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CALPULLI :Superficie de tierra que se le daba a un grupo de primitivo para que las personas de ahí se sostuvieran, estas tierras tenían que ser te trabajo directo y único, no podían ser transferibles, ni abandonarlas después de 2 años. En caso de incurrir a esas condiciones, se les quitaba
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El grupo social de los aztecas estaba integrado por Tlacatecuhttli, Tlalocan, Cihuacoatl y Tetecuhtzin, la clase social de la nobleza lo conformaban los guerreros y sacerdotes, y la clase social baja eran los Macehuales, Tlamemes y Mayeques. Mantenían la tenencia de la tierra en forma pública, comunal y de conquista; la figura agraria más sobresaliente es el Capulli o Chinancalli.
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La tenencia de la tierra era pública, comunal y de conquista.
Las públicas estaban comprendidas con el Tlatocallali (tierras del señor), Tecpantlalli (tierra de nobles del palacio); Teotlalpan (destinadas al culto religioso o templos); Milchimalli (mantenimiento del ejercito) y Pillalli (tierras nobles que prestaban servicio). Las tierras comunales eran el Calpulli y el Altepetlalli. Las de conquista eran el Tlatocamilli (tierras del señorio) y el Yahuatlalli (a disposición de rey y nobles). -
La tenencia de las tierras estaba integrada por comunales y privadas. Las primeras satisfacían las necesidades públicas y las privadas pertenecían a los nobles.
La clase social se dividía en sacerdotes, tributarios y esclavos -
Periodo de la historia de México anterior a la conquista y colonización española, aproximadamente de 1325 al 1521
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El Papa Alejandro Sexto emite tres bulas para acreditar las propiedades dentro de los territorios descubiertos:
- Inter Coetera (3/Mayo/1493), impone la línea de dominación entre España y Portugal.
- Inter Coetera o Noverunt Universi (4/Mayo/1493), define linea de división entre estos dos reinos.
- Inter Coetera o Hodien Siquieden (4/Mayo/1493), señala los límites a las peticiones de Portugal en su intención de ampliar sus posesiones. -
Las tierras descubiertas en los nuevos territorios se incorporaron al real patrimonio, al patrimonio privado del rey y al patrimonio de la corona.
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Ley denominada “Que las indias Occidentales estén siempre unidas a la
Corona de Castilla y no se puedan enajenar emitida por Carlos V
Leyes de Indias: señalar cada superficie. -
La autoridad eclesiástica realiza los documentos necesarios para
acreditar la propiedad dentro de las tierras descubiertas en América.
Inicia la producción de normas de acuerdo a las Leyes de Indias , respecto a la tenencia de la Tierra en México -
Los tipos de propiedad en la colonia se dividieron en Propiedad individual y comunal.
La individual estaba integrado por las mercedes, caballerías, peonías, suertes, compraventa, confirmación y prescripción: La comunal lo conformaban el fundo legal, la dehesa, las reducciones de indígenas, ejido, propios, tierras de común repartimiento y montes, pastos y agua. -
Periodo histórico que inicia en el siglo XVI con la colonización de Hernán Cortés y los conquistadores españoles al territorio del entonces Imperio Mexica (Azteca) y culmina con la guerra de Independencia y proclamación de la primera República Mexicana.
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Los ejidos sean tan competente distancia, que si creciere la población, siempre quede bastante espacio, para que la gente se pueda recrear, y salir los ganados sin hacer daño.
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Con idénticas funciones, comisiones y prerrogativas sobre las tierras.
Real cédula a la audiencia de México admitiendo las reclamaciones de los labradores y corrigiendo las medidas entre pueblo de indios y estancias, debiendo medirse las 600 y 1,100 varas establecidas entre ambos desde el centro de los pueblos de indios. -
Dentro de la Propiedad Colectiva, existía el EXITUS, que en latín significa salida, de donde proviene la palabra EJIDO. Éran terrenos que se ubicaban a las orillas del pueblo, a las “salidas” del pueblo. Para que las personas fueran a descansar.
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Desde 1521 hasta esta fecha, los españoles reconocen las Tierras de los indígenas a través de Mercedes Reales. Sin embargo no hubo mucho cambio.
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Los insurgentes emitieron el Decreto sobre repartimiento de tierras a individuos del ejercito permanente. Este designaba las haciendas a repartir dentro del ejército y reglamentaba la forma de repartir las tierras, beneficiando directamente a los indígenas.
