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Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto

  • 1991 BCE

    Reconocimiento

    Reconocimiento
    Los mecanismos de solución alternativa de conflictos se reconocieron por primera vez en nuestro país, con la Constitución Política de Colombia de 1991, en el artículo 116 inciso 4, el cual nos dice lo siguiente:
    Excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les será permitido adelantar la instrucción de sumarios ni juzgar delitos
  • La Ley 23 de 1991

    La Ley 23 de 1991
    En su momento llamada Ley de Descongestión de Despachos Judiciales en la cual por primera vez se consagra la figura de la conciliación extrajudicial (Illera, García & Ramírez, 2012).
  • Period: to

    Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto

    Los mecanismos alternativos de solución de conflictos son Herramientas jurídicas creadas, no solo para la descongestión de los despachos judiciales; sino también para garantizar la convivencia pacífica en las comunidades.
  • Ley 446 de 1998

    Ley 446 de 1998
    Esta modificó lo concerniente a la figura plasmada en la Ley 23, introdujo los principios de informalidad y celeridad sobre los que se cimienta la conciliación en equidad, y añadió además los efectos del acta de cosa juzgada y merito ejecutivo (Ilera, García & Ramírez, 2012).
  • Decreto 1818/1998

    Decreto 1818/1998
    Se denomino Estatuto de Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos, el cual consagró en su artículo 86 que las autoridades competentes para elegir a los conciliadores en equidad son los tribunales superiores del distrito judicial de jurisdicción ordinaria en las ciudades y los jueces primeros de mayor nivel jerárquico en el resto de municipios del país (Illera, García & Ramírez, 2012).
  • Jueces de Paz

    Jueces de Paz
    Se reglamenta todo procedimiento.
    El Congreso de Colombia DECRETA:
    . Principios de la justicia de paz
    . Objeto, jurisdicción y competencia de la justicia de paz
    . Elección, periodo y requisitos
    . Inhabilidades, impedimentos e incompatibilidades
    . Remuneración, financiación y capacitación
    . Procedimiento
    . Reconsideraron de la decisión
    . Control disciplinario
    . Faltas absolutas y temporales (Bogotá, 1999)
  • Ley 497 de 1999

    Ley 497 de 1999
    La cual reglamenta todo el procedimiento de los jueces encargados de resolver conflictos.se sustenta la jurisdicción de paz (Higuita, 2010).
  • Decreto 1477 de 2000

    Decreto 1477 de 2000
    las casas de justicia se constituyen como centros multiagenciales de información, orientación, referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos, facilitándole el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos (Illera, García & Ramírez, 2012).
  • La Ley 575 de 2000

    La Ley 575 de 2000
    Señala competencias en materia de violencia Intrafamiliar (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • Primera Casa de Justicia: La Paz

    Primera Casa de Justicia: La Paz
    En lo que respecta a las casas de justicias, el proceso de implementación de estas nació con la primera casa de justicia del barrio La Paz (Illera, García & Ramírez, 2012)
  • Ley 640 de 2001 como requisito de procedibilidad

    el artículo 35 de la Ley 640 De 2001 va más allá en la conciliación
    como soporte de la justicia y establece la misma, como un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativa, la civil y la de familia. El artículo 37 desarrolla como requisito de procedibilidad, puesto que debe agotarse Obligatoriamente para acudir a la justicia en los asuntos de lo contencioso administrativo.
  • La Conciliación

    La Conciliación
    C-893-2001, Agosto 22 La Conciliación: Definición, clases, trámite y procedibilidad; La conciliación en materia contencioso administrativa y laboral; Facultades del Gobierno para reglamentar la conciliación; Acción pública de inconstitucionalidad contra los artículos 12, 23, 28, 30, 35 y 39 (parciales) de la Ley 640 de 2001; Declarar INEXEQUIBLES los artículos 12, 30 y 39 de la Ley 640 de 2001. Importante Salvamento y aclaración de voto sobre los temas tratados
  • LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA

    LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA
    regula los procesos de procedimientos de mediación y conciliación bajo los principios de equidad, imparcialidad, rapidez, profesionalismo y confidencialidad.
  • Jueces de Paz en Antioquia

    Jueces de Paz en Antioquia
    Se posesionaron en el Oriente antioqueño varios jueces, jueces de paz, y jueces de reconsideración (Higuita, 2010)
  • Acuerdo 0010

    Acuerdo 0010
    El Concejo Distrital, mediante el Acuerdo 0010 en uso de sus facultades constitucionales y legales convocó, por primera vez, a elecciones de jueces de paz y de reconsideración en el distrito (llera, García & Ramírez, 2012).
  • Acuerdo 2627 de 2005

    Acuerdo 2627 de 2005
    Mediante el Acuerdo 2627 de 2005, el Tribunal Superior eligió a cuarenta y siete conciliadores en equidad para la Casa de Justicia del suroccidente de Barranquilla (Ilera, García & Ramírez, 2012).
  • Jueces de Paz en acción

    Jueces de Paz en acción
    Los jueces de paz iniciaron funciones en el ámbito nacional (Ilera, García & Ramírez, 2012)
  • Sentencia C-59

    Sentencia C-59
    De acuerdo a la sentencia C-59 del 1 de febrero del año 2005 señala que la conciliación en equidad se encuentra fundamentada en el articulo 116 de la carta política donde permite a las partes a investir y inhabilitar transitoriamente a particulares de la función de administrar justicia y profieran fallos en equidad.
  • Acuerdo 2671

    Acuerdo 2671
    El último proceso de selección mediante el Acuerdo 2671, del mismo Tribunal, el cual resolvió elegir como conciliadores en equidad a 13 líderes Comunitarios (Ilera, García & Ramírez, 2012)
  • . Decreto 1716 de 2009

    . Decreto 1716 de 2009
    El Presidente de la República, con fundamento en las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, expidió el Decreto 1716 de 2009, con el objeto de desarrollar normativamente la conciliación en asuntos de lo contencioso administrativo.
  • Ley 1395 de 2010

    Ley 1395 de 2010
    Se estipula la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos susceptibles de conciliación en el área de civil y familia (el artículo 52 modificó el artículo 35 de la Ley 640 de 2001) (Ilera, García & Ramírez, 2012).
  • La ley 1563

    La ley 1563
    La ley 1563 de 2012 en su artículo 59 define la amigable composición como un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual dos o más particulares y una o más entidades públicas o quien desempeñe funciones administrativas, delegan a un tercero, denominado amigable componedor.
  • Fortalecimiento casas de Justicia

    Fortalecimiento casas de Justicia
    Según expresa Ávila (2015): “Las casas de justicia en Colombia se conciben como centros interinstitucionales de orientación, referencia y atención para facilitar el acceso de la población de determinada localidad a servicios de justicia formal y no formal (Illera Santos, García Iragorri, & Ramírez Torrado, 2012)
  • Sentencia de unificación en MASC del 11 de octubre de 2018

    Sentencia de unificación en MASC del 11 de octubre de 2018
    En reciente sentencia de unificación del 11 de octubre de 20189, la Sección Primera del Consejo de Estado reivindica la importancia de los MASC como mecanismos alternativos de solución de Controversias e indica que la audiencia especial de pacto de cumplimiento es una modalidad de mecanismo alternativo de solución de conflictos.