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Provenientes del norte de Europa hacía la península ibérica, se mezclaron con los asentamientos naturales de los iberos. Ejercían en su justicia la indemnización, el combate y la venganza. Las penas eran ejecutadas por los jefes. Su derecho era consuetudinario con algunas disposiciones escritas. Tenían pactos de hospitalidad y clientela.
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Los fenicios fundan Gadir, Malaca y Abdera. La administración es de pequeño Estado con gobierno aristocrático, consejo para cuestiones de mayor importancia y 3 magistrados con facultades políticas, jurídicas y de hacienda pública.
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Los Griegos establecen colonias en la costa aportando al derecho local el pensamiento filosófico-jurídico con obras de platón y aristoteles también instituciones jurídicas como la hipoteca y los bienes parafernales por ejemplo..
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Durante el siglo VI Cartago ocupa las colonias fenicias en la península consolidando su hegemonía en el mediterráneo.
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Dominio hegemónico de Cartago sobre el mediterráneo y la costa de la península ibérica, ocupa colonias Fenicias y Griegas de la costa, y funda las suyas propias como Cartago Nova.
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264 al 241. Cartago es derrotado por Roma en la primera Guerra Púnica, perdiendo el dominio de sicilia, corcega y cerdeña, pero conservando el de Hispania.
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218 al 201. Roma consigue la victoria sobre cartago despojándolo de sus posesiones en Hispanía y convirtiéndose en la potencia del mediterráneo.
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Dominio Romano sobre el mediterráneo y la península Ibérica imponiendo paulatinamente el derecho romano vulgar.
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En Hispania gobierna un Procónsul o Pretor nombrado por el senado con facultades militares, administrativas, civiles y penales. Se impone paulatinamente el Derecho Romano Vulgar (por los errores en su interpretación) gracias a su adecuada recepción.
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Se divide a la provincia en hispania citerior e hispania ulterior, ejerciendo roma su dominio politico-administrativo sobre la primera.
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Periodo de estabilidad en el Imperio que permitió la asimilación de los pueblos conquistados (incluida hispania) y con ello la expansión y aceptación de su administración, el derecho romano y sus valores morales y materiales.
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En el año 74 de la era común, el emperador Vespasiano otorga la ciudadanía a todos los hispanos libres.
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Pueblos bárbaros germanos como Vandalos, Alanos, Suevos y Visigodos invaden y se asientan en partes del imperio.
Poseen un derecho consuetudinario ligado a la religión, el cual se determina en asambleas-tribunales donde se observan penas como:
- Venganza
- Wergeld (retribución a modo de contravalor)
- Pena capital -
Los visigodos inician la ocupación de la península ibérica, desplazan a los alanos, suevos y vandalos pero realizan la incursión definitiva hasta el 507.
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Los visigodos ocuparon territorios romanos desde el siglo IV luego de un acuerdo de protección con el emperador Honorio e hicieron grandes aportaciones precursoras del derecho castellano.
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Escrito por el Rey Teodorico I, contenía esencialmente lo concerniente a la repartición de tierras.
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Con la caída del imperio romano de occidente se da inicio a la edad media.
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Contenía leyes escritas, esencialmente derecho germánico con algunos aportes de disposiciones y edictos del derecho romano posclasico.
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También llamado lex romana visigothorum, era una recopilación de derecho romano al que se incorporaron aportaciones visigóticas con la finalidad de integrar a la población galo-romana con los pueblos bárbaros germanos.
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Los visigodos consiguen expulsar definitivamente a los pueblos bárbaros germanos que anteriormente invadieron la península en tiempos romanos.
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Los godos se retractan del arrianismo y aceptan la fe cristiana.
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Obra más importante del derecho Visigodo. Estaba dividido en 12 libros inspirado en el derecho romano con leyes de reyes godos,concilios toledanos, usos, costumbres y leyes germanas así como la incorporación de derecho Canónico.
Se considera el origen de las leyes de españa. -
Ervigio reforma el "Codigo Recesvinto", que posteriormente se convertirá en el Fuero Juzgo
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Los arabes/musulmanes invaden con éxito la península ibérica, esto genera una dispersión normativa pues los musulmanes permitieron a los territorios conservar sus religiones, leyes y costumbres.
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Con la reconquista surgieron reinos a partir de los núcleos cristianos del norte de la península.
