadas a los que no tenían tierra, quienes recibían una parte de la cosecha, y el resto se entregaba para el uso y beneficio de los sacerdotes, soldados y oficiales. -
1520
CULTURA AZTECA
La forma del calpulli es importante en esa cultura en la organización de la propiedad de la tierra de los vecinos. La regla era a través de parcelas limitadas y estas se entregaban a la cabeza de familia que podía heredarlas.
La legislación agraria posrevolucionaria incluye principios como el de las organizaciones municipales de Calpulli que se cerraron en ejidos o las sanciones si la tierra no se usó durante dos años -
1521
CONQUISTA DE MEXICO
La Conquista de México se refiere principalmente a la sumisión del estado mexica por Hernán Cortés. El 13 de agosto de 1521, México cayó ante los conquistadores españoles.
Este hecho marcó el inicio de la conquista española y el fin de la era prehispánica. -
1521
ENCOMIENDA
Los indígenas perdieron su principal fuente de sustento, se introdujeron nuevos cultivos y ganado, las hambrunas y las epidemias lograron reducir la población hasta en un 90%, lo que llevaron a tomar medidas para brindarles el sustento que necesitaban, pero el daño ya estaba hecho . Realizadas las encomiendas, mercedes y repartimientos, se sentaron las bases para la construcción de enormes instalaciones. -
1521
LA DISPOSICION DE TIERRAS
Luego de la caída de Tenochtitlán, el Consejo Real de Indias emite diversos decretos destinados a promover el desarrollo espiritual y material de los indígenas, se permite la creación de instituciones como los encomendios, tenía como objetivo cambiar las costumbres de los indígenas y obtener tributos. y tierra El encomandado consistía en la tutela o encomienda de cierto número de indios a ellos para la evangelización. -
1523
LA PROPIEDAD PRIVADA
La propiedad privada ocurre cuando los conquistadores recompensan a los colonos por sus servicios, pero con la condición de que se conviertan a la fe católica. -
1535
RESTITUCION DE LAS TIERRAS
Se creó la primera gran institución, que se debió a que los reyes españoles, conociendo de las conquistas de los colonos, decidieron restituir las propiedades que les habían sido asignadas. -
1573
CREACION DE LA REPUBLICA DE LOS INDIOS
La corona dio otras formas de propiedad de la tierra a indios, criollos y mestizos; las que eran tierras agrícolas arrendadas para obtener recursos para los gastos administrativos de la ciudad, y los ejidos divididos en solares familiares y base de la economía campesina, que estaban en uso permanente por sus propietarios y particulares. quién podría extrañarlos si no estuvieran allí. -
1573
REPUBLICA DE LOS INDIOS
Se buscaron indios dispersos para ciudades, el Consejo de Indias llegó a la Ley 8 del rey Felipe II de 1573, que renovaba los lugares formando ciudades, estos lugares tenían agua, tierra y montañas, entradas. , avanzadillas y haciendas, y la larga ejidización donde los indios pueden guardar su ganado sin mezclarse con otros españoles, esta puede ser la primera referencia a la ciudad ejidal. -
1573
DOTACION DE TIERRAS
Con el tiempo, la desigualdad de la riqueza se hizo notoria, por lo que se dañó alterar las parcelas necesarias para preservar este acto, lo que dio origen a otra institución: Dotacion de tierras. Nació el concepto de Ejido, que era la división de parcelas de tierra denominada ejido. -
1573
LATIFUNDIO
El latifundio nació en la Nueva España cuando la división de la agricultura benefició a conquistadores y colonos. -
DECRETOS DE INDEPENDENCIA
Miguel Hidalgo y Costilla y José María Morelos y Pavón emitieron varios decretos ordenando la renta de tierras indígenas; restaurarlo en beneficio de los grupos marginados y prohibir su tenencia posterior. -
PROYECTOS DE CONFISCACION DE INTERESES DE EUROPEOS Y AMERICANOS
Proyecto de José María Moleros y Pavón para confiscar intereses europeos El 2 de noviembre se confirmó el uso de fincas con una extensión de más de dos leguas, se completaron las obras agrícolas con pequeñas ampliaciones y se redujo la destrucción de presas, acueductos y viviendas. terratenientes ricos. Con estas disposiciones, los rebeldes buscaban devolver las tierras a sus dueños originales. -
LEY AGRARIA VENUSTIANO CARRANZA
Venustiano Carranza publica una ley agraria que contradice la constitución de 1857 vigente en ese momento, porque exigía la devolución y donación de tierras a las ciudades desfavorecidas. -
REPARTO DE TIERRAS POR LOS INSURGENTES
Los insurgentes emitieron un decreto sobre la distribución de tierras. Ese documento definía los latifundios a repartir dentro de las fuerzas armadas y regulaba la forma en que se repartiría la tierra, beneficiando directamente a los pueblos indígenas. -
DECRETO DEL 14 DE OCTUBRE
Pretendía formar la provincia del Istmo de Tehuantepec y apoyaba el libre poblamiento de la región. -
ley general de colonizacion
El propósito de esa ley era promover la colonización en la parte norte del territorio del país. -
Supremo Poder Ejecutivo
