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Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
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La cultura de las personas raizales de las Islas es diferente de la cultura del resto de los colombianos, particularmente en materia de lengua, religión y costumbres, que le confieren al raizal una cierta identidad. Tal diversidad es reconocida y protegida por el Estado y tiene la calidad de riqueza de la Nación. El incremento de la emigración hacia las Islas, tanto por parte de colombianos no residentes como de extranjeros, ha venido atentando contra la identidad cultural de los raizales.
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Los objetivos del presente Convenio, que se han de perseguir de conformidad con sus disposiciones pertinentes, son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías tienen el derecho sobre esos recursos y esas la tecnología.
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“Su propósito establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana” .”. (Ley 70, 1993)
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La población "raizal" de San Andrés y Providencia es un grupo étnico perfectamente definido, como lo evidencian su aspecto físico, sus costumbres, su idioma y su pertenencia mayoritaria al Protestantismo. Negarle tal carácter aduciendo que las islas fueron pobladas por gentes de diversos orígenes raciales, es razón baladí, pues bien sabido es que no existen razas puras. En lo relativo a los empleados públicos, es apenas normal que éstos deban, al menos, hablar el idioma del territorio actual.
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Por medio del cual se reglamenta la atención educativa para grupos étnicos
Artículo 1°.- La Educación para grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos. -
Más de 30 Organizaciones ocuparon pacíficamente la Conferencia Episcopal en Bogotá, para exigirle al Gobierno Nacional garantías para el goce efectivo de los derechos individuales y colectivos, que desde la colonia han venido siendo violentados.
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Luego de la ocupación pacífica de la Conferencia Episcopal en Bogotá, como parte de las negociaciones se logra concertar dos Decretos, el primero el 1396 de 1996 que da origen a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, con sus propias funciones y con una estructura claramente establecida, y el Decreto 1397 de 1996, que crea la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) y la Mesa Permanente de Concertación Nacional (MPC), cada una con funciones distintas pero con una estructura similar.
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Por la cual se desarrollan los Artículos 70, 71 y 72 y demás Artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
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Por el cual se reglamenta la consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio.
Artículo 1º. Objeto. La consulta previa tiene por objeto analizar el impacto económico, ambiental, social y cultural que puede ocasionarse a una comunidad indígena o negra por la explotación de recursos naturales dentro de su territorio, conforme a la definición del artículo 2º del presente decreto, sus medidas en proteger su integridad. -
Pretende realizar un aporte encaminado a la visibilizarían, reconocimiento, protección, y garantía de los derechos colectivos del pueblo ROM(gitano) de Colombia, consientes de la importancia desproteger y promover la diversidad étnica y cultural nacional dirigidas a garantizar sus derechos colectivos y fundamentales.
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El Dia Nacional de las Lenguas Nativas, se conmemora en Colombia cada 21 de febrero desde el año 2010, en corcondancia con la celebración del día Mundial de la Lengua Materna, establecido por la Unesco en 1999, con el fin de promover la diversidad lingüística y cultural a nivel internacional.
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Este artículo intenta ordenar cronológicamente los eventos más relevantes de la historia de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) de todos los tiempos.
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El Acuerdo Distrital 175 de 2005 estableció los lineamientos de política pública para este grupo poblacional en Bogotá e institucionalizó la celebración del 21 de mayo como el Día de la Afrocolombianidad.
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Celebra la diversidad y la dignidad humana, por el que transmiten mensaje para ejercer derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación para las personas con discapacidad y la plana participación en todos los ámbitos de la vida.
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América latina y el caribe es la región del planeta con más desigualdad, discriminación y violencia. La situación afecta a millones de niñas, niños y adolescencia. Cambian según el lugar de residencia, las normas sociales y a la condición de la pobreza.
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Contempla un marco de protección integral a la infancia y la adolescencia victima de violencia política. Según la Unidad de Víctimas de Colombia, entre 1985 y 2021, el conflicto armado en el país afectó a más de dos millones de niños, niñas y adolescentes, a través del desplazamiento, el confinamiento, el reclutamiento, el abuso y la violencia sexual, entre otros.
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Busca garantizar que agentes culturales y la población en general tengan posibilidades de producir, disfrutar y acceder a bienes y servicios culturales. Viabiliza y protege el desarrollo de capacidades artísticas y el fortalecimiento de la identidad del país.
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Que con el fin de garantizar una más eficiente gestión de la entidad, se hace necesario modificar las funciones establecidas en el Decreto 556 de 2006 a las dependencias de la Secretaría Distrital de Integración Social.