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Los reinos cristianos inician la reconquista de la peninsula y otorgan el derecho de fueron a los territorios recuperados. Coexiste la Ley Foral junto a principios musulmanes. Se impone el Liber judicium como politica de unificación de derecho.
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Se establece el fuero de León como reino independiente.
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Se establece el fuero viejo de castilla, considerado el segundo cuerpo más importante para las leyes españolas. Separado de la corona de León. Será aumentado y enmendado en 1128 por Alonso VIII, se le unirán usos y costumbres de castilla y fazañas o sentencias pronunciadas en tribunales.
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Con la unión de las coronas de Castilla y León como herencia al rey Fernando III el santo, se consolida el absolutismo del reino de Castilla.
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4 cuerpos jurídicos fundamentales y 2 complementarios promulgados por Alfonso X que buscaron la unificación jurídica.
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Promulgado por Alfonso X "El sabio", estaba influenciado por Derecho romano y canónico, contenía temas dispersos,derecho político, eclesiastico, procesal, civil y penal. Por el se decidían los juicios en tribunales. No fue bien recibido.
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Obra doctrinal con principios juridicos, filosoficos, religiosos y eticos. Escrito en 7 libros. Con estilo didáctico y moralizante.
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Promulgado por Alfonso X, comprendía 5 libros, compuesto de derecho romano, derecho canónico, e incluyó los fueros de León y Castilla. Fue aplicado en el tribunal del Rey.
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"Cultura de Santos y Sabios antiguos"
Estaba dividido en 7 partes. Recoge fuentes jurídicas del derecho romano, canónico y feudal, partes de la biblia, de obras de aristoteles, de séneca, cicerón y boeccio, además de tratados militares y obras de origen orientalcomo "Paridad de paridades". -
Colección de leyes regias para aclarar malas interpretaciones del fuero real.
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252 leyes con autoridad del rey, contenía interpretaciones, aclaraciones y advertencias relativos al fuero real y normas de derecho procesal penal.
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Promulgado por Alonso XII quien ordenó que rigiera en sus dominios. De carácter legislativo, contiene derecho procesal, penal,sucesorio, de obligaciones y contratos. Buscó remediar el caos legislativo antes que otros cuerpos jurídicos.
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Modificaciones hechas al fuero de castilla por el Rey Pedro, contiene 5 libros con derecho publico, penal, procesal, obligaciones y de familia.
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Con el matrimonio de los reyes Católicos se inicia la integración territorial de España con la anexión de Valencia, Navarra, Mallorca y el Condado de Cataluña.
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Se establece el tribunal del santo oficio.para suprimir la herejía.
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Promulgadas por Alonso Díaz de Montalvo, era una compilación y aclaración de leyes interpretadas por una comisión de juristas de diversos campos. Incluía leyes de Reyes desde Alonso XI hasta los reyes católicos.
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Con el descubrimiento de América se acaba la edad media e inicia el renacimiento.
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En 1502 concluye la expulsión de los musulmanes de España por los reinos cristianos.
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83 leyes que ordenan la aplicación y recogen y actualizan el corpus legislativo de la Corona de Castilla y León durante toda la Edad Media. Contiene derecho civil, sucesorio, matrimonial, procesal, derechos reales y de obligación así como derecho penal.
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Con Carlos I se unifican las coronas de los reinos españoles
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Divididas en 9 libros, fueron un conjunto de cedulas, provisiones, ordenanzas y otras instrucciones para evitar la confusiones en territorios americanos. Poseía la fuerza y autoridad necesaria para la resolución de pleitos y negocios de la América. Tenía valor por encima de los preceptos de Castilla.
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Promulgada durante el reinado de Juana la Loca, contenía leyes sueltas y en cuadernos, estaban contenidas en 2 tomos de 9 libros.
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En ella se enfrentaron Felipe V y el Archiduque Carlos VI, alcanzando la victoria el primero y convirtiéndose en Rey de España.
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Promulgados por Felipe V, son la unificación jurídica con la abolición de leyes de instituciones propias de los reinos de valencia, aragón, reino de mallorca y principado de Cataluña.
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En 1745 Se añade 3er Tomo "Autos acordados del consejo". Contiene más de 500 pragmáticas, cedulas, decretos, ordenes, declaraciones y resoluciones reales.
- De 1745 a 1777 se añaden 26 leyes y 12 autos -
Revisada y aprobada por Carlos IV.
Se compone de 12 libros y en ella se añaden a la ya existente recopilación de castilla más de 2000 providencias respectivas desde 1745 a 1805.