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Con la llegada de los españoles a territorio americano se inició en esta región una actividad económica sin precedentes. Los conquistadores obtuvieron de la corona múltiples concesiones, lo que dio comienzo a la explotación no sólo de los recursos naturales sino también de los aborígenes. Así, el español logra imponer en estas tierras, además de su cultura y costumbres mercantilistas, sus prácticas contables.
Texto del vinculo:https://contabilidadudn.wordpress.com/la-contabilidad-en-colombia-2/ -
1824 Se reestructuró el Sistema de Hacienda Nacional mediante la Ley del 3 de agosto, se creó La Dirección General De Hacienda, integrada por 5 contadores nombrados por el gobierno y en cada departamento una Contaduría Departamental, con el fin de examinar e interpretar las cuentas de las tesorerías principales y secundarias.
Texto vinculado: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/19184/35900 -
En 1851 se constituye la Corte de Cuentas por la Oficina General de Cuentas, en la cual se establece como jefe un funcionario denominado Contador Mayor Presidente llamado José Hilario Lopez, hizo una nueva reforma al sistema de hacienda, creando tres departamentos: de hacienda, del tesoro y de contabilidad.
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Relacionada con el manejo contable de las empresas públicas y privadas y el ejercicio de la profesión, fijó normas reglamentarias para el ejercicio de la profesión en el país.
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Se dispone que la contraloria general será "una oficina de contabilidad y vigilancia fiscal". Disposición que no era novedosa, pues la constitución de 1886 había preceptuado lo mismo, así que las funciones de fiscalización, control y manejo de las cuentas en un mismo organismo continuaba vigente.
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Fue en 1991 cuando se promulgó la Constitución Política de Colombia, con nuevos lineamientos relacionados con la labor contable del sector público.Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del Presupuesto, cuya competencia se atribuye a la Controlaría.
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En 1995 Fue nombrado el Doctor Édgar Fernando Nieto Sánchez como primer Contador General de la Nación. Durante este año se realizó el Primer Seminario Nacional sobre Contabilidad Pública. El resultado más tangible de ese encuentro fue la elaboración del primer Plan General de Contabilidad Pública (PGCP).
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El presidente de la República Ernesto Samper Pizano da vida a la dirección general de contabilidad publica (DGCP); organismo a cargo del contador general y que funcionaria como dependencia del ministerio de Hacienda y crédito publico.
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Para el año 1996 el Congreso de la República de Colombia mediante la Ley 298 creó la Contaduría General de la Nación, se desarrolló entonces el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia. La CGN se creó como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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Que corresponde al Contador General uniformar, centralizar y consolidar la información contable pública, elaborar el Balance General de la Nación y determinar las normas contables que deben regir en el país.
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La presente ley regula la obligatoriedad de los entes del sector público de adelantar las gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que en los estados financieros se revele en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de las entidades públicas.
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Estructura Contaduría General De La Nación:
1. Despacho del Contador General de la Nación.
2. Subcontaduría General y de Investigación.
3. Subcontaduría de Centralización de la Información.
4. Subcontaduría de Consolidación de la Información.
5. Secretaría General.
6. Órganos de asesoría y coordinación.
6.1 Comisión de Personal.
6.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
http://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Decretos/1032247?fn=document-frame.htm$f=templates$3.0 -
“Por la cual se incorpora, en el régimen de contabilidad pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones” (NICSP).
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Por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007, que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, estableció su conformación y definió su ámbito de aplicación. En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004.