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Period: 2500 BCE to 1521
Época Prehispánica
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2000 BCE
Derechos Prehispánicos
Los derechos prehispánicos ya poseían una noción de delitos penales, su forma de gobierno era teocrática y
en el castigo corporal, sus excesivos métodos de castigo iban desde la flagelación y corlarles la boca de oreja
a oreja como el empalamiento y la muerte -
1800 BCE
Mayas
El derecho penal maya era severo. No contemplaba la pena
de prisión, sí la de muerte, la del talión y la de esclavitud;
esta última era hereditaria. La pena y la obligación de
reparar los daños eran trascendentales, podían alcanzar a
los hijos, a la esposa y a los demás parientes del condenado.
Los delitos principales eran robo, adulterio. Homicidio,
traición, estupro, deudas civiles. -
1400 BCE
Aztecas
Las penas a los delincuentes iban desde los palos, los azotes, la
prisión, las mutilaciones, la esclavitud, hasta la muerte, la cual
se realizaba por medio de la horca, el descuartizamiento,
lapidación. La mayoría de los delitos graves eran castigados con
la pena de muerte (el aborto, el adulterio, el asalto, la calumnia,
el estupro, la hechicería, el homicidio, el incesto, la traición era
castigado con la esclavitud. -
1478
Santa Inquisición
La Inquisición era un Tribunal que tenía como misión la
defensa de la fe y la moral de la Iglesia católica, mediante
la persecución de los delitos que atentaran contra una u
otra (la fe o la moral), la herejía (negar dogmas de fe, como
la existencia de Dios o la pureza de la Virgen María), la
idolatría, la solicitación, prácticas de magia o hechicería y
delitos menores (como la blasfemia o proferir
públicamente expresiones soeces o sexuales) y la bigamia. -
1505
Las Leyes de Toro
Las Leyes de Toro tienen la importancia de haber
conseguido asentar el Derecho patrio sobre una base tan
sólida que, desde su vigencia, no puede dudarse ya de la
independencia y unidad del Derecho Real -
Period: 1521 to
Época de la Colonia
Periodo de la Historia de México que transcurrió entre la conquista española a México-Tenochtitlán hasta la conquista, dominio y población de todos los territorios mexicanos por parte de los españoles. -
1522
Penas
La imposición de penas debía tener en consideración a la persona del reo pero tal apreciación es clasista en
las leyes españolas. La mayor sanción recae sobre el siervo y la menor sobre el noble o el señor, con
quebranto del principio de igualdad ante la ley. -
Las Leyes de Indias
Las Leyes de Indias son la legislación promulgada por los
monarcas españoles para regular la vida social, política y
económica de los territorios americanos pertenecientes a la
Monarquía Hispánica. Enunciadas entre 1523 y 1542 y
recopiladas a finales del siglo XVII, siendo publicadas en fecha de
18 de mayo de 1680. -
Period: to
Época Independiente
El periodo de nuestra historia conocido como la Guerra de Independencia empieza (estrictamente hablando) la madrugada del 16 de septiembre de 1810, cuando el padre Miguel Hidalgo da el llamado “Grito de Dolores” y termina el 27 de septiembre de 1821 (11 años después) con la entrada triunfal del Ejército Trigarante. -
Cambios en México
En México a partir de que se consigue la independencia de la corona española, surgió un nuevo sistema de
gobierno, y por ende se necesitaban leyes, es por ello que los encargados de mantener el orden en la nueva
república se dieron a la tarea de crear leyes en base a las necesidades de esa época -
Constitución de Apatzingan
El 22 de Octubre de 1814 con la Constitución de Apatzingan se encuentran las bases constitucionales para la promulgación de las futuras leyes penales. -
Regulación de Reglamento
La falta de regulación penal llevó a las autoridades independientes, a declarar la continuación de la vigencia
de todas las leyes que hubieran regido en el país en todo lo que no se opusiera a al nuevo sistema y siempre
que la nueva legislación no la hubiere derogado. -
Regulación de Reglamento
No se pudo abstraer de reglamentar lo relativo a armas de
fuego, bebidas alcoholizadas, vagos y mendigos y la
organización policial. Se facultó al ejecutivo para indultar,
conmutar, dispensar total o parcialmente las penas y para
decretar el destierro (1824). Se reguló la sustanciación de
causas, se determinaron competencias y se encomendó al
ejecutivo la ejecución de sentencias (V-11-1831, I-5-1833); las
cárceles (1814, 1820 y 1826), haciendo un ensayo de
colonización penal (1833). 1824-1833 -
Bosquejo de Código Penal.
En 1831 se elabora un bosquejo de Código Penal. -
Primer Código Penal de México
El primer código penal que hubo en México fue el código
final de Veracruz en 1835 se trata, pues, de un código
elaborado apenas catorce años después de la
independencia de la naciente República Mexicana,
tomando como modelo el español de 1822. -
Bases del Derecho Penal
Los constituyentes de 1857 y los legisladores del 4 de
diciembre de 1860 y del 14 de diciembre de 1864,
sentaron las bases de nuestro Derecho Penal. De nuevo
fue Veracruz el estado que pusiera en vigor sus Códigos
Penal, Civil y Procedimental el 5 de mayo de 1869. -
Period: to
Época de la Reforma
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Código Martínez de Castro
Es un primer logro de legislación penal, aunque de inspiración ibérica, pero que ya igualmente mostraba la forma en que las ideas de corte liberal (como las de la ilustración y de la Revolución Francesa) habían arraigado en nuestro país. -
Period: to
Época Actual
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Código Penal de 1929
La comisión encargada de dicho proyecto, encabezada por José Almaraz buscará posicionar la reflexión penal en México a la altura de la que se vivía en Europa, sin embargo, las críticas a estos trabajos y su resultado concreto, conocido como el Código Almaraz de 1929, fueron tales que el proyecto no llegó a ver la luz (legislativamente hablando). -
Código Penal de 1931
Los fines de la pena, se proyectarán en el Código de 1931 como avances importantes, por otro lado, conceptos como la peligrosidad, la defensa social y la expiación, son ejemplos de debates que no necesariamente se resolvieron sobre lo mejor o lo más conveniente, sin embargo, lo que se aplaude es la riqueza conceptual y de posturas que se encuentran en este código y que se muestran en las siguientes consideraciones.