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Period: Jan 1, 1492 to Dec 31, 1530
ETPA PREHISTORICA
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Jan 2, 1492
ETAPA PREHISTORICA
En la América precolombina, donde predominaban tres culturas poco desarrolladas (Azteca en México, Inca en Perú y Chibcha en Colombia), no se conocía la escritura alfabética. Pero, la actividad contable era práctica común entre aborígenes; por ejemplo, los chibchas, cuyo comercio se realizaba por medio del trueque de mercancías, registraban sus transacciones con colores pintados sobre sus trajes. -
Jan 3, 1492
DESARROLLO DE LA ETAPA PREHISTORICA
Se observa cómo las comunidades indígenas
americanas utilizaban métodos
contables superados desde tiempos inmemoriales
por las culturas del viejo mundo,
especialmente Europa. -
Jan 4, 1492
CONTABILIDAD Y SUS NECESIDADES
La contabilidad
en este medio demuestra una vez
más la invalidez de criterios impartidos,
en el sentido de que ella no es posible sin
la existencia de la moneda como patrón
de medida, de la existencia de la escritura
alfabética y del cálculo aritmético. -
Jan 5, 1492
ESPAÑA LOGRA IMPONER SU CULTURA EN AMERICA
España avasalló la cultura aborigen e impuso la suya; su idioma, religión, costumbres, conocimientos y en lo referente a la contabilidad, las prácticas vigentes en el Reino.
Afianzando las fuerzas feudales, que sometieron las culturas nativas y les impusieron las instituciones socioeconómicas propias. -
Jan 1, 1531
INICIO DE LA ETAPA DEL VIRREINATO
El colonizador impuso en América una serie de instituciones socioeconómicas que marcan el carácter feudal con que se inicia y mantiene la economía durante la Colonia. -
Period: Jan 1, 1531 to
ETAPA DEL VIRREINATO
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Jan 2, 1540
PROPIEDAD PRIVADA SOBRE LA TIERRA
La propiedad privada sobre la tierra fue una característica más de la Colonia. El monarca español reivindicó para sí el dominio de los territorios descubiertos, los cuales tomaron el nombre de tierras realengas, adjudicadas a los conquistadores a través de las capitulaciones, consistentes en contratos entre la Corona y el beneficiario, que obtenía determinados derechos y compromisos. -
Jan 5, 1550
EL PODER DE LA IGLESIA
Cuando se habló del sistema feudal europeo se hizo mención al gran poder que en él alcanzó la iglesia, en cierta forma América Latina parece ser una película que reproduce rápidamente todos los hechos que constituyeron la historia del viejo mundo, desarrollada durante milenios.
Durante la Colonia la iglesia fue la institución económicamente más poderosa. -
Jan 1, 1572
LIBRO COMUN DEL CARGO UNIVERSAL DE LA HACIENDA REAL
En 1572, por ordenanza real, Felipe II exige que en cada lugar donde existan casas reales debe llevarse un libro encuadernado, foliado y fi rmado por el jefe principal de distrito, en presencia del escribano de la Real Hacienda, que se titulará “Libro Común del Cargo Universal de la Hacienda Real” en el que cronológicamente se registraron las partidas
que pertenecieron a la Corona, la anotación de su procedencia y las causas que originaban los derechos del soberano. -
Jan 1, 1579
COMERCIO BASADO EN EL MONOPOLIO DE ESPAÑA
El comercio en la Colonia tuvo diferentes manifestaciones, basadas en el monopolio de España, pues existieron normas jurídicas que impidieron que este se realizara entre las colonias, y controlado a través de la Casa de Contratación que se estableció en Sevilla a partir de 1579. -
PRIMERAS MONEDAS EN AMERICA
“Las primeras monedas conocidas en América fueron españolas: el escudo de oro y el real de plata. Circulaba también la macuquina, moneda de plata acuñada
en Méjico y Lima, que subsistió aun después
de la independencia, dando motivo a fraudes”.
“El sistema monetario español en América, se fundaba en una moneda imaginaria para cubrirse con una real. El oro en polvo vino a cumplir funciones de moneda en las transacciones pues regiones como Antioquia hasta 1789 no usaron moneda acuñada. -
ORGANIZACION DE HACIENDA EN AMERICA LATINA
Otro aspecto que contribuye al conocimiento de la contabilidad en América Latina es la organización de la Hacienda Pública. Esta generó todos sus ingresos en impuestos que gravaban especialmente los consumos y el trabajo. Estos impuestos podían ser civiles o eclesiásticos,
recaudados por el poder público por el acuerdo existente entre el papado y los monarcas españoles. -
DEBE Y HABER
En 1678, Felipe IV dispone que los Contadores Reales deben presentar cuentas de cargo y data (debe y haber) cada dos años al Real Tribunal de Cuentas en los términos y formas que se le había prevenido.
Hay entonces un método de registro y control de los impuestos que se recaudan y administran directamente por la Corona, mediada por el virreinato.
En cuanto a los impuestos recaudados por particulares, el método usado fue el conocido como oferta. -
CONTABILIDAD COMO DISCIPLINA DE FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
Las universidades impartian conocimientos de Teología, Derecho Canónigo y Derecho Civil a fin de cumplir sus objetivos de formar clérigos y funcionarios coloniales. Se observa, tal como sucedió en la Europa Feudal, que el
conocimiento constituye secreto, propiedad individual respaldada con un título, y la contabilidad no se ejerce como profesión liberal, sino como una disciplina adicional que los clérigos y juristas aprenden para funciones administrativas al servicio de la iglesia. -
Period: to
ETAPA DE LA REPUBLICA
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LA REPUBLICA COMO ESTADO INDEPENDIENTE
A partir de la etapa de la República se comienza a configurar un Estado independiente de la corona española, con un sistema de gobierno, que aunque con rezagos del régimen colonial, se encontraba bajo la dirección de los criollos, los cuales tenían a partir de ese momento la responsabilidad de administrar eficientemente los recursos de la naciente República de Colombia, y asumir las funciones básicas que hasta ese entonces tenía. -
DISPOSICIÓN GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE HACIENDA PÚBLICA
Se presenta algunos días después de la Batalla de Boyacá, en la cual el Libertador Simón Bolívar ordena que todos los bienes de los españoles conquistadores fueran confiscados y que los mismos harían parte del patrimonio de la Nación. Así, el Libertador hace uso de medio millón de pesos, que al parecer dejaron los españoles en la casa de la moneda de Bogotá, para financiar la campaña libertadora que hasta el momento dirigía en Colombia y Venezuela. -
PEDRO GUAL MINISTRO DE HACIENDA E IMPUESTO DE RENTA
En el periodo de Pedro Gual como Ministro de Hacienda se presentaron varios proyectos de ley, entre los cuales, se aprueba en septiembre de 1821 en el “Congreso de Cúcuta” el impuesto de renta como tributación directa que gravaba “la renta agrícola, la de propiedades inmobiliarias y mobiliarias, la renta minera e industrial, la de capitales dados a interés, la renta comercial, los sueldos, y la renta de bienes de manos muertas”. -
IMPUESTOS FUENTE DE RECURSOS PARA EL ESTADO
Se crean en este período algunos tributos que hoy constituyen una fuente importante de recursos para el Estado, tales como: Impuesto predial, impuesto sobre la renta, industria y comercio, etc., es decir, principalmente la tributación directa como forma más eficiente y económica para el recaudo de ingresos por parte del Estado. -
ORGANIZACION DE LA CONTADURIA GENERAL
En 1821, mediante la ley del 6 de Octubre, se organiza la Contaduría General, con el fin de reglamentar el funcionamiento de la Oficina de Contaduría de Hacienda con cinco contadores bajo nombramiento oficial. -
ELABORACION DEL CODIGO FISCAL
En el año de 1873 se elabora el Código Fiscal. De acuerdo con el Código de Comercio de 1887 se exige a todos los comerciantes llevar a menos cuatro libros de contabilidad: Diario, Mayor, Inventarios y Balance, junto con el libro copiador de cartas; en los años siguientes se establecen las normas y procedimientos para el manejo de estos libros. -
ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO DECRETO 140 DE 1905
La creación de la Escuela Nacional de Comercio, para la enseñanza de la contabilidad, además de aritmética comercial, derecho mercantil, caligrafía, taquigrafía, geografía y mecanografía, corresponde a una continuación del modelo latino cuyos primeros pasos se iniciaron con la expedición de los Códigos Civil y Comercial. -
PERIODO DE LEYES PARA ORGANIZAR FINANZAS DEL ESTADO
Ley 25 de 1923, orgánica del Banco de la República.
Ley 31 de 1923, por la cual se fija el número y nomenclatura
de los ministerios.
Ley 34 de 1923 sobre formación y fuerza restrictiva del presupuesto nacional.
Ley 36 de 1923 sobre administración y recaudación de rentas.
Ley 42 de 1923, sobre organización de la contabilidad nacional y creación del Departamento de Contraloría.
Ley 45 sobre establecimientos Bancarios (crea la Superintendencia Bancaria). -
AMPLIACION DE LA ESCUELA DE COMERCIO NACIONAL
Se amplio la Escuela Nacional de Comercio, buscando que la enseñanza que se impartía, fuera nivelada a los estudios comerciales que se daban en algunos países de Europa. -
LA CRISIS DEL 30
El gobierno Colombiano se vio con una interrupción de flujos de capital, mayores pagos por la deuda externa contratada en los años anteriores. Como consecuencia a esta situación, hubo una paralización de obras públicas, despido de trabajadores, descenso en precios. -
LEY 58 DE 1931: REVISOR FISCAL Y CONTADOR JURAMENTADO
La actividad industrial continuó su desarrollo para fomentar la creación de sociedades anónimas, para lo cual el Gobierno expidió la Ley 58 de 1931, mediante la cual se creó la figura del Revisor Fiscal. En el articulo 46 de esta ley se dio reconocimiento a la profesión de contador juramentado. -
LEY 81 DE 1931
La Ley 81 de 1931 reordenó en Colombia
el impuesto sobre la renta, ya establecido
en 1918, creando con ello la necesidad de
información contable para su tasación,
ampliando la actividad de los contadores. -
LEY 73 DE 1935
Relacionada con el manejo contable de las empresas públicas y privadas y el ejercicio de la profesión, fijó normas reglamentarias para el ejercicio de la profesión en el país. -
CREACION DE INCP
Instituto Nacional de Contadores Públicos (INCP) -
LEY 145 DE 1960
Se reglamento definitivamente el ejercicio de la profesión y fijó los requisitos necesarios para su práctica. -
DECRETO NÚMERO 1651 DE 1961
Se determinaron normas y procedimientos requeridos para ejercer la profesión, llevar contabilidades, autorizar estados financieros y elaborar declaraciones de renta. -
DECRETO 2649 DE 1993
Principios y normas de la contabilidad actuales