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En el análisis del desarrollo del Milenio, las agencias y CEPAL consideran que la autonomía de las mujeres en la vida privada y publica es fundamental para garantizar sus derechos
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Desde el año 2008 el Instituto adoptó una estrategia modular para la elaboración del informe anual sobre el estado de la biodiversidad. Esta estrategia consiste en abordar cada año una determinada porción del territorio nacional, examinando en detalle la información de línea base existente y contrastándola, en lo posible, con situaciones documentadas en tiempos recientes mediante la aplicación de una serie de indicadores que sugieren eventualmente la existencia de cambios o evidencian tendencia.
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Los Estados Partes prohibirán toda discriminación por motivos de discapacidad y garantizarán a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo.
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ARTÍCULO 5°. Derecho de uso de las lenguas nativas y del castellano. Los hablantes de lengua nativa tendrán derecho a comunicarse entre sí en sus lenguas, sin restricciones en el ámbito público o privado, en todo el territorio nacional, en forma oral o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales y religiosas, entre otras. Todos los habitantes de los territorios de los pueblos indígenas, del corregimiento de San Basilio de Palenque, municipio de Mahates, etc.
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LEYES
Otras leyes que se han expedido y que tienen como efecto la generación de un marco jurídico en contra de la discriminación de las personas por razones de identidad u orientación sexual, son las siguientes: Ley 1482 de 2011, Ley antidiscriminación, que penaliza los actos de discriminación como delitos -
Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá. Bogotá Humana. 2012 – 2016. SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL.
Y se propone seguridad para la comunidad LGBTI -
En 2013 Colombia se unió a la Convención sobre la Protección de la Diversidad de las Expresiones culturales de la Unesco, una iniciativa internacional que pretende que las estados protejan y fomenten la diversidad cultural y creativa de sus territorios.
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Estudio de la diversidad genética de la población de gato doméstico (Felis catus) en Montería, Colombia.
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Al que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios .Esta ley cumple el objetivo de sancionar actos de discriminación como de raza, religión, sexual, etc. Por esta razón esta ley acobija a las personas vulnerables.
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Artículo 1º. Objeto. La Política Pública Nacional tiene como objetivo garantizar el ejercicio pleno de los derechos de lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales, (LGBTI).
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La Procuraduría General de Justicia del Estado ha presionado para que la investigación se centre en tratar con el objetivo de enjuiciar y sancionar a los responsable de las agresiones a grupos atacados por su diversidad. Casos de racismo y acoso en la comunidad africana y LGBTI. Reconociendo la gravedad de la violencia causada por la discriminación, la Fiscalía General del Estado, va por un nuevo enfoque de las investigaciones destinadas a juzgar y sancionar a los responsables de las agresiones.
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Decreto número 762 de 2018, por el cual se adiciona un capítulo al Título 4 a la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior, esta ley tiene como objeto promover y garantizar los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.
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Las Naciones Unidas declararon en el 2019 Internacional de las Lenguas Indígenas para llamar la atención sobre la pérdida de las lenguas indígenas, y con ello la necesidad de preservar, revitalizar y promover las lenguas indígenas a nivel nacional e internacional. Según el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas: "Actualmente, solo el 3 por ciento de la población mundial habla el 96 por ciento de los casi 6700 idiomas del mundo.
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La conferencia ColomBiodiversidad tiene como objetivo promover la diversidad y la riqueza natural de Colombia, al mismo tiempo que sensibiliza a los colombianos sobre la importancia de proteger el medio ambiente. ColomBiodiversidad es un festival anual que tiene como objetivo informar a la mayor cantidad de personas posible sobre la importancia de la protección del medio ambiente en Colombia. Creado y organizado desde 2014 por Envol Vert, un evento sin fines de lucro destinado a promover.
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En 2018, la Corte Constitucional se pronunció sobre el primer caso de discriminación racial en el lugar de trabajo. Establecer un precedente legal que requiera que las empresas luchen contra la discriminación racial. Luego de 5 años de litigio, la Corte Constitucional en Sentencia T-572/17 reconoció (i) el acoso laboral entre compañeros y afirmó que las expresiones coercitivas entre compañeros constituyen acoso laboral, hubo un fallo para los grupos étnicos en Colombia, para Jack Becerra.
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El tema del Día Internacional 2022 es "Voces para la Acción contra el Racismo", que enfatiza la importancia de mejorar la participación y representación pública libre y segura en todos los ámbitos de la toma de decisiones para prevenir y combatir la discriminación racial; en resumen, reclama que el discurso Se respeta el derecho de reunión libre y pacífica, se protege el espacio cívico y se reconoce la contribución de las personas y organizaciones que luchan contra la discriminación racial.