Esta ley es dictada por el supremo poder ejecutivo para distribuir la tierra entre las personas que quieren colonizar el territorio del país. -
LEY DE COLONIZACION 1830
Acta Colonial Anastasio de Bustamante de 1 de abril. Tiene por objeto proteger el territorio del país y evitar la colonización de extranjeros en los países limítrofes de la frontera norte. -
PLAN DE SIERRA GORDA
Ese plan se basaba en regular las demandas de la clase campesina mediante la adquisición de tierras concentradas en manos de unos pocos. Rebelión encabezada por Eleuterio Quiroz contra fuerzas del gobierno federal. -
DECRETO DE IGNACIO CONFORT
Este decreto permitió a los gobernadores de Puebla y Veracruz y al líder político de Tlaxcala intervenir por primera vez en los bienes eclesiásticos de la Diócesis de Puebla para compensar las consecuencias de la guerra con Estados Unidos. La importancia de esta disposición proviene de la ley de decomiso. -
LEY DE DESAMORTIZACIÓN
Según el presidente Ignacio Comonfort, se buscaba la influencia económica para integrar la mayor parte de las zonas rurales a la vida económica del país, promover el proceso de reparto de la riqueza, someter al clero católico dominante a la jurisdicción del país; sumar grupos campesinos a la causa nacional -
NACIONALIZACION DE LOS BIENES DEL CLERO
Todos los bienes que el clero manejaba bajo varios nombres no pasaban inmediatamente al poder de la nación, el objetivo era oponerse radicalmente al
futuro clero o introducir leyes de reforma. -
COLONIZACIÓN Y COMPAÑÍAS DESLINDADORAS
Durante el período de Porfirio se dictó la Ordenanza de Compañías Coloniales y Demarcatorias, que disponía la demarcación, medición y división de los baldíos pertenecientes al pueblo. Como resultado, las empresas de agrimensura cobraron un tercio de la propiedad por sus servicios, y gran parte de la tierra pasó a manos de extranjeros. -
ÉPOCA REVOLUCIONARIA
El descontento campesino como motivo de la Revolución Mexicana. "demanda" - entidad juridica que permitia la adquisicion de territorios declarados libres por sus duenos, las comunidades indigenas eran expulsadas de territorios antes respetados por la corona española. -
CONSTITUCION DE 1917
Como parte de la principal legislación en materia agraria. Arte. Artículo 27 de la Constitución Política, que crea las figuras de devolución y donación anunciadas anteriormente. -
Elías Calles y Álvaro Obregón
Vieron el ejido como una forma temporal que debía culminar en la formación y consolidación de un pequeño latifundio. Bajo el liderazgo de Calles, se crearon instituciones para hacer de la reforma agraria un proceso sólido y dotar de infraestructura a los nuevos propietarios. De ser necesario, se establecerá la Comisión Nacional de Riego y el Banco Estatal de Crédito Agropecuario. -
El Primer Período De Reforma Agraria
La tierra repartida entre 1920 y 1934
proporciona la base alimentaria del país, se fortalece el área de la unidad de recurso tierra. -
CÓDIGO AGRARIO
Mire la primera ley agrícola. Se aplican los principios del artículo. 27. División sistemática de la tierra contra la propiedad privada -
EL PODER EJECUTIVO
Organiza a los campesinos en un centro mayoritario (CNC). Al desempeñar tareas políticas, el ejido adquiere las dimensiones de un cuerpo político, demandante de servicios públicos y organizador del desarrollo social. -
EXPEDICIÓN DE CÓDIGOS AGRARIOS
Expedición de códigos agrícolas. Perfeccionaron los procedimientos de extension agricola -
REFORMA DEL ARTÍCULO 27
Personas jurídicas como conflicto fronterizo, propiedad común y reconocimiento de dominio. -
LEY FEDERAL DE LA REFORMA AGRARIA
La Ley Federal de Reforma Agraria derogó la Ley Agraria de 19
3, se enfoca en la organización de los agricultores, la producción campesina y la comercialización de productos agrícolas, la agricultura y los servicios agropecuarios y la alimentación nacional son organizados por el Estado, en materia ejidal considera la recaudación de tierras, bosques y aguas y todos los recursos naturales relacionados, y reconociendo la condición de persona jurídica para su aprovechamiento de legalidad. -
CULMINA EL REPARTO AGRARIO
La justificación de Carlos Salinas de Gortari para cambiar el artículo 27 de la Constitución de
establece que en los 70
años en la distribución de la agricultura, fue a partir de 1917, cuando el art.
27 Constitucionalmente, hasta 1991, el territorio de 50 países estaba
constituido en comunidad de bienes, entonces, según palabras del expresidente de la
república, ya no había más tierra que repartir, por lo que
concluye que la agricultura la distribución ha llegado a su punto máximo. -
SE CREA LA PROCURADURIA AGRARIA
Se crea la Fiscalía Agraria, institución pública con autonomía técnica que coadyuva a la representación y solución de problemas agrarios, la sociedad ejidal de terratenientes se mantiene como sujeto jurídico de propiedad social, la reforma impulsó la circulación de la propiedad de la tierra y la creación de un mercado de tierras . . , la propiedad social se conservó como una protección especial para evitar la propiedad y concentración de la tierra