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Decreto del 14 de octubre de 1823. Su objetivo era la formación
de la provincia del Istmo de Tehuantepec. -
Esta Ley tenía como objetivo impulsar la colonización en la parte
norte del territorio nacional. -
Expedida por Anastasio de Bustamante. Esta ley, tenía como objetivo la defensa del territorio nacional negándole a los extranjeros
la colonización de terrenos limítrofes con la frontera norte. -
Este plan radicaba en normar los reclamos de la clase campesina, para adquirir tierras concentradas en unas pocas manos. Dicho levantamiento fue dirigido por Eleuterio Quiroz contra las fuerzas del Gobierno Federal
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Denuncio: Acudir a un juez civil y con éste trámite adquirir la propiedad.
La Tierra pasó de pocas manos (Iglesia) a pocas manos con los terratenientes, señores feudales o hacendados. -
Autorizaba a los gobernadores de Puebla y Veracruz así como al jefe político de Tlaxcala, a efecto de intervenir los bienes eclesiásticos de la Diócesis de Puebla para resarcir los efectos de la guerra con Estados Unidos y pagar las indemnizaciones a favor de la República, y de los perjudicados por dicha guerra.
La importancia de este ordenamiento, es que constituye la génesis de lo que posteriormente fue denominada Ley de Desamortización. -
Ignacio Comonfor la decreta.
La Iglesia pierde todas las propiedad que tenía, debido a que ésta tenía en su posesión casi tres cuartas partes del territorio nacional.
Hace un Gobierno Liberal.
Beneficiándose los renteros entre otros pocos. -
El Porfiriato apoya a los hacendados y a los caciques creando las haciendas.
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El Estado no reconoce los títulos Virreinales que se le dieron a los indígenas
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Esta ley la expidió el Presidente Benito Juárez en Veracruz.
- Establecía que todos los bienes que el clero había administrado con diversos títulos deberían de entrar inmediatamente al dominio de la Nación.
- La Ley mantenía la prohibición de que los feligreses donaran o dieran en ofrenda bienes raíces al clero -
Referente al movimiento Agrario encontramos más escritos sobre propiedades, tenencias y explotación de las tierras. Se busca deslindar a la Iglesia de los terrenos excedentes con los que contaba "Leyes de Reforma".
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Esta ley tenía el objetivo de poblar la parte norte del territorio
nacional, basándose en la inmigración de familias extranjeras y
familias indígenas que se establecieron a través de colonias -
Ordenaba deslindar, medir y fraccionar terrenos baldíos propiedad de la Nación. Los terrenos a colonizar por mexicanos o extranjeros, tenían que sujetarse a diversos mecanismos
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CAUSAS:
La desigualdad social y la concentración de la riqueza.
Despojo de tierras a los campesinos.
Creación de latifundios.
ETC. -
La reforma agraria mexicana ha sido un proceso complejo y prolongado. La reforma tuvo su origen en una revolución popular de gran envergadura, y se desarrolló durante una guerra civil. El Plan de Ayala, propuesto por Emiliano Zapata y adoptado en 1911, exigía la devolución a los pueblos de las tierras que habían sido concentradas en las haciendas.
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Presidente de la República, Venustiano Carranza, promulgó en Veracruz la Ley Agraria, cuya finalidad fue la de rescatar los objetivos fundamentales de las luchas agrarias. Dicha normatividad, a saber, fue redactada por Luis Cabrera.
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Las tres fuerzas revolucionarias más importantes, el constitucionalismo, el villismo y el zapatismo, promulgaron las leyes agrarias.
Venustiano Carranza emite La Ley Agraria que se encuentra en contraposición con la Constitución de 1857, ya que ordenaba acciones de Restitución y Dotación a los pueblos que habían sido despojados de sus tierras. -
Es el momento histórico donde México crea ejidos y comunidades agrarias con base en la figura del Ejido
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En el Artículo 27 se establecen las acciones de Dotación y Restitución .
Venustiano Carranza, en las adiciones al Plan de Guadalupe, prometió expedir leyes agrarias en beneficio de la pequeña propiedad. En consecuencia, dio a conocer la Ley Agraria, redactada por Luis Cabrera, para tratar de solucionar la carencia de tierras.
Se presenta:
DOTACIÓN Y RESTITUCIÓN -
Las acciones de esta ley eran la de Dotación de ejidos, restitución de tierras, ampliación de ejidos, nuevos centros de población, reconocimiento y titulación de bienes comunales y conflictos por límites.
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Yadira Pérez Cuanalo | 201962406
Álvaro Tochihuitl Hijuitl | 201965515
Yarely Torres Marín | 201953360