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En cualquier comunidad primitiva la administración de justicia se encontraba en manos de un jefe.
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Los litigios tenían características místicas mágicas o religiosas.
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Los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad.
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Se caracterizó por ser un pueblo jurista y guerrero.
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Los interesados acudían a un magistrado público y ante el exponían sus pretensiones.
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Son procedimientos rigurosos enmarcados en cierto ritualismo muy vecino a la religiosidad
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Al procedimiento sólo tenían acceso los ciudadanos Romanos.
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Las pretensiones y las resistencias de los litigantes se presentan ante el magistrado, que ya no expide una formula, sino que conduce el proceso y dicta la resolución.
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Desaparece la duplicidad y se presentan ante un funcionario estatal, el magistrado.
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En el proceso alemán existía una asamblea del pueblo llamada Ding, ante la cual el juez intervenía como instructor.
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La jurisdicción esta cargo de los funcionarios.El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo dentro del cual se presenta la demanda.
Surgen los juicios de tipo sumario; A) el procedimiento ejecutivo, B) el proceso de mandato condicionado o no condicionado, C) el procedimiento de embargo. -
El derecho español se aplico durante la colonia.
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Se refiere a etapas evolutivas del proceso.El juez tenia un poder que le ha sido delegado por el "soberano" y que era ilimitado ya que no solo fungía como juzgador, sino también se convertía en investigador e incluso en acusador,
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Leyes de Toro.
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Surge la corriente codificadora para garantizar los derechos del ser humano frente a los abusos de la actividad estatal